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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 799242
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 4 de diciembre de 2023, relativo a la aprobación de la Oferta Pública 2023 (exp. 0605-2023-000158)

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Texto

El Consell Insular de Menorca debe aprobar y publicar anualmente su oferta pública de empleo, de acuerdo con lo que establecen los artículos 91.1 de la LBRL y el artículo 128 del TRRL, siguiendo los criterios fijados en la normativa básica estatal.

Cada año las leyes de presupuesto del Estado fijan, en el ejercicio de su competencia otorgada por los artículos 149.1.13 y 156.1 de la Constitución, los criterios de aplicación obligatoria por parte de las administraciones públicas a la hora de aprobar su oferta pública.

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (LPE), dispone en su artículo 20 que a lo largo del año la incorporación de nuevo personal a las administraciones públicas estará sometida a los límites establecidos en ésta y se determina que la tasa de reposición será de hasta un máximo del 120 por ciento de las bajas producidas en los sectores esenciales que se detallan y de un 110 por ciento para el resto sectores.

Asimismo, la LPE establece el procedimiento de cálculo de las tasas de reposición de efectivos, a efectos de aplicar el porcentaje máximo en cada caso, estableciendo sus excepciones, que se computará a partir de la finalización de la prestación de servicios por jubilación, muerte, renuncia, declaración de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o extinción del contrato de trabajo y finalmente las altas y bajas producidas por concursos de traslado a otras administraciones públicas.

La tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos prioritarios puede acumularse a otros sectores o colectivos prioritarios. Igualmente, la tasa de reposición de los sectores no prioritarios puede acumularse en los sectores prioritarios.

El apartado 4 del artículo 20.2 establece que, con carácter extraordinario, cada administración puede autorizar una tasa específica que sea necesaria para dar cumplimiento al objetivo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes por a la reducción de la temporalidad en el empleo público, para que la temporalidad en el empleo público no supere el 8 por ciento de las plazas de naturaleza estructural en cada uno de sus ámbitos, siempre que venga justificado de acuerdo con el instrumento de planificación plurianual.

El artículo 70 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (TREBEP), aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que el correspondiente Real Decreto por el que se apruebe la oferta de empleo público podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos. En este sentido, merece especial mención la promoción interna, que el citado texto refundido configura como una de las medidas de planificación de recursos humanos que tiene como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y que debe ser facilitada por la Administración como vía para la adquisición de las correspondientes competencias y requisito necesario para la progresión en la carrera profesional desde niveles inferiores a superiores.

La jefa del Servicio de Gestión de Personas emitió el correspondiente informe en fecha 28 de noviembre de 2023.

La Mesa General de Negociación, en fecha 9 de noviembre de 2023, acordó aprobar la Oferta Pública de Empleo de 2023 del Consell Insular de Menorca.

Dada la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Servicios Generales y en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares;

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta el siguiente acuerdo:

Aprobar la Oferta Pública de Ocupación 2023 del Consell Insular de Menorca, que se adjunta como documento anexo.

ANEXO OFERTA PÚBLICA OCUPACIÓN 2023

PLAZA

REL JUR

GRUPO

ESCALA / SUBESCALA

REPOSICIÓN

PROMOCIÓN INTERNA

TOTAL

 

 

 

 

5%

Ordinaria

RPD

 

RPD

 

ADMINISTRATIVO

FUN

C1

AGA

16

1

 

2

1

20

ARQUITECTO

FUN

A1

AET

1

 

 

2

 

3

ARCHIVERO

FUN

A2

AET

1

 

 

 

 

1

ASESOR JURÍDICO

FUN

A1

AET

4

 

 

2

1

7

AUXILIAR ARCHIVO

FUN

C1

AESE

1

 

 

 

 

1

AUXILIAR CUIDADOR

FUN

C1

AET

2

4

 

 

 

6

AUXILIAR FARMACIA

FUN

C1

AET

1

 

 

 

 

1

AUXILIAR DE INTERNADO

FUN

AP

AESE

2

 

 

 

 

2

AUXILIAR ENFERMERÍA

FUN

C1

AESE

4

2

 

 

 

6

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

FUN

C2

AGAX

4

 

 

1

 

5

INGENIERO TÉCNICO AGRÍCOLA

FUN

A2

AET

1

 

 

 

 

1

INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL

FUN

A2

AET

3

 

 

 

 

3

OFICIAL BRIGADA

FUN

C2

AESE

1

 

 

 

 

1

PATRÓN

LAB

C2

AESE

1

 

 

 

 

1

PEÓN

LAB

AP

AESE

4

 

 

 

 

4

PSICÓLOGO

FUN

A1

AET

2

 

 

 

 

2

TÉCNICO DE GESTIÓN

FUN

A2

AGG

5

 

 

 

 

5

TÉCNICO DE MEDIO AMBIENTE

FUN

A2

AET

2

 

 

 

 

2

TÉCNICO DE TURISMO

FUN

A2

AET

2

 

 

 

 

2

TÉCNICO GESTIÓN CULTURAL

FUN

A2

AET

1

 

 

 

 

1

TÉCNICO GESTIÓN PERSONES

FUN

A2

AET

1

 

 

 

 

1

TRABAJADOR SOCIAL

FUN

A2

AET

1

1

 

 

 

2

TÉCNICO INFORMÁTICO

FUN

A2

AET

 

1

 

 

 

1

 

 

 

 

60

9

0

7

2

78

BOMBERO

FUN

C1

AESE

13*

 

 

29**

 

42

TÉCNICO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN

FUN

A2

AET

1

 

 

 

 

1

 

* Las plazas de bombero provenientes de la promoción interna por estabilización que han quedado desiertas.

** La promoción interna de los bomberos lo es por reclasificación del subgrupo C2 al subgrupo C1.

Contra este acuerdo, que no agota la vía administrativa, puede interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la fecha de recepción de esta notificación, recurso de alzada ante el Pleno del Consell Insular, sin perjuicio que pueda utilizar cualquier otro recurso que considere procedente en derecho.

Dicho recurso se entenderá desestimado si no se le ha notificado la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 19 de diciembre de 2023

Por delegación del presidente, ​​​​​​​El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (DP 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-7-2023)