Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE FAMILIAS Y ASUNTOS SOCIALES
Núm. 777771
Addenda al Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes del Gobierno de las Illes Balears y la entidad Sóller Invest, SL, para el servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en la Residencia Fontsana Sóller
Partes
Catalina Cirer Adrover, consejera de Familias y Asuntos Sociales del Gobierno de las Illes Balears en virtud del Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 94, de 10 de julio), en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con NIF S0711001H, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
Antonio José Rullán Janer, con DNI ***910***, en representación, en calidad de administrador, de la entidad Sóller Invest, SL, con sede social en Sóller y con NIF B07962285.
Antecedentes
1. En data 21 de diciembre de 2021 se firmó el Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes del Gobierno de las Illes Balears (actualmente Consejería de Familias y Asuntos Sociales) y la entidad Sóller Invest, SL, para el servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en la Residencia Fontsana Sóller.
2. La clausula 4.1. del Acuerdo de acción concertada establece lo siguiente:
«El precio de la plaza ocupada de residencia para personas mayores en situación de dependencia, de acuerdo con los tipos de grados y niveles de dependencia que establece la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, es el siguiente:
- Grado III: 71,26 €/día (IVA incluido)
- Grado II: 67,14 €/día (IVA incluido)»
3. En el BOIB núm. 89, de 1 de julio de 2023, se publicó la resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 29 de junio de 2023, relativa a la modificación del precio plaza/día y el módulo económico máximo a aplicar al concierto social para el servicio de atención residencial para personas en situación de dependencia como consecuencia de la variación de las condiciones económicas de la concertación. En esta resolución se establecen los nuevos precios, los cuales pasan a ser los siguientes:
Así mismo, se dispone que estos precio se tienen que aplicar desde el día 1 de junio de 2023.
4. De acuerdo con lo anteriormente mencionado resulta necesario firmar una addenda al Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes del Gobierno de las Illes Balears y la entidad Sóller Invest, SL, para el servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en la Residencia Fontsana Sóller, firmado en fecha 21 de diciembre de 2021.
Ambas partes nos reconocemos mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar esta addenda al Acuerdo de acción concertada, de acuerdo con las siguientes
Clausulas
1. Objeto
El objeto de esta addenda es la modificación de los precios del Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes del Gobierno de las Illes Balears y la entidad Sóller Invest, SL, para el servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en la Residencia Fontsana Sóller, en aplicación de la resolución mencionada en el punto 3 de los antecedentes de esta addenda.
2. Modificar la clausula 4.1 del Acuerdo de acción concertada
Añadir a la clausula 4.1 del Acuerdo de acción concertada el parágrafo siguiente:
Desde el día 1 de junio de 2023, fecha en que entran en vigor los nuevos precios de la plaza residencial para personas en situación de dependencia y hasta el 30 de noviembre de 2025, fecha en que finaliza la vigencia del actual Acuerdo de acción concertada, el precio que se tiene que aplicar tanto para el grado II como para el grado III, son los siguientes:
3. Financiamiento y pago del importe de la modificación
La cuantía máxima prevista, nada más en relación específicamente, con la modificación que supone esta addenda al Acuerdo de acción concertada, es de 1.619.125,20 €, con cargo a la partida presupuestaria 17301.313D01.26104.00.FF23003 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023, a la partida presupuestaria 17301.313D01.26104.00.FF23003 (o la alternativa correspondiente) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024 y a la partida presupuestaria 17301.313D01.26104.00.FF23003 (o la alternativa correspondiente) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025, correspondiente al coste de la modificación de precios de las 105 plazas residenciales concertadas para el período comprendido entre el 1 de junio de 2023 y el 30 de noviembre de 2025, de acuerdo con el desglosamiento y la imputación temporal siguiente:
Una vez firmada la addenda al Acuerdo de acción concertada, se procederá a pagar la diferencia existente entre los precios ya facturados durante el período del día 1 de junio de 2023 al 30 de noviembre de 2023 y los nuevos precios de la plaza residencial ocupada, que tanto para el grado II como para el grado III, es de 82,11 €/día (sin IVA) y 85,39 €/día (IVA incluido). A partir de l'1 de diciembre de 2023 se aplicaran los nuevos precios de la plaza residencial ocupada en la facturación mensual.
4. Remisión a las clausulas del Acuerdo de acción concertada inicial
En el resto de aspectos no previstos en esta addenda es necesario atender a las previsiones establecidas en el Acuerdo de acción concertada, firmado en fecha 21 de diciembre de 2021.
Como muestra de conformidad, firmamos esta addenda al Acuerdo de acción concertada.
Palma, 11 de diciembre de 2023 Sóller, 7 de diciembre de 2023
Por la Consejería de Familias y Asuntos Sociales Por Sóller Invest, SL
Catalina Cirer Adrover Antonio José Rullán Janer