Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 795385
Nombramiento de policía local (funcionario de carrera)
(Exp. nº 275/2021)
Resolución de alcaldía
Hechos
Per resolución de alcaldía nº 1183-2022, de 10 de octubre (BOIB nº 133, de 13.10.2022), se nombró funcionario en prácticas de policía local al aspirante Ariel Hernán Ridella Randazzo.
El aspirante superó el Curso básico de capacitación para el acceso a la categoría de policía realizado en Inca (43a. promoción), (resolución de la consellera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, de 17 de mayo de 2023; BOIB nº 67, de 20.05.2023).
EL equipo responsable de la avaluación del período de prácticas ha emitido el informe final de valoración, de 27 de noviembre de 2023, del cual se concluye que el aspirante ha superado las prácticas. Se ha dado audiencia al interesado, sin que haya presentado alegaciones.
Fundamentos de derecho.
Artículos 179 a 182 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, sobre la fase de prácticas en el municipio.
Base novena de la convocatoria, aprobada por acuerdo de la junta de gobierno local de 9 de marzo de 2021, (BOIB, nº 35, de 13.03.2021).
Resolución.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 21,1,h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, resuelvo:
Nombrar policía local, funcionario de carrera, al aspirante Ariel Hernán Ridella Randazzo, dni. ***3316**.
Lo que hacemos público de acuerdo con lo previsto en el artículo 62,1 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público.
Recursos.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución.
b) El recurso de reposición potestativo ante la alcaldía, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Alaró, (firmado electrónicamente: 19 de diciembre de 2023)
El alcalde Llorenç Perelló Rosselló