Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 799629
Resolución del director general de Formación Profesional y Formación Permanente del Profesorado por la que se designan los centros y aulas de las Illes Balears que formarán parte de la Red Nacional de Centros de Capacitación Digital en el marco del componente 19 Plan Nacional de Competencias Digitales, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
Hechos
1. Mediante el Acuerdo de 27 de abril de 2021, el Consejo de Ministros aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que incorpora una importante agenda de inversiones y reformas estructurales que, posteriormente, ha sido aprobado por la Comisión Europea y por Consejo de Europa. En este Plan, se incorpora el componente 19 que desarrolla el Plan Nacional de Competencias Digitales, Inversión 1 (C19.I1), Proyecto P01 “Red de Centros Nacionales de Capacitación Digital”.
2. El I Plan Estratégico de Formación Profesional del Sistema Educativo, derivado de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros, celebrado el 22 de noviembre de 2019, establece como uno de sus ejes estratégicos la ampliación de la oferta de Formación Profesional, al tiempo que hace hincapié en la flexibilización de la formación para hacerla accesible a toda la población, en cualquier momento, bajo la concepción de la Formación Profesional como una oportunidad de aprendizaje a lo largo de la vida.
3. Por su parte, el Plan Nacional de Capacidades Digitales tiene como objetivo establecer los medios para que toda la población española adquiera aquellas capacidades digitales que les permitan interactuar como personas usuarias independientes con entidades financieras, administraciones, organismos y otras entidades, así como abrir oportunidades para complementar, en los sistemas educativo y formativo, las capacidades antes citadas como instrumento ordinario de trabajo.
4. La Conferencia Sectorial de Educación, en su reunión de 2 de diciembre de 2022, aprobó el Acuerdo por el cual se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por las comunidades autónomas, destinados a la creación de una Red de Centros de Capacitación Digitales, publicado en el Boletín Oficial del Estado, del día 14 de diciembre de 2022, mediante Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional.
5. La Red de Centros de Capacitación Digital (Aulas) permitirá a la ciudadanía formarse en las competencias digitales transversales necesarias para desarrollarse de forma habitual en una sociedad cada vez más digitalizada, en la cual servicios esenciales, como la banca, acceso a las administraciones públicas o el consumo, se hace de forma telemática, lo que excluye a un sector de la población que, por su edad, por su bajo nivel de formación o por su vulnerabilidad, no tienen las destrezas y las competencias digitales necesarias. Esta realidad excluyente sitúa este sector poblacional en clara inferioridad respecto a la población general, lo que empeora de forma muy significativa su calidad de vida.
6. Estos espacios serán centros sostenidos con fondos públicos, preferentemente de educación de personas adultas u otros centros dependientes de las Administraciones Autonómicas, en los cuales se puedan habilitar espacios específicos para aulas o unidades explícitamente denominadas de capacitación digital para el desarrollo de la red de centros de capacitación digital. Estos centros ofrecerán oportunidades de formación, con independencia del lugar de residencia o formación previa de las personas, y facilitarán, por tanto, un acceso a una formación generalizada, compatible con las obligaciones de la ciudadanía derivadas de las distintas condiciones personales, laborales o sociales . El público diana de carácter preferencial serán las personas mayores de 55 años con un nivel bajo de calificación, para atender así, especialmente, a la brecha de género, que en este rango de edad es muy pronunciada. Sin embargo, las acciones formativas que se lleven a cabo en estos centros podrán llegar a otros colectivos de población general, siempre que se encuentren fuera del sistema educativo y formativo, con lo cual podrán mejorar su calidad de vida mediante la adquisición de unas competencias digitales básicas.
7. Esta actuación está financiada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y por la Unión Europea - Next Generation EU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, recoge, con la introducción del artículo 70 bis, la importancia de la aplicación de tecnologías digitales en la educación de personas adultas de tal modo que se potencie y se dé respuesta a la irrupción de las tecnologías de la información y la comunicación en los ámbitos personal, social, laboral y educativo.
2. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, establece en su artículo 3 sus principios generales, entre los cuales se encuentran la actualización permanente, adaptación ágil y detección proactiva y anticipadora de cambios y necesidades emergentes en los sectores productivos, en particular los asociados a la digitalización, la transición ecológica, la sostenibilidad ambiental, la innovación territorial, la salud y la atención a las personas.
3. La Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la cual se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 2 de diciembre de 2022, por el cual se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas, en el ejercicio presupuestario 2022, destinados a la creación de una Red de Centros de Capacitación Digital, en el marco de la Red Nacional de Competencias Digitales, en el marco del componente 19 Plan Nacional de Competencias Digitales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el BOE nº. 299, de 14 de diciembre de 2022, distribuye parte de los créditos asignados para estas medidas entre las comunidades autónomas mediante el Programa de cooperación territorial Red de Centros de Capacitación Digital, con el fin de formar al ciudadano en la competencia digital básica y poner el acento en los colectivos en riesgo de exclusión digital y en la lucha contra la brecha digital de género.
4. La Resolución, de 27 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, en virtud de la Comisión General de Educación de día 22 de diciembre de 2022, en la cual se aprobaron los criterios de reparto y distribución resultante entre las comunidades autónomas para el año 2022, y por la cual se concede a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la cantidad de 955.400,00 euros, del crédito consignado en la aplicación presupuestaria 18.5005.32SA.450.50 de los Presupuestos Generales del Estado, para el cumplimiento del objetivo de crear 34 centros de capacitación digital para formar a 1740 personas mediante acciones formativas de carácter no formal asociadas, entre otras, a una cualificación profesional de nivel 2 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, de tal forma que estas personas formadas se puedan desarrollar en una sociedad digitalizada. Esta Resolución establece, entre otras condiciones, que serán centros susceptibles de acoger un Centro/Aula de Capacitación Digital aquellos centros de formación profesional y centros de adultos sostenidos con fondos públicos.
5. La Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como perceptora de los fondos, en cumplimiento con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el cual se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, aplica unos principios o criterios específicos de obligada consideración en la planificación y ejecución de las actuaciones a realizar, transversales en el conjunto del Plan, que de acuerdo con el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, son los siguientes:
La medida se enmarca en el proyecto C19.I01.P01 “Creación de una red de centros nacionales de capacitación digital del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia” y tiene asignados los siguientes objetivos CID y OA:
La Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene como objetivo crear 34 centros para capacitar a 1740 personas con unos recursos asignados de 955.400,00 euros.
Todas las actuaciones que se lleven a cabo deben respetar el principio de no causar un perjuicio significativo en el medio ambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, Do No Significant Harm). Se considera que esta medida tiene un impacto nulo o poco significativo sobre los seis objetivos medioambientales y no requiere de una evaluación sustantiva según el principio DNSH.
Las Direcciones Generales implicadas en la ejecución del programa verificarán durante el procedimiento el cumplimiento de la ausencia de doble financiación, tal y como se establece para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Todas las publicaciones impresas o electrónicas que se realicen en el marco de este programa tendrán que contener los logos institucionales del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, de la Consejería de Educación y Universidades, así como el emblema de la Unión Europea con el lema «Unión Europea-Next Generation EU», junto con el logo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. La creación y puesta en funcionamiento, durante el curso 2023-2024, de una red de centros de capacitación digital en las Illes Balears conforme al componente 19 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), incluido en el Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital skills).
2. Estos centros de capacitación digital estarán ubicados preferentemente en centros y aulas de educación para personas adultas que se relacionan en el Anexo de esta Resolución. En estos centros, se habilitarán espacios específicos para aulas o unidades denominadas de capacitación digital.
3. En función de la organización del procedimiento, podrán incorporarse otros centros que, si reúnen las características para la finalidad del programa, serán autorizados mediante resolución del director general de Formación Profesional y Formación del Profesorado.
4. Se autoriza a estos centros a desarrollar las actividades de la Red de Centros de Capacitación Digitales en las Illes Balears, a partir del curso 2023-2024.
5. Estos centros pasarán a tener la consideración de centros que forman parte de la Red Nacional de Centros de Capacitación Digital. Los centros creados tendrán que incluir una placa publicitaria con el logo institucional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y los logos de la Unión Europea y del PRTR, junto con el lema “Financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y por la Unión Europea – Next Generation EU”.
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado.
Palma, en fecha de la firma electrónica (20 de diciembre de 2023)
El director general de Formación Profesional y Formación Permanente del Profesorado
Rafel Maura Reus
ANEXO
Código del centro |
Denominación del centro |
Localidad |
---|---|---|
07008247 |
CEPA Alcúdia |
Alcúdia |
07008247 |
CEPA Aula Pollença |
Pollença |
07013279 |
CEPA Amanecer |
Palma |
07008171 |
CEPA Artà |
Artà |
07008235 |
CEPA Calvià |
Calvià |
07015392 |
CEPA Aula Capdepera |
Capdepera |
07008168 |
CEPA Aula Son Servera |
Son Servera |
07008223 |
CEPA Camp Rodó |
Palma |
07000649 |
CEPA es Raiguer |
Binissalem |
07007671 |
CEPA Francesc de Borja Moll |
Inca |
07007693 |
CEPA La Balanguera |
Palma |
07007681 |
CEPA Llevant |
Manacor |
07008181 |
CEPA Mancomunitat des Pla |
Vilafranca de Bonany |
07013905 |
CEPA Sa Pobla |
Sa Pobla |
07013905 |
CEPA Aula Can Picafort |
Santa Margalida |
07001757 |
CEPA s'Arenal |
Palma |
07001757 |
CEPA Aula Llucmajor |
Llucmajor |
07006998 |
CEPA Son Canals |
Palma |
07013899 |
CEPA Sud |
Campos |
07000625 |
CEPA Aula Felanitx |
Felanitx |
07007668 |
CEPA Ciutadella |
Ciutadella |
07007127 |
CEPA Joan Mir i Mir |
Maó |
07015318 |
CEPA Aula Alaior |
Alaior |
07014168 |
Aula centre penitenciari de Maó |
Maó |
07007115 |
CEPA Pitiüses |
Eivissa |
07007115 |
CEPA Aula centre penitenciari Eivissa |
Eivissa |
07015367 |
CEPA Aula de Sant Francesc de Formentera |
Formentera |
07008211 |
CEPA Sant Antoni |
Sant Antoni de Portmany |
07008211 |
CEPA Aula Cala de Bou |
Sant Antoni de Portmany |