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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 799230
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 27 de noviembre de 2023, relativo a la aprobación de la convocatoria de las ayudas de minimis para la creación en artes visuales y proyectos audiovisuales para el año 2023 (Exp. 1546 -2023-000011)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 732689

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/732689):

Primero. Beneficiarios

Podran ser beneficiarios de todas las líneas de ayudas, las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, que cumplan una de las siguientes condiciones:

- Ser personas físicas empadronadas en la isla o entidades con domicilio o sede social en Menorca con un año de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria.

- Realizar las actividades a las que se refiere la convocatoria.

Requisitos específicos línea 1: Ayudas para proyectos de investigación artística

- Las personas físicas o entidades que presenten un proyecto de especial interés para esta isla (aunque no sean residentes). Se considerará de especial interés cuando la temática del proyecto sea de forma preferente la isla de Menorca. No se considerarán de especial interés obras de tema de ámbito balear o más amplio que tangencialmente se refieran a Menorca o que le dediquen un pequeño apartado.

- Las personas o equipos seleccionados en alguna de las ediciones anteriores no se podrán presentar en la misma modalidad para la que fueron seleccionados hasta tres años desde la adjudicación de ésta.

Requisitos específicos línea 2: Ayudas para proyectos de formación en artes visuales

- Las personas físicas o entidades no residentes o domiciliadas en Menorca, pero que presenten un proyecto formativo para ser realizado en Menorca y que se considere de interés para esta isla.

Requisitos específicos líneas 3 y 4: Ayudas para producción de obra y exposiciones

- Las personas o equipos seleccionados en alguna de las ediciones anteriores no se podrán presentar en la misma modalidad para la que fueron seleccionados, hasta tres años desde la adjudicación de ésta.

Requisitos específicos línea 5: Ayudas para preproducción y postproducción de proyectos audiovisuales

- Las personas físicas o entidades no residentes o domiciliadas en Menorca, pero que presenten un proyecto de especial interés para esta isla. Se considerará de especial interés cuando la temática del proyecto sea de forma preferente la isla de Menorca. No se considerarán de especial interés obras de tema de ámbito balear o más amplio que tangencialmente se refieran a Menorca o que le dediquen un pequeño apartado.

- En el momento de formalizar la solicitud, todos los solicitantes deben estar incorporados al Directorio de profesionales y empresas del ámbito audiovisual de la Film Commission o ente público equivalente del territorio donde tengan establecido su domicilio.

Segundo. Objeto

El objeto de estas ayudas es el fomento y desarrollo de actividades en el área de las artes plásticas, visuales y audiovisuales en Menorca.

 

Tercero. Bases reguladoras

La convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de día 27.11.2023.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 90.000 € (noventa mil euros), según el siguiente desglose:

LÍNEA

IMPORTE

1. Proyectos de investigación artística

10.000 €

2. Proyectos de formación en artes visuales

10.000 €

3. Producción de obra

15.000 €

4. Producción de exposiciones

10.000 €

5. Preproducción y postproducción de proyectos audiovisuales

45.000 €

TOTAL

90.000 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas termina el 31 de enero de 2024.

Sexto. Otros datos.

No podrán ser beneficiarias, las empresas que hayan recibido, en los tres últimos ejercicios fiscales, ayudas públicas o de entes privados, financiadas con cargo a los presupuestos públicos en concepto de minimis, por un importe superior a 200.000 €.

Únicamente se puede presentar una propuesta por solicitante en el conjunto de las líneas 1, 2, 3 y 4. En la línea 5 sólo se puede presentar una petición por solicitante. Un mismo solicitante puede presentarse a las líneas 1 a 4 y a la línea 5 y viceversa.

Los importes máximos por solicitud son los siguientes:

Línea 1. Proyectos de investigación artística: se concederán 4 ayudas por un importe máximo de 2.500 euros cada una (de las cuales 1.000 euros serán para los investigadores y 1.500 para los gastos de producción).

Línea 2. Proyectos de formación en artes visuales: se concederán 5 ayudas por un importe máximo de 2.000 euros cada una.

Línea 3. Producción de obra: se concederán 3 ayudas por un importe máximo de 5.000 euros cada una (de las cuales 2.000 euros serán para los artistas y 3.000 para los gastos de producción).

Línea 4. Producción de exposiciones: se concederán 2 ayudas por un importe máximo de 5.000 euros cada una (de las cuales 1.500 euros serán para honorarios de los profesionales que participen en la organización de la exposición y 3.500 para los gastos de producción de la misma).

Línea 5. Preproducción y postproducción de proyectos audiovisuales: hasta 10.000 euros por ayuda, sin límite de subvenciones concedidas.

 

Maó, 16 de diciembre de 2023

Por delegación del presidente, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (DP 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-7-2023)