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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 777594
Extracto Bases Generales Concurso belenes para particulares 2023
Aprobadas por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 05/12/2023, las Bases generales del concurso de belenes para para particulares 2023, se hace público el extracto de la presente convocatoria:
EXTRACTO DE LAS BASES GENERALES CONCURSO DE BELENES PARA PARTICULARES 2023
Código de la Convocatoria: 731863
En conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Podrán participar en el concurso todas aquellas personas residentes en el término municipal de Andratx.
Los participantes tendrán que cumplir todos los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones. Se destaca la necesidad de encontrarse al corriente con las obligaciones tributarias ante la Seguridad Social, la Administración pública de la Comunidad Autónoma, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y el Ayuntamiento de Andratx.
La Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Andratx expedirá, de oficio, una certificación que acreditará si los solicitantes cumplen con sus obligaciones fiscales para con este Ayuntamiento y si tienen o no deudas pendientes con el mismo, ya sea por conceptos tributarios o no tributarios.
Segundo. Objeto.
El objeto de esta convocatoria, promovida por el Ayuntamiento de Andratx, tiene como misión la preservación de las tradiciones navideñas y el estimulo de la participación ciudadana durante las fiestas de Navidad.
Con este propósito, se abre un concurso de Belenes destinado a los particulares, con una cordial invitación a todos los ciudadanos para que tomen parte.
Tercero. Bases reguladoras.
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Andratx publicada en el BOIB n.º 47 de día 20/04/2017.
http://www.caib.es/eboibfront/ca/2017/10643
Cuarto. Financiación e importe del concurso. Crédito presupuestario.
Para hacer frente a la presente convocatoria, se destina la cantidad total de 700 euros (€) distribuidos de la siguiente manera:
PREMIOS |
IMPORTE (METÀLICO) |
---|---|
Belén |
|
1º Premio Belén |
175 € |
2º Premio Belén |
100 € |
3º Premio Belén |
75 € |
Belen Infantil |
|
1º Premio Belén |
175 € |
2º Premio Belén |
100 € |
3º Premio Belén |
75 € |
El pago de estos premios, serán abonados con cargo a la partida correspondiente, una vez llevada a cabo la tramitación legalmente establecida.
Durante el ejercicio presupuestario 2024, se destina la cantidad de 700 euros (€) a las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 933.22609 TRADICIONES.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes (Anexo I) y el resto de documentación obligatoria será desde el siguiente día hábil a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) hasta el día 21 de diciembre de 2023.
La inscripción a este concurso es totalmente gratuita.
Las solicitudes se podrán presentar, de acuerdo con lo que establecen los artículos 14.2, 14.3, 16.4 y 66, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, de las siguientes formas:
- Presencialmente: Ante el Servicio de Atención Ciudadana (SAC) del Ayuntamiento de Andratx, con cita previa (de 8:00 a 13:30 de lunes a viernes) o cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. También se podrán presentar ante las oficinas de Correos, dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina pueda indicar, mediante sello oficial, lugar, fecha y hora exacta en que se ha efectuado el registro. - Telemáticamente. A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Andratx mediante el trámite específico (en todo caso, sujetos obligados a relacionarse en a través de medios electrónicos con las administraciones públicas y, opcionalmente, personas físicas no obligadas). Es necesario disponer de uno de los métodos de identificación permitidos (certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve pin).
Si la solicitud no cumple los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano gestor debe requerir a la persona interesada para que lo mencione en el plazo máximo de 10 días hábiles, con indicación de que, si no lo hace, se considerará que ha desistido de la solicitud, previa resolución que debe ser dictada en los plazos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas.»
Lo cual se hace público por su conocimiento general.
Andratx, documento firmado electrónicamente (11 de diciembre de 2023
La alcaldesa-presidenta Estefanía Gozalvo Guirado)