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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 799635
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se somete al trámite de información pública el Proyecto de decreto de creación del Consejo Balear de la Arquitectura Técnica

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. El 21 de agosto de 2023 la directora general de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento firmó la memoria justificativa sobre la necesidad de elaborar un decreto de creación del Consejo Balear de la Arquitectura Técnica.

2.  El 9 de noviembre de 2023 la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas ordenó el inicio del procedimiento del Proyecto de Decreto de creación del Consejo Balear de la Arquitectura Técnica, y designó como órgano responsable del procedimiento la Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento.

3.  Dada la naturaleza de la materia regulada, la Dirección General de Relaciones

Institucionales y de Relaciones con el Parlamento ha propuesto someter a información pública el Proyecto de Decreto, publicar su anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears y facilitar la participación ciudadana.

Por todo ello, y dada la naturaleza de la disposición, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Someter el Proyecto de Decreto de creación del Consejo Balear de la Arquitectura Técnica a información pública y ponerlo a disposición de las personas interesadas, para su consulta, en las oficinas de la Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas (Calle Sant Pere, 3, Palma), en la web del Portal de Transparencia y también en la página web de la misma Consejería (http://cpresidencia .caib.es/) y en la web de participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears.

2. Fijar el plazo de información pública hasta el día 18 de enero de 2024 (incluido), para que los ciudadanos puedan presentar, hasta esa fecha, las alegaciones, aportaciones o sugerencias que estimen pertinentes por los siguientes medios :

a) Por vía telemática simplificada utilizando el formulario web del Portal de Participación Ciudadana del Gobierno de las Illes Balears, que permite presentar aportaciones sin necesidad de disponer de certificado electrónico o DNI electrónico, pero no emite acuse de recibo del contenido enviado. No obstante, siempre que las aportaciones presentadas mediante este formulario web contengan la identificación de la persona o entidad que las realiza, se incluirán en el expediente de elaboración normativa.

b) Por vía telemática ordinaria, si se dispone de certificado digital o DNI electrónico, mediante el trámite del procedimiento de consulta previa a la elaboración de un proyecto de Decreto de la Sede Electrónica, dirigidas a la Dirección General Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento (DIR3 A04044054).

c) Presencialmente, si se trata de una persona física no obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración (de acuerdo con el artículo 14.2.c) de la Ley 39/2015), también se pueden presentar las aportaciones por escrito dirigido a la Dirección General Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento (DIR3 A04044054), en el Registro del Paseo Sagrera, 2, de Palma, o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.       

Palma, en fecha de firma electrónica (15 de diciembre de 2023)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens