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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 799629
Resolución del director general de Formación Profesional y Formación Permanente del Profesorado por la que se designan los centros y aulas de las Illes Balears que formarán parte de la Red Nacional de Centros de Capacitación Digital en el marco del componente 19 Plan Nacional de Competencias Digitales, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU

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Texto

Hechos

1.  Mediante el Acuerdo de 27 de abril de 2021, el Consejo de Ministros aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que incorpora una importante agenda de inversiones y reformas estructurales que, posteriormente, ha sido aprobado por la Comisión Europea y por Consejo de Europa. En este Plan, se incorpora el componente 19 que desarrolla el Plan Nacional de Competencias Digitales, Inversión 1 (C19.I1), Proyecto P01 “Red de Centros Nacionales de Capacitación Digital”.

2.  El I Plan Estratégico de Formación Profesional del Sistema Educativo, derivado de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros, celebrado el 22 de noviembre de 2019, establece como uno de sus ejes estratégicos la ampliación de la oferta de Formación Profesional, al tiempo que hace hincapié en la flexibilización de la formación para hacerla accesible a toda la población, en cualquier momento, bajo la concepción de la Formación Profesional como una oportunidad de aprendizaje a lo largo de la vida.

3.  Por su parte, el Plan Nacional de Capacidades Digitales tiene como objetivo establecer los medios para que toda la población española adquiera aquellas capacidades digitales que les permitan interactuar como personas usuarias independientes con entidades financieras, administraciones, organismos y otras entidades, así como abrir oportunidades para complementar, en los sistemas educativo y formativo, las capacidades antes citadas como instrumento ordinario de trabajo.

4.  La Conferencia Sectorial de Educación, en su reunión de 2 de diciembre de 2022, aprobó el Acuerdo por el cual se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por las comunidades autónomas, destinados a la creación de una Red de Centros de Capacitación Digitales, publicado en el Boletín Oficial del Estado, del día 14 de diciembre de 2022, mediante Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional.

5.  La Red de Centros de Capacitación Digital (Aulas) permitirá a la ciudadanía formarse en las competencias digitales transversales necesarias para desarrollarse de forma habitual en una sociedad cada vez más digitalizada, en la cual servicios esenciales, como la banca, acceso a las administraciones públicas o el consumo, se hace de forma telemática, lo que excluye a un sector de la población que, por su edad, por su bajo nivel de formación o por su vulnerabilidad, no tienen las destrezas y las competencias digitales necesarias. Esta realidad excluyente sitúa este sector poblacional en clara inferioridad respecto a la población general, lo que empeora de forma muy significativa su calidad de vida.

6.  Estos espacios serán centros sostenidos con fondos públicos, preferentemente de educación de personas adultas u otros centros dependientes de las Administraciones Autonómicas, en los cuales se puedan habilitar espacios específicos para aulas o unidades explícitamente denominadas de capacitación digital para el desarrollo de la red de centros de capacitación digital. Estos centros ofrecerán oportunidades de formación, con independencia del lugar de residencia o formación previa de las personas, y facilitarán, por tanto, un acceso a una formación generalizada, compatible con las obligaciones de la ciudadanía derivadas de las distintas condiciones personales, laborales o sociales . El público diana de carácter preferencial serán las personas mayores de 55 años con un nivel bajo de calificación, para atender así, especialmente, a la brecha de género, que en este rango de edad es muy pronunciada. Sin embargo, las acciones formativas que se lleven a cabo en estos centros podrán llegar a otros colectivos de población general, siempre que se encuentren fuera del sistema educativo y formativo, con lo cual podrán mejorar su calidad de vida mediante la adquisición de unas competencias digitales básicas.

7.  Esta actuación está financiada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y por la Unión Europea - Next Generation EU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Fundamentos de derecho

1.  La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, recoge, con la introducción del artículo 70 bis, la importancia de la aplicación de tecnologías digitales en la educación de personas adultas de tal modo que se potencie y se dé respuesta a la irrupción de las tecnologías de la información y la comunicación en los ámbitos personal, social, laboral y educativo.

2.  La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, establece en su artículo 3 sus principios generales, entre los cuales se encuentran la actualización permanente, adaptación ágil y detección proactiva y anticipadora de cambios y necesidades emergentes en los sectores productivos, en particular los asociados a la digitalización, la transición ecológica, la sostenibilidad ambiental, la innovación territorial, la salud y la atención a las personas.

3.  La Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la cual se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 2 de diciembre de 2022, por el cual se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas, en el ejercicio presupuestario 2022, destinados a la creación de una Red de Centros de Capacitación Digital, en el marco de la Red Nacional de Competencias Digitales, en el marco del componente 19 Plan Nacional de Competencias Digitales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el BOE nº. 299, de 14 de diciembre de 2022, distribuye parte de los créditos asignados para estas medidas entre las comunidades autónomas mediante el Programa de cooperación territorial Red de Centros de Capacitación Digital, con el fin de formar al ciudadano en la competencia digital básica y poner el acento en los colectivos en riesgo de exclusión digital y en la lucha contra la brecha digital de género.

4.  La Resolución, de 27 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, en virtud de la Comisión General de Educación de día 22 de diciembre de 2022, en la cual se aprobaron los criterios de reparto y distribución resultante entre las comunidades autónomas para el año 2022, y por la cual se concede a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la cantidad de 955.400,00 euros, del crédito consignado en la aplicación presupuestaria 18.5005.32SA.450.50 de los Presupuestos Generales del Estado, para el cumplimiento del objetivo de crear 34 centros de capacitación digital para formar a 1740 personas mediante acciones formativas de carácter no formal asociadas, entre otras, a una cualificación profesional de nivel 2 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, de tal forma que estas personas formadas se puedan desarrollar en una sociedad digitalizada. Esta Resolución establece, entre otras condiciones, que serán centros susceptibles de acoger un Centro/Aula de Capacitación Digital aquellos centros de formación profesional y centros de adultos sostenidos con fondos públicos.

5.  La Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como perceptora de los fondos, en cumplimiento con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el cual se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, aplica unos principios o criterios específicos de obligada consideración en la planificación y ejecución de las actuaciones a realizar, transversales en el conjunto del Plan, que de acuerdo con el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, son los siguientes:

  1.  Concepto de meta y objetivo, así como los criterios para su seguimiento y acreditación del resultado.

La medida se enmarca en el proyecto C19.I01.P01 “Creación de una red de centros nacionales de capacitación digital del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia” y tiene asignados los siguientes objetivos CID y OA:

  1. OA núm. 286.1: Formación de ciudadanos en competencias digitales, con cumplimiento en el Q4 del año 2022.
  2. CID núm. 286: Formación de ciudadanos en competencias digitales, con cumplimiento en el Q4 del año 2023.
  3. CID núm. 287: Finalización de acciones para mejorar las capacidades digitales, con cumplimiento en el Q4 del año 2024.

La Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene como objetivo crear 34 centros para capacitar a 1740 personas con unos recursos asignados de 955.400,00 euros.

  1.  Etiquetado verde y etiquetado digital. La medida C19.I01.P01, en todo su ciclo de vida (producción, uso y final), teniendo en cuenta su diseño, tiene un impacto negativo, claramente nulo o insignificante, sobre el objetivo medioambiental, considerado tal y como establece el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, sin tener asignado etiquetado verde. Su contribución al objetivo de Transición ecológica es del 0% y al de Transición digital es del 100%.
  2.  Análisis de riesgo en relación a posibles impactos negativos significativos en el medio ambiente, seguimiento y verificación del resultado sobre la evaluación inicial.

Todas las actuaciones que se lleven a cabo deben respetar el principio de no causar un perjuicio significativo en el medio ambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, Do No Significant Harm). Se considera que esta medida tiene un impacto nulo o poco significativo sobre los seis objetivos medioambientales y no requiere de una evaluación sustantiva según el principio DNSH.

  1.  Refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, corrupción y conflictos de interés.
  2.  Contabilidad del régimen de ayudas de Estado y prevención de la doble financiación.

Las Direcciones Generales implicadas en la ejecución del programa verificarán durante el procedimiento el cumplimiento de la ausencia de doble financiación, tal y como se establece para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

  1.  Identificación del perceptor final de los fondos, ya sea beneficiario de las ayudas o adjudicatario de un contrato o subcontratista.
  2.  Comunicación.

Todas las publicaciones impresas o electrónicas que se realicen en el marco de este programa tendrán que contener los logos institucionales del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, de la Consejería de Educación y Universidades, así como el emblema de la Unión Europea con el lema «Unión Europea-Next Generation EU», junto con el logo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. La creación y puesta en funcionamiento, durante el curso 2023-2024, de una red de centros de capacitación digital en las Illes Balears conforme al componente 19 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), incluido en el Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital skills).

2. Estos centros de capacitación digital estarán ubicados preferentemente en centros y aulas de educación para personas adultas que se relacionan en el Anexo de esta Resolución. En estos centros, se habilitarán espacios específicos para aulas o unidades denominadas de capacitación digital.

3. En función de la organización del procedimiento, podrán incorporarse otros centros que, si reúnen las características para la finalidad del programa, serán autorizados mediante resolución del director general de Formación Profesional y Formación del Profesorado.

4. Se autoriza a estos centros a desarrollar las actividades de la Red de Centros de Capacitación Digitales en las Illes Balears, a partir del curso 2023-2024.

5. Estos centros pasarán a tener la consideración de centros que forman parte de la Red Nacional de Centros de Capacitación Digital. Los centros creados tendrán que incluir una placa publicitaria con el logo institucional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y los logos de la Unión Europea y del PRTR, junto con el lema “Financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y por la Unión Europea – Next Generation EU”.

6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (20 de diciembre de 2023)

El director general de Formación Profesional y Formación Permanente del Profesorado

Rafel Maura Reus

 

ANEXO

Código del centro

Denominación del centro

Localidad

07008247

CEPA Alcúdia

Alcúdia

07008247

CEPA Aula Pollença

Pollença

07013279

CEPA Amanecer

Palma

07008171

CEPA Artà

Artà

07008235

CEPA Calvià

Calvià

07015392

CEPA Aula Capdepera

Capdepera

07008168

CEPA Aula Son Servera

Son Servera

07008223

CEPA Camp Rodó

Palma

07000649

CEPA es Raiguer

Binissalem

07007671

CEPA Francesc de Borja Moll

Inca

07007693

CEPA La Balanguera

Palma

07007681

CEPA Llevant

Manacor

07008181

CEPA Mancomunitat des Pla

Vilafranca de Bonany

07013905

CEPA Sa Pobla

Sa Pobla

07013905

CEPA Aula Can Picafort

Santa Margalida

07001757

CEPA s'Arenal

Palma

07001757

CEPA Aula Llucmajor

Llucmajor

07006998

CEPA Son Canals

Palma

07013899

CEPA Sud

Campos

07000625

CEPA Aula Felanitx

Felanitx

07007668

CEPA Ciutadella

Ciutadella

07007127

CEPA Joan Mir i Mir

Maó

07015318

CEPA Aula Alaior

Alaior

07014168

Aula centre penitenciari de Maó

Maó

07007115

CEPA Pitiüses

Eivissa

07007115

CEPA Aula centre penitenciari Eivissa

Eivissa

07015367

CEPA Aula de Sant Francesc de Formentera

Formentera

07008211

CEPA Sant Antoni

Sant Antoni de Portmany

07008211

CEPA Aula Cala de Bou

Sant Antoni de Portmany