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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 792840
Resolución de la directora gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer de 15 de diciembre de 2023 por la que se convoca la provisión, por el sistema de promoción interna temporal, una plaza de la categoría grupo de gestión de la función administrativa para sustitución de una comisión de servicio de la plantilla orgánica autorizada de la gerencia del Hospital Universitario Son Llàtzer en el servicio de Admisión

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Texto

Hechos

Es necesario cubrir, por el sistema de promoción interna temporal, una plaza de la categoría grupo de gestión de la función administrativa para sustitución de una comisión de servicio de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia del Hospital Universitario Son Llàtzer, en el servicio de Admisión.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 35.1 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, determina que por necesidades del servicio —y en los supuestos y bajo los requisitos que al efecto se establezcan en cada servicio de salud— se puede ofertar al personal estatutario fijo desempeñar temporalmente y con carácter voluntario las funciones correspondientes a nombramientos de una categoría del mismo nivel de titulación o de un nivel superior, siempre que se tenga el título correspondiente. 

2. El 28 de febrero de 2012 se publicó en el BOIB núm. 31 el Pacto de 24 de febrero de 2012 por el que se regulan los criterios generales de la promoción interna temporal del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares (corregido en el BOIB núm. 36, de 8 de marzo de 2012).

3. El 31 de mayo de 2022 se publicó en el BOIB núm. 70 el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2022 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 13 de mayo de 2022 relativo a la modificación del Pacto de 24 de febrero de 2012 por el que se regulan los criterios generales de la promoción interna temporal del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

4. El punto 1.2.k) de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario de la sanidad pública autonómica en la persona titular de la dirección competente en materia de recursos humanos y relaciones laborales y en las personas titulares de las gerencias territoriales establece que «se delegan en las personas titulares de las gerencias territoriales de los diferentes centros y establecimientos del Servicio de Salud de las Islas Baleares las competencias siguientes […] l) Convocar y resolver los procedimientos de promoción interna temporal del artículo 35 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud».

Por todo ello dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria para cubrir, por el sistema de promoción interna temporal una plaza de la categoría grupo de gestión de la función administrativa para sustitución de una comisión de servicio correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer en el servicio de Admisión

2. Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, que figuran en el anexo 1.

3. Publicar un modelo de solicitud para participar en el procedimiento objeto de esta convocatoria, que figura en el anexo 2.

4. Designar a los miembros de la comisión de selección, que figura en el anexo 3.

5. Aprobar el baremo de méritos aplicable a esta convocatoria, que figura en el anexo 4.

6. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en los tablones de anuncios del Hospital Universitario Son Llàtzer y en el web del Servicio de Salud de las Islas Baleares (www.ibsalut.es).

Interposición de recursos 

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 15 de diciembre de 2023

La directora gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer Soledad Gallardo Bonet Por delegación del director general del Servei de Salut (BOIB núm. 112, de 12/08/2023)

 

 

ANEXO 1 Bases de la convocatoria

1. Plaza convocada y funciones que debe desempeñar

1. Se convoca una plaza de la categoría grupo de gestión de la función administrativa (A2) para sustitución de una comisión de servicio, adscrita al servicio de Admisión de la gerencia del Hospital Universitario Son Llàtzer.  

2. La persona seleccionada debe desempeñar las funciones propias de la categoría, y de manera específica las que se relacionan a continuación:

  1. Área de Consultas Externas
    1. Diseño y planificación de Agendas
    2. Gestión de lista de espera de todos los Servicios Asistenciales de HSLL
    3. Citación/anulación/reprogramación de citas y captura de actividad
  2. Área de Hospitalización
    1. Ingresos, altas y traslados hospitalarios
  3. Área de Programación quirúrgica
    1. Programación de actividad quirúrgica
    2. Gestión de lista de espera quirúrgica
  4. Relación del servicio de admisión con las otras áreas del hospital e instituciones extrahospitalarias (públicas y privadas).
  5. Gestión de la cartera de servicios (comunes del SNS y Complementaria del Ibsalut) y de prestaciones del Servei Balear de Salut (transporte sanitario, traslado de pacientes entre CCAA, prestaciones ortoprotésicas, etc.).
  6. Registro RRNN en Centros hospitalarios
  7. Uso de los programas informáticos: CIVITAS, e-SIAP, BDAC, HCIS Avanzado, Excel intermedio, AIDA y ANDES comunicación telemática de nacimientos
  8. Atención y mediación entre los pacientes y los distintos servicios asistenciales.
  9. Formación al personal de nueva incorporación
  10. Cumplir con los objetivos e indicadores del servicio derivados del sistema de calidad
  11. Todas aquellas funciones que le sean asignadas por la responsable del servicio en el ámbito de sus competencias

3. Causas de finalización de la promoción interna temporal: Se producirá la terminación de la promoción interna temporal cuando la plaza sea ocupada por persona titular de la misma, o cuando la plaza sea amortizada.

2. Características de la plaza

1. Lugar y centro de trabajo: servicio de admisión del Hospital Universitario Son Llàtzer.

2. Tipo de nombramiento: a la persona seleccionada se le expedirá un nombramiento de personal estatutario en la modalidad de promoción interna temporal de una plaza de la categoría del grupo de gestión de la función administrativa (subgrupo A2).

3. El régimen jurídico durante el tiempo en que la persona seleccionada ocupe la plaza será el siguiente:  a)    Se mantendrá en la situación de servicio activo y con reserva de plaza en la categoría de origen.  b)    Percibirá las retribuciones correspondientes a las funciones desempeñadas, excepto los trienios y el complemento de carrera profesional, que serán los correspondientes a la categoría de origen. c)    No supondrá la consolidación de ningún derecho de carácter retributivo o con relación a la obtención de un nuevo nombramiento, sin perjuicio que se pueda considerar como mérito en los procedimientos selectivos y de provisión.

3. Requisitos para participar

3.1. Los solicitantes deben cumplir los requisitos siguientes:

a) Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares y prestar servicio en la gerencia del Hospital Universitario Son Llàtzer. En caso de que la convocatoria se declare desierta porque no se haya presentado nadie que cumpla los requisitos, se prevé expresamente que se extienda al personal que cumpla los requisitos del resto de las gerencias de la misma área de salud.

b) Pertenecer a algún grupo de clasificación inferior o a una categoría o especialidad diferente del mismo grupo que la plaza a la que se opta. 

c) Estar en la situación de servicio activo.

d) Tener el título de ingeniero/a técnico/a, diplomado/a o graduado/a universitario/a, arquitecto/a técnico/a, formación profesional de tercer grado o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, se debe acreditar que están homologadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

e) Acreditar el requisito de conocimientos de catalán, correspondiente al nivel B2, que se puede acreditar dentro del plazo para presentar solicitudes por medio de un certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o por cualquiera de los expedidos o reconocidos como equivalentes u homologados por la Dirección General de Política Lingüística que acrediten el nivel B2 de conocimiento de catalán.

f) No padecer ninguna enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con las funciones inherentes a la categoría profesional a la que se opta. 

3.2. Estos requisitos deben cumplirse el último día del plazo para presentar solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

3.3. Los aspirantes han de acreditarlos fehacientemente en el momento de presentar las solicitudes, salvo el requisito del punto f), que debe acreditarse antes de la toma de posesión. 

4. Presentación de solicitudes

4.1 Los interesados en participar en la selección para cubrir la plaza ofertada tienen que presentar una solicitud según el modelo que se adjunta en el anexo 2.

4.2 El plazo para presentar solicitudes es de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

4.3 La documentación requerida debe presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro y las oficinas auxiliares del Servicio de Salud de las Islas Baleares, o por cualquiera de las vías previstas por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

4.4 Los aspirantes tienen que conservar su ejemplar de la solicitud por si se la requieren en cualquier momento del proceso selectivo.

5. Documentación

5.1 A la solicitud hay que adjuntar copia auténtica de la documentación que acredite que se cumplen los requisitos y los méritos alegados.

5.2 Además, hay que adjuntar copia auténtica de estos otros documentos:

a) En caso de tener la nacionalidad española, el requisito será verificado de oficio por la administración, salvo que haya oposición expresa del aspirante (en cuyo caso deberá aportar la documentación acreditativa). También puede presentarse voluntariamente el DNI en vigor. Si la administración no pudiera comprobar el cumplimiento de este requisito lo notificará al aspirante, para que lo aporte.

b) Copia auténtica del título académico exigido en la convocatoria (anverso y reverso del título) o bien el justificante de pago de los derechos de expedición del título acompañado de un certificado de la institución educativa correspondiente que acredite que el título todavía no ha sido expedido.

c) Copia auténtica del título que acredite los conocimientos de lengua catalana exigidos en la convocatoria.

d) Justificación de los méritos específicos.

5.3 Consignar datos falsos en la solicitud o en los méritos alegados implica la exclusión definitiva del aspirante o de la persona seleccionada en el proceso selectivo.

5.4 Los títulos o los méritos expedidos en una lengua que no sea el catalán o el castellano tienen que entregarse traducidos convenientemente a uno de estos idiomas por un organismo oficial competente.

6. Sistema de selección y valoración de los méritos

6.1 La selección, en caso de concurrencia, se llevará a cabo por el sistema de concurso de méritos.

6.2. El baremo de los méritos alegados para optar a esta plaza es el que se establece en el anexo 4 de esta convocatoria y que se desglosan como se indica a continuación: 

i. Experiencia profesional: máximo, 40 puntos.

ii. Formación: máximo, 20 puntos.

iii. Méritos específicos relacionados con las funciones del puesto: máximo, 35 puntos.

iv. Conocimientos de catalán: máximo, 5 puntos.

7. Comisión de Selección 

1. La Comisión de Selección está formada por tres miembros, que tienen la condición de personal funcionario de carrera o estatutario fijo del Servicio de Salud, del mismo grupo profesional —o de un grupo superior— que el de la plaza convocada, todos con voz y voto.

Los miembros son aquellos que figuran en el anexo 3 de esta convocatoria.

2. Los miembros de la Comisión de Selección se tienen que abstener de intervenir en el proceso —y lo tienen que notificar a la autoridad que los haya designado— si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. 

3. Las funciones de la Comisión de Selección son las siguientes:

- Valorar los méritos alegados y acreditados por los candidatos según el modelo establecido en estas bases. 

- Si hace falta, requerir a los candidatos que enmienden en el plazo previsto los defectos formales de los méritos alegados, o bien que aclaren, en el plazo y en los modos previstos, alguno de los méritos alegados.

- Confeccionar una lista de los seleccionados por orden de prelación.

- Resolver las reclamaciones presentadas por los candidatos en el plazo establecido y en la forma oportuna.

- Elevar al órgano de selección la lista definitiva de seleccionados y de las puntuaciones obtenidas. 

- Valoración de los méritos 

4. La Comisión de Selección tiene que hacer en primer lugar la valoración de los méritos de los candidatos, desglosada de esta manera y de acuerdo con lo que establezca la convocatoria:

8. Procedimiento de selección y resolución de la convocatoria

8.1  Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes se publicará en la intranet del Hospital Universitario Son Llàtzer y en el web del Servicio de Salud de las Islas Baleares la resolución del director gerente por la que se aprueba la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, exponiendo la causa de la exclusión.

Además, de acuerdo con la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, la citada resolución incluirá también la lista provisional de puntuaciones (valoración de méritos), que se publicará en la intranet de la Hospital Universitario Son Llàtzer y en el web del Servicio de Salud de las Islas Baleares. 

En ese acto se abrirá un plazo de siete días hábiles para presentar alegaciones o reclamaciones a esta resolución y aportar la documentación requerida o, en su caso, subsanar la causa de la exclusión. Si, en su caso, no se subsanan los defectos, se considerará que la persona interesada ha desistido de la solicitud.

Todos los documentos se tienen que dirigir al servicio de Recursos Humanos y se pueden presentar por cualquiera de las vías que prevé la normativa vigente.

8.2  En el plazo de los siete días hábiles siguientes a la finalización del plazo indicado en el punto anterior, y una vez resueltas las posibles alegaciones, se publicará en la intranet del Hospital Universitario Son Llàtzer y en el web del Servicio de Salud de las Islas Baleares la resolución del director gerente por la que se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos.

Además, de acuerdo con la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, la citada resolución incluirá también la lista definitiva de puntuaciones.

En este acto, se abrirá un plazo adicional de cinco días hábiles a los únicos efectos de que aquellos que resultaron excluidos inicialmente puedan, en su caso, presentar alegaciones a la valoración de sus méritos. En este caso, a propuesta de la Comisión de Selección y una vez resueltas las posibles alegaciones, se publicará, en la forma establecida anteriormente, la resolución con la puntuación total.

8.3    El nombramiento se ofrecerá al candidato propuesto por la Comisión de Selección que figure con la puntuación más alta. Si varios candidatos tienen la misma puntuación en la lista definitiva, se aplicarán los criterios de desempate siguientes: –    Con carácter general, tienen prioridad las mujeres en caso de que estén infrarrepresentadas en la categoría y en la especialidad, de conformidad con el artículo 61 de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la mujer.  –    A continuación, quien haya acreditado en la lista más servicios prestados en la categoría dentro del Servicio de Salud y subsidiariamente en el Sistema Nacional de Salud. –    Si el empate persiste, el nombramiento se ofrece en primer lugar a quien acredite la puntuación más alta en el apartado relativo a la experiencia profesional.  –    Si aun así el empate persiste, tiene prioridad quien tenga la puntuación más alta en el apartado de formación continuada. –    Finalmente, si los candidatos continúan empatados, el desempate se dirime según la escala siguiente: primero, tener más de 45 años; después, tener más cargas familiares; a continuación, ser víctima de violencia de género y, por último, quien tenga más edad.

8.4 La resolución de adjudicación definitiva se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

9. Nombramiento y toma de posesión

La persona seleccionada dispondrá de un plazo de tres días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de adjudicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares para tomar posesión de la plaza.

 

ANEXO 2 Modelo de solicitud

Datos del solicitante

Primer apellido:...................................................

Segundo apellido: ………………………………

Nombre: ..............................................................

Núm. doc. identidad: …………………………………

Datos a efectos de recibir notificaciones

Nombre de la vía ………………………………………………………………………………..

Núm:      Piso:       Puerta:          Localidad: .............................................................

Código postal: ……………… 

Municipio: ………………………………………………….

Teléfonos: ………………………………………………………………….

Correo electrónico: ………………………………………………………………..

EXPONGO:

1.  Que el _____ de ______________de 2023 se publicó en el BOIB la Resolución de la directora gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer de 15 de diciembre de 2023 por la que se convoca para cubrir, por el sistema de promoción interna temporal, una plaza de la categoría grupo de gestión de la función administrativa en el servicio de Admisión del Hospital Universitario Son LLàtzer.

2. Que cumplo los requisitos exigidos en la convocatoria.

Por ello SOLICITO:

Ser admitido/admitida en la convocatoria, para lo cual adjunto a esta solicitud la documentación exigida y la acreditación de los méritos.

 

                              ,                  de                              de 2023

 

 

 

[rúbrica]

Hospital Universitario Son Llàtzer  

 

ANEXO 3 Comisión de Selección

La Comisión de Selección está formada por tres miembros, que tienen la condición de personal funcionario de carrera o estatutario fijo del Servicio de Salud, del mismo grupo profesional —o de un grupo superior— que el de la plaza convocada, todos con voz y voto:

- Presidente/a: Juan Jose Ferrer Riera 

- Vocal: Inmaculada García Aliaga

- Secretario/a: Javier Mancho Iglesias

Suplentes:

- Presidente/a: Nieves Álvarez Torres

- Vocal: Mª Dolores Vivancos Pérez

- Secretario/a: Margarita Adrover Martínez  

 

ANEXO 4 Baremo de méritos

1. Experiencia profesional (máximo, 40 puntos)

1.1. Se computa el tiempo de servicios prestados que el candidato tenga reconocidos hasta el término del plazo para presentar solicitudes de participación en el proceso selectivo, de acuerdo con el baremo siguiente:

a) Por cada mes de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea como personal estatutario, funcionario o laboral en la misma categoría a la que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,23 puntos. 

b) Por cada mes de servicios prestados en centros públicos no sanitarios de la Unión Europea como personal funcionario o laboral en la misma categoría o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,10 puntos.

c) Por cada mes de servicios prestados ocupando un puesto directivo en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud (solamente se valoran los servicios prestados si se tiene el título requerido para acceder a la categoría): 0,10 puntos.

d) Por cada mes de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea en una categoría distinta a la categoría a la que se opta: 0,115 puntos.

1.2. Para valorar este apartado se tienen en cuenta los aspectos siguientes:

i. La puntuación máxima que puede obtenerse por la totalidad de los subapartados que lo integran es de 40 puntos.

ii. El cómputo de servicios prestados se calcula aplicando la fórmula siguiente: se suman todos los días de servicios prestados en cada uno de los subapartados anteriores y el resultado se divide entre 365. El cociente resultante se multiplica por 12, se desprecian los decimales del resultado obtenido y se le aplica el valor asignado al mes completo en el subapartado correspondiente.

iii. Un mismo período de tiempo no puede ser valorado en más de uno de los subapartados que lo integran.

iv. Tienen la consideración de instituciones sanitarias públicas los servicios centrales o periféricos de los servicios autonómicos de salud, los del INGESA, los del extinto INSALUD y los de los organismos equivalentes de la Unión Europea.

2.  Formación y docencia (máximo, 20 puntos)

2.1. Formación continuada:

a) Cursos, seminarios, talleres, congresos, jornadas, reuniones científicas y otras actividades formativas que estén relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta, de acuerdo con los criterios siguientes: −    Deben haber sido organizadas o impartidas por alguna administración pública (de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 39/2015) o por alguna universidad, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente. Si la actividad ha sido organizada por una entidad de derecho público conforme al artículo 2.3 la Ley 39/2015, el candidato debe acreditar dicha condición. −    Actividades organizadas por organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro y que se hayan impartido en virtud de convenios suscritos con las administraciones públicas o con universidades, o bien que hayan sido acreditadas y/o subvencionadas por aquellas, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente. −    Actividades llevadas a cabo en virtud de los acuerdos de formación continuada en las administraciones públicas y que estén organizadas por cualquiera de los promotores de formación continuada que hayan suscrito esos acuerdos.

b) Al efecto de lo que disponen los apartados anteriores, se considera que están relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta las actividades relacionadas con el área temática de Admisión, o cualquier otra relacionada con las funciones de la plaza convocada.  

• Caundo se acredite la asistencia o el aprovechamiento: 0,1 puntos por crédito.

• Cuando se acredite la impartición: 0,2 puntos por cada crédito.

• Si en el diploma o en el certificado figura el número de horas en lugar de créditos, se otorga 1 crédito por cada 10 horas. Si figuran simultaneamente créditos y horas, la valoración es siempre por los créditos certificados. Si no se especifican ni horas ni créditos, no se valora esta actividad.

2.2. Docencia

a) Por cada crédito o por cada diez horas como docente en cualquier de las actividades formativas a que se refiere el apartado 2.1: 0,1 puntos.

b) Por la tutorización de prácticas de alumnos en el servicio: 0,015 puntos por cada diez horas.

2.3.  Actividades científicas y de difusión del conocimiento

a)  Publicaciones científicas:

1. Libros de carácter científico relacionados directamente con el contenido de la categoría a la cual se opta y que contiendan ISBN y depósito legal:

o Por cada libro completo: - primer autor: 1 punto. - resto de autores: 0,5 puntos.

o Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: - primer autor: 0,3 puntos. - resto de autores: 0,15 puntos. (Máximo tres capítulos por libro.)

En el supuesto de que el criterio seguido para mencionar los autores sea el orden alfabético, todos los autores se valoran con la puntuación correspondiente a un primer autor.

2. Artículos publicados en alguna revista de carácter científico relacionados directamente con el contenido de la categoría a la cual se opta:

o  Por cada publicación en una revista de tirada internacional:

  • primer autor: 0,10 puntos.
  • resto de autores: 0,05 puntos.

o  Por cada publicación en una revista de tirada estatal:

  • primer autor: 0,05 puntos.
  • resto de autores: 0,025 puntos.

En el supuesto de que el criterio seguido para mencionar los autores sea el orden alfabético, todos los autores se valoran con la puntuación correspondiente a un primer autor.

b) Ponencias y comunicaciones:

1. Por cada ponencia presentada en congresos o reuniones científicas relacionada directamente con el contenido de la categoría a la cual se opta:

  • Congreso o reunión científica de ámbito internacional: 0,10 puntos.
  • Congreso o reunión científica de ámbito estatal o autonómico: 0,05 puntos.

2. Por cada comunicación o póster presentado en congresos o reuniones científicas y que esté relacionado directamente con el contenido de la categoría a la cual se opta:

  • Congreso o reunión científica de ámbito internacional: 0,05 puntos.
  • Congreso o reunión científica de ámbito estatal o autonómico: 0,025 puntos

c)  Investigación

1. P r premios de investigación otorgados por sociedades científicas, organismos oficiales o entidades sin ánimo de lucro registradas debidamente y entre las finalidades de las cuales haya la investigación, siempre que los premios estén relacionados con el programa de materias que rige las pruebas selectivas:

  • Por cada premio de ámbito internacional: 1 punto.
  • Por cada premio de ámbito estatal: 0,50 puntos.
  • Por cada premio de ámbito autonómico: 0,25 puntos.

2. Por cada participación en proyectos de investigación financiados por organismos públicos:

  • Como investigador principal: 0,50 puntos.
  • Como investigador colaborador: 0,25 puntos.

3. Méritos específicos relacionados con las funciones del puesto (máximo 35 puntos)

1. Servicios prestados en la unidad en la cual está adscrita la plaza convocada: 1 punto por mes. Máximo 20 puntos. 

2. Prueba teórica-práctica que valdrá como máximo 15 puntos y que consistirá en un examen tipo test sobre el contenido de las funciones de las plazas convocadas con 10 preguntas, más una de reserva, en la que se puntuará con 1.50 puntos cada respuesta acertada y se descontarán 0.50 puntos por cada respuesta incorrecta. 

4. Conocimiento orales y escritos de catalán (máximo, 5 puntos) 

Se valoran los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública y los expedidos u homologados por la Dirección General de Política Lingüística relacionados con los niveles de conocimientos que se indican a continuación, hasta una puntuación máxima de 4 puntos. El valor del certificado de lenguaje administrativo (LA) se suma al de valor más alto que se presente (C1 o C2):

  • Nivel C1......3 puntos
  • Nivel C2..... 4 puntos
  • Certificado LA….1 punto