Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 795817
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración, con la ampliación de una unidad de educación secundaria obligatoria, del centro privado concertado La Porciúncula de Palma

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 3 de marzo de 2016 (BOIB núm. 37, de 22 de marzo) se autorizó la modificación de la configuración del centro privado concertado La Porciúncula de Palma, con la ampliación con dos unidades de educación secundaria PMAR. Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07004084

Denominación genérica: centro de educación infantil de segundo ciclo, educación primaria y educación secundaria obligatoria

Denominación específica: La Porciúncula

Titular: Padres Franciscanos de la Tercera Orden Regular

Domicilio: Av. de Fra Joan Llabrés, núm. 1

Localidad: S'Arenal

Municipio: Palma

CP: 07600

Enseñanzas autorizadas:

  • Educación infantil de segundo ciclo: 3 unidades y 75 plazas escolares
  • Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares
  • Educación secundaria obligatoria: 9 unidades y 270 plazas escolares
  • Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR): 2 unidades y 30 plazas escolares

2. La Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 2 de septiembre de 2022 aprobó las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos de segundo y cuarto de educación secundaria obligatoria en las Illes Balears para el curso 2022-2023, las que, en su punto primero, establecen: «Autorizar la implantación del programa de diversificación curricular en todos los centros que a fecha de publicación de esta Resolución tengan autorizado un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR)». Por tanto, a partir del curso 2022-2023, estas unidades se transformaron en 2 unidades del Programa de Diversificación Curricular (PDC).

3. El 28 de septiembre de 2021 el Departamento de Inspección Educativa emitió un informe, en el que se informaba favorablemente de la posibilidad de aumentar un grupo más en primero y segundo de educación secundaria obligatoria (ESO) del Centro Concertado La Porciúncula, siempre que se dispusiera de los recursos necesarios y con las titulaciones correspondientes. Este informe se realizó después de que el centro comunicara a su inspectora de referencia la necesidad de realizar un grupo más de 1º de ESO y otro de 2º de ESO, dado la elevada ratio de las aulas. La inspectora firmante del informe constataba la falta de vacantes en la zona de escolarización de Palma para los cursos de primero y segundo de ESO.

4. El 7 de octubre de 2021 (núm. reg GOIBE465488/2021) la directora académica del centro privado concertado La Porciúncula presentó una solicitud de modificación de la configuración con la ampliación de un aula de educación secundaria obligatoria , y adjuntó los planos del centro.

5. El 19 de octubre de 2021, el arquitecto del Servicio de Centros informó favorablemente la solicitud presentada por el centro, condicionado a la presentación del certificado de solidez y estabilidad para el uso al que se destinan los edificios del centro . El 25 de octubre de 2021 se solicitó al centro esta documentación.

6. El 15 de septiembre de 2023 (núm. reg GOIBE583873/2023) se presentó un certificado de solidez y estabilidad estructural.

7. Una vez presentada la documentación requerida, el 19 de septiembre de 2023 el arquitecto del Servicio de Centros emitió un informe favorable de los planos y de la visita realizada, en el que se indicaba que, atendiendo a que no se hacía ninguna reforma, ni ampliación , sino sólo una redistribución de algunos espacios en unas aulas ya existentes, se informaba favorablemente la configuración solicitada con el aumento de una unidad de educación secundaria obligatoria. En el informe se recomendaba seguir realizando mejoras de accesibilidad y de las instalaciones frente a los incendios siguiendo las indicaciones de un técnico competente.

8. El 11 de diciembre de 2023, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre la ampliación de la configuración con una unidad de educación secundaria obligatoria del centro privado concertado La Porciúncula de Palma, con efectos desde el curso 2022-2023, y justificó esta autorización por las necesidades de escolarización de la zona.

9. El 12 de diciembre de 2023, el director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas, propuso la autorización de la modificación de la configuración con la ampliación de una unidad de educación secundaria obligatoria del centro privado concertado La Porciúncula de Palma , con efectos desde el curso 2022-2023.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE núm. 86, de 9 de abril), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

5. El Real decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

6. Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102 de creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados deben someterse a la autorización administrativa correspondiente (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

7. La Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 2 de septiembre de 2022 por la que se aprueban las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos de segundo y cuarto de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears para el curso 2022 -2023 (BOIB núm. 62, de 12 de mayo).

8. La Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 8 de septiembre de 2022 por la que se aprueban las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos de primer y tercer curso de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears para el curso 2022-2023 (BOIB núm. 119, de 10 de septiembre ).

9. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

10. El Decreto 17/2023, de 23 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio (BOIB núm. 117, de 24 de agosto).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas, en fecha 12 de diciembre de 2023, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2022-2023, la modificación de la configuración del centro privado concertado La Porciúncula, con la ampliación de una unidad de educación secundaria obligatoria.

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07004084

Denominación genérica: centro privado concertado con enseñanzas de régimen general

Denominación específica: La Porciúncula

Titular: Padres Franciscanos de la Tercera Orden Regular (Núm. NIF:R0700172J)

Domicilio: Av. de Fra Joan Llabrés, núm. 1

Localidad: S'Arenal

Municipio: Palma

CP: 07600

Enseñanzas autorizadas:

  • Educación infantil de segundo ciclo: 3 unidades y 75 plazas escolares
  • Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares
  • Educación secundaria obligatoria: 10 unidades y 300 plazas escolares
  • Programa de diversificación curricular (PDC): 2 unidades y 30 plazas escolares

3. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios del Ministerio de Educación y Formación Profesional (RCD) y en el Registro de centros de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas.

4. El centro está obligado a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. De lo contrario, se revocará la autorización otorgada.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (19 de diciembre de 2023)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany