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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 797944
Departamento de Personal. Acuerdo de aprobación de tasa adicional de la Oferta de ocupación pública para la estabilización de la ocupación temporal prevista en el artículo 217 del “RDL 5/2023, de 28 de junio

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Texto

Por acuerdo de la Junta de Gobierno número 20231220_01_041 de fecha 20 de diciembre de 2023 se aprobó lo siguiente:

PRIMERO.- Aprobar la tasa adicional de la Oferta de empleo público para la estabilización de la ocupación temporal prevista en el artículo 217 del RDL 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de soporte a la reconstrucción de la Isla de la Palma y otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de las Directivas de la Unión europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ”, que será la siguiente

No. 

Plaza 

Subgrupo 

Escalera/ Subescala 

1

Animador/a Sociocultural

C1

AE/Servicios especiales

3

Arquitecto/a técnico/a

A2

AE/ Subescala técnica medio

1

Ayudante de biblioteca

A2

AE/ Subescala técnica medio

1

Profesor/a músico clarinete

A1

AE/Servicios especiales 

1

Profesor/a músico percusión

A1

AE/Servicios especiales

8

Trabajador/a Social

A2

AE/Servicios especiales 

1

Ingeniero/a de caminos, canales y puertos

A1

AE/ Subescala técnica

SEGUNDO.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de las personas interesadas recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB.

 

(Firmado electrónicamente: 20 de diciembre de 2023)

La jefa de Servicio de Planificación y Provisión pd Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) Raquel Cucarella Ribera