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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS DE PALMA, SA

Núm. 776340
Proceso de consolidación de trabajo mediante concurso oposición para el personal de Grupo profesional 4: Profesionales de Tráfico y Circulación

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Texto

El Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma SA, en su sesión de día 16 de noviembre de 2023 aprobó las bases que se adjuntan, que regirán el proceso de consolidación de trabajo mediante concurso oposición para el personal de Grupo profesional 4: Profesionales de Tráfico y Circulación (9/2023).

Este documento tiene por objeto establecer una convocatoria mediante concurso-oposición, para la consolidación de 74 plazas fijas del grupo profesional 4: conductor-perceptor.

El Plan de Igualdad del Ayuntamiento de Palma 2018-2021 contempla como uno de sus ejes de actuación la promoción del acceso y promoción de las mujeres a colectivos profesionales con una hegemónica presencia masculina. En la EMT-Palma, el 86,25% del personal son hombres y el 13,75% son mujeres.

Con el fin de conseguir una composición equilibrada de la plantilla de la EMT-Palma, de acuerdo con el artículo 43 de la Ley 11/2016, de igualdad de mujeres y hombres y el Plan de igualdad del Ayuntamiento de Palma 2018-2021, se determina que el 40% de las plazas ofertadas en esta convocatoria deben ser cubiertas por mujeres, en los términos establecidos en estas Bases.

Se reserva un porcentaje del 5% de las plazas que se ofrezcan para cubrirlas con personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%, que deben indicarlo en el recuadro correspondiente de la inscripción y deben presentar los documentos que acrediten el grado de discapacidad alegado y la compatibilidad para desempeñar las funciones que tenga atribuido el puesto al que optan.

Este concurso-oposición unifica en la misma convocatoria el turno restringido por la promoción interna entre el personal fijo de la Empresa y la convocatoria en turno libre, conforme al convenio colectivo vigente.

Las plazas no cubiertas por promoción interna o por los grupos reservados se acumularán al grupo general.

Todo ello en cumplimiento de la siguiente normativa vigente:

1. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y posteriores actualizaciones, especialmente los art. 8, 12 y 15.

2. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, especialmente los arts. 91 y 103.

3. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 1.3., 2, 7, 11, 13 y del 55 al 61.

4. Reglamento orgánico del gobierno y la administración del Ayuntamiento de Palma (BOIB nº 120, de 11 de septiembre de 2004).

5. Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas de modernización del gobierno local, con las actualizaciones vigentes.

6. Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente actualmente. Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 153 de 09/11/2019.

7. Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Islas Baleares.

8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

9. Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, art. 55.3, 104 y 106.

Este documento incluye todo el proceso de contratación de personal de la EMT-Palma y, en concreto, los siguientes apartados:

 

1.1. Memoria justificativa de la necesidad de contratación.

1.2. Justificación de existencia de fondos (anual y plurianual).

1.3. Procedimiento de selección.

1.4. Autorización del inicio del procedimiento.

1.5. Bases y aprobación de la convocatoria.

1.1.- Memoria justificativa de la necesidad

Categoría profesional: Conductor/a Perceptor/a Agente único/a (Conductor/a de autobús).

Grupo profesional: Grupo 4 “Profesionales de tráfico y circulación”, con las funciones de Conductor/a-perceptor/a Agente único/a, y cualquier otra propia de su grupo profesional.

Número de vacantes a cubrir: 74 plazas, para la consolidación de trabajo fijo, de las cuales un 40% están reservadas para mujeres y un 5% en el turno de personas con discapacidad, que conformarán las listas de conductores/as perceptores/as que podrán ser incorporados de forma escalonada. Siempre cumpliendo con la normativa vigente.

Condiciones económicas: las recogidas para el nivel salarial del grupo 4, del Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente en cada momento.

Horario de trabajo: El horario de trabajo es el establecido en el Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente en cada momento, y en el acuerdo suscrito a la Comisión de horas y servicios entre los representantes de los trabajadores y el Empresa, amparado en lo establecido en el citado Convenio Colectivo, es decir: el grupo de conductores o conductoras no adscrito a turno de trabajo (disponible en cuanto a turno de trabajo), pudiendo realizar indistintamente turnos de mañana, tarde o tercero turno, estará conformado por aquellos trabajadores y trabajadoras que hayan ingresado en la Empresa a partir del 01/07/2019; siendo esta fecha revisable en la Comisión de Horas y Servicios, si éstos no fueran suficientes, por los últimos trabajadores contratados por la Empresa aunque hayan adquirido la condición de fijos.

Centro de trabajo: actualmente situado en la Carretera Coll d´en Rabassa en Son Ferriol, Polígono Sant Mateu – 07007 - Palma, o cualquier otra que se pueda establecer.

Sin perjuicio del carácter itinerante de la prestación del servicio y debido a las características del puesto de conductor o conductora de autobús urbano, las funciones propias del Grupo profesional 4 del vigente Convenio Colectivo de la EMT-Palma se desarrollarán en cualquiera de las líneas que la Empresa tenga establecidas o pueda establecerse en un futuro.

Descripción de la necesidad: La necesidad de contratar a este grupo de conductores-preceptores está motivada para poder cubrir: las bajas producidas por cualquier causa que implica reserva del puesto de trabajo (excedencia, invalidez, incapacidad permanente total y absoluta, incapacidad temporal, permisos retribuidos y no retribuidos, permisos de maternidad y paternidad) y cualquier otra que lleve aparejada la reserva del puesto de trabajo con carácter temporal; las vacantes que se produzcan por jubilación anticipada, de acuerdo con el artículo 6 del actual Convenio Colectivo; las necesidades de personal por incremento de los servicios en determinados momentos puntuales, según las necesidades operativas de la Empresa que puedan darse en cada momento, siempre de acuerdo con toda la normativa y la legislación vigente en cada momento, para poder llevar a cabo la oferta de servicio de transporte público de Palma.

1.2.- Justificación de la existencia de fondos

No se produce variación sustancial en la masa salarial presupuestada y aprobada para la EMT-Palma para el ejercicio 2023.

1.3.- Procedimiento de selección

El sistema selectivo del proceso será el de concurso-oposición, siendo la fase de oposición de un 60% y la fase de concurso de un 40%.

El procedimiento de selección se efectuará de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los de publicidad, transparencia, imparcialidad, profesionalidad, independencia, discrecionalidad técnica, adecuación y agilidad.

Los factores a valorar serán la aptitud, actitud y conocimientos prácticos del puesto a cubrir.

Las pruebas o exámenes a realizar se efectuarán por sorteo, entre aquellos temas que presente la empresa, que no podrán ser inferior a tres para cada convocatoria.

Se desarrollarán procedimientos específicos para detectar y sancionar los intentos de las personas aspirantes de falsear los méritos alegados y se asegurará la transparencia.

1.4.- Autorización del inicio del procedimiento

La aprobación del presente documento por parte del Consejo de Administración, previo cumplimiento del Código de buen Gobierno del Ayuntamiento de Palma de fecha 28/02/2013, y aprobado por el Consejo de Administración en fecha 16 de noviembre de 2023, supone la autorización de todo el contenido del mismo.

1.5.- Bases de la convocatoria

1.5.1.- Requisitos

Los aspirantes tendrán que reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o tener permiso de residencia o permiso de trabajo en vigor en el momento de la incorporación a la Empresa.

b) Tener 18 años de edad cumplidos y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones del trabajo a desarrollar. Asimismo, una vez finalizado el proceso de selección y antes de la incorporación al puesto de trabajo, se deberá pasar satisfactoriamente un reconocimiento médico con cargo al Servicio de Prevención de la Empresa, con la calificación de APTO (sin ningún tipo de restricción física, psíquica ni laboral). La no superación del mismo supondrá la imposibilidad de incorporación y exclusión de la lista, dado el carácter eliminatorio de este requisito.

d) Estar en posesión del título de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Graduado Escolar, formación profesional de primer grado o equivalentes, o una titulación superior a las citadas.

e) Estar en posesión del carné de conducir "D", vigente y homologado en el Estado español, y estar en posesión, en el momento de la convocatoria y de la incorporación a la Empresa, de 8 puntos del permiso de conducir.

f) Estar en posesión de la Tarjeta de Cualificación Profesional como consecuencia de haber completado la formación correspondiente al Certificado de Aptitud Profesional para conductores (CAP).

g) Acreditar conocimientos de comprensión y expresión elementales de lengua catalana, mediante una titulación oficial que acredite como mínimo un conocimiento de nivel A2.

h) Para los aspirantes que no poseen la nacionalidad española, y de su origen no se desprenda el conocimiento del idioma español, debe acreditarse mediante la aportación del diploma de español como lengua extranjera, regulado en el RD 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de aptitud de español para extranjeros, expedidos por las escuelas oficiales de idiomas, o mediante la acreditación de estar en posesión de una titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en territorio español, o bien mediante la superación de una prueba específica que acredite que poseen el nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

En ningún caso se admitirán solicitudes de aspirantes que, habiendo sido contratados en la EMT-Palma, Administraciones Públicas, Empresas Públicas u Organismos Autónomos, hayan causado baja en las mismas por despido disciplinario, salvo que, con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el referido despido hubiera sido declarado improcedente por sentencia judicial firme.

Las personas aspirantes tendrán que reunir los requisitos antes indicados dentro del plazo de presentación de solicitudes, y no haber perdido ninguno de los requisitos en el momento de la contratación.

En cualquier momento que la EMT-Palma, averigüe o constate de forma fehaciente la falta de los requisitos o la falsedad de la documentación o declaración presentada, el aspirante será excluido inmediatamente del proceso, y en caso de estar contratado será despedido disciplinariamente sin perjuicio de la responsabilidad que haya incurrido por falsedad, reservándose la EMT-Palma, las acciones legales pertinentes.

1.5.2.- Presentación de solicitudes y documentación

El plazo de presentación de solicitudes y los documentos es de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

En base a lo estipulado en la ley 39/2015, la presentación de la solicitud y los documentos se podrán presentar tanto de forma presencial como de forma electrónica, en el trámite habilitado al efecto en la sede electrónica de 'EMT-Palma. La presentación electrónica requiere identificación digital con certificado electrónico.

En caso de hacerlo presencialmente, el impreso de solicitud se podrá descargar de la página web de la EMT-Palma, realizándose la entrega en las oficinas en la carretera del Coll d'en Rabassa, en Son Ferriol, polígono de San Mateo (CP-07007) de Palma, de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.

En caso de hacerlo de forma electrónica, se podrá presentar la solicitud y los documentos a través de la Sede Electrónica de la EMT-Palma de lunes a domingo a cualquier hora del día, siempre que comprenda el plazo de entrega de estos documentos. La solicitud está incluida en el proceso de registro, por lo que no es necesario aportar el documento.

Los interesados ​​podrán llamar al nº 97121444 extensión 7107 en caso de duda respecto al funcionamiento de la Sede Electrónica, en el que se habilita un servicio de atención telefónica de 9:00 a 13:00 h de lunes a viernes para resolver cualquier duda respecto al registro virtual.

Documentos que deben presentar necesariamente con la solicitud:

  • Fotocopia del DNI o NIE en vigor.
  • Fotocopia del Título de Educación Secundaria Obligatoria (ESO); Graduado Escolar; formación profesional de primer grado o equivalentes, o una titulación superior a las citadas.
  • Fotocopia del Carnet de conducir "D", homologado en el Estado español, en vigor.
  • Certificado, expedido por la DGT, de los puntos del Permiso de Conducir con fecha posterior a la convocatoria, o provisionalmente, impresión digital de la página web oficial de la DGT, estando obligado a presentar original del certificado oficial en tiempo y forma, siempre antes de su contratación.
  • Fotocopia de la Tarjeta de Cualificación Profesional como consecuencia de haber completado la formación correspondiente al Certificado de Aptitud Profesional para conductores (CAP).
  • Certificado acreditativo del nivel "A2" de catalán, o uno superior.
  • Las personas que se presenten por el turno de discapacidades, deben aportar un certificado actualizado acreditativo del grado de discapacidad igual o superior al 33% expedido por la Dirección General de Dependencia del Gobierno de las Illes Balears o por un organismo público equivalente, en el cual debe indicarse el grado de discapacidad y acreditar fehacientemente la deficiencia permanente que ha dado origen al reconocimiento de este grado de discapacidad.
  • Currículum vitae actualizado en la fecha de convocatoria del aspirante.
  • Informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social actualizado en la fecha de convocatoria del aspirante.

Otros documentos que se podrán presentar con la solicitud:

  • Certificado específico de la empresa que acredite la experiencia como conductor o conductora en una empresa de transporte colectivo (urbano, interurbano de viajeros, vehículos de gran tonelaje...)
  • Certificado acreditativo de nivel "B1" de catalán, o uno superior (sólo se puntuará la titulación superior).
  • Certificado acreditativo de conocimientos de lengua inglesa (sólo se puntuará la titulación superior).

En caso de falsedad conocida después de la aportación de la documentación, ésta será causa de exclusión de las pruebas o de despido si se ha producido la contratación, además de las posibles medidas legales que pueda emprender la empresa.

La presentación de la solicitud y los documentos tan sólo se podrán entregar bajo una de las dos modalidades anteriormente citadas, siendo ambas mutuamente excluyentes.

En base a la Ley 39/2015, los interesados ​​tendrán que aportar al procedimiento los datos y documentos exigidos en estas bases, haciéndose responsables de la veracidad de los documentos que presenten.

En el plazo máximo de dos meses, contados desde que acabe el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público.

Las personas aspirantes excluidas u omitidas disponen de un plazo de 3 días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación, para alegar lo que corresponda.

Finalizado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y subsanadas, en su caso, las solicitudes, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público.

La admisión de la solicitud, comporta la plena aceptación por las personas solicitantes de estas Bases, con expresa autorización para el tratamiento automatizado de sus datos en los archivos de la empresa y la publicación de resultados en los medios que la empresa considere, según lo establecido por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

1.5.3.- Baremo de puntos

Fase de oposición (60 puntos sobre 100)

Examen teórico: Constará de un ejercicio eliminatorio y quedarán eliminados los aspirantes que no lleguen a la puntuación mínima de 30 puntos sobre 60.

Consistirá en 80 preguntas tipo test con varias respuestas, de las cuales sólo una será correcta, sobre los siguientes temas:

  • Conocimientos del Código de Circulación: Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
  • Conocimientos Generales sobre la EMT-Palma: Reglamento del Servicio de Transportes Colectivos Urbanos de Palma de Mallorca, publicado en el BOIB núm. 14 de 27/01/2007, y el Protocolo del Conductor y Código ético, que se publicarán con la presente convocatoria.
  • Rutas, calles y tarifas actualizadas de las líneas de autobús de la EMT-Palma, información disponible en la página web de la EMT-Palma.
  • Conocimientos de Mecánica: Conocimientos básicos necesarios para la obtención del carné de conducir “D”.
  • Razonamiento numérico.
  • Razonamiento verbal.
  • Seguimiento de instrucciones.
  • Detección de problemas.
  • Adecuada atención al cliente.
  • Conocimientos de Inglés relacionados con el ámbito de trabajo de conductor de autobús de la EMT-Palma.

El tiempo para desarrollar la prueba será de 80 minutos. Las respuestas correctas se puntuarán con 0,75 puntos y las respuestas erróneas restarán 0,25 puntos (una tercera parte).

Se publicará el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público, la lista provisional de la valoración de este apartado. En el mismo acto se abrirá un plazo de tres días hábiles (sábados y domingos excluidos) para presentar alegaciones.

Finalizado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y subsanadas, en su caso, las alegaciones, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de los resultados de la prueba en la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma. eadministracio.cat), apartado empleo público.

Fase de concurso (40 puntos sobre 100)

Se establece un baremo de méritos estructurado en los bloques que se indican a continuación, con un máximo de 40 puntos:

Méritos académicos (máximo de 12 puntos):

- Por titulación superior a la requerida como requisito relevante para la categoría ofertada: 5 puntos.

- Por certificación de lengua catalana, hasta un máximo de 3 puntos (solo se puntuará la titulación superior):

  • B1: 1 punto
  • B2: 2 puntos
  • C1: 3 puntos

- Por certificación de lengua inglesa, hasta un máximo de 4 puntos (solo se puntuará la titulación superior):

  • A1: 1 punto.
  • A2: 2 puntos.
  • B1: 3 puntos.
  • B2: 4 puntos.

- Méritos de perfil (máximo 28 puntos).

- Experiencia como conductor o conductora con carné C o D:

  • En empresas de transporte colectivo urbano de viajeros a razón de 2 puntos por mes, hasta un máximo de 20 puntos.
  • En empresas de transporte interurbano de viajeros a razón de 0,5 puntos por mes, hasta un máximo de 10 puntos.
  • En empresas de transporte discrecional de viajeros a razón de 0,5 puntos por mes, hasta un máximo de 10 puntos.
  • En empresas de transporte con vehículos de gran tonelaje a razón de 0,5 puntos por mes, hasta un máximo de 8 puntos.

Los méritos se valorarán en referencia a la fecha de acabado del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo.

Se publicará el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público, la lista provisional de la valoración de este apartado. En el mismo acto se abrirá un plazo de tres días hábiles (sábados y domingos excluidos) para presentar alegaciones.

Finalizado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y subsanadas, en su caso, las alegaciones, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de los resultados de la valoración de los méritos en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público.

En caso de que el Tribunal calificador compruebe la existencia de fraude una vez publicadas las listas definitivas, este fraude determina la exclusión del proceso y la consideración de no haber participado, además de las actuaciones legales que se deriven.

Criterios de desempate

En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor experiencia en transporte colectivo urbano de viajeros.

2. La mayor puntuación obtenida en los méritos.

3. La mayor puntuación obtenida en el ejercicio de la fase de oposición.

4. Mayor nivel de inglés.

5. Las personas víctimas de violencia de género.

6. La persona de mayor edad.

7. Si persiste finalmente el empate, se realizará un sorteo. 

1.5.4.- Orden de incorporación y llamada

Una vez finalizado el proceso de selección, los integrantes de las listas de conductores y conductoras serán contratados siguiendo el orden de preferencia resultado de las listas definitivas, realizándose el llamamiento a las personas que tengan el orden de mayor incorporación, de forma escalonada según las necesidades de la Empresa con los criterios y limitaciones que establezca en cada momento la legislación vigente.

Las incorporaciones del turno reservado a mujeres se harán de la siguiente manera: de las primeras personas en incorporar el llamamiento de las posiciones 7, 8, 9, 10, 17, 18, 19, 20, 27, 28, 29, 30, 37, 38, 39, 40, 47, 48, 49, 50, 57, 58, 59, 60, 67. 68, 69, 70 y 71 corresponderán al turno reservado a mujeres. En cualquier caso, si la candidata del turno reservado a mujeres tiene mejor nota que las personas del turno general que deberían incorporarse según las reglas anteriores, se llamará a la persona con puntuación más alta independientemente de la lista donde figure y que no esté contratada.

Las incorporaciones del turno reservado a personas con discapacidad se realizarán de la siguiente manera: de las primeras personas en incorporar el llamamiento de las posiciones 21, 41 y 61, corresponderán al turno de personas con discapacidad. En cualquier caso, si el candidato o candidata del turno reservado a personas con discapacidad tiene mejor nota que las del turno general que deberían incorporarse según las reglas anteriores, se llamará a la persona con puntuación más alta independientemente de la lista donde figure y que no esté contratada.

El llamamiento se realizará por cualquier medio que considere la EMT-Palma, pudiendo realizarse telefónicamente o en su defecto mediante cualquier medio acreditable en derecho.

Las personas integrantes de la lista tendrán que tener a disposición de la EMT-Palma como datos de contacto:

  • un teléfono fijo o móvil
  • una dirección de correo electrónico
  • una dirección postal

Las personas integrantes de la lista tendrán que mantener permanentemente actualizados estos datos ante la EMT-Palma, comunicando todos los cambios que se produzcan en los mismos.

Al haberse producido el llamamiento dos veces consecutivas sin respuesta por su parte, o una respuesta negativa no justificada, será excluida de la lista de forma definitiva. El plazo de respuesta por parte de la persona que se haya llamado, será de 3 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de comunicación.

Se entenderá que se ha producido la renuncia injustificada a la contratación, la incomparecencia de personal aspirante dentro del plazo comunicado por la empresa para la formalización del contrato, o la renuncia expresa a la contratación.

Se consideran causas justificadas de rechazo del contrato por parte de la persona aspirante, las siguientes:

  • Enfermedad acreditada mediante el correspondiente certificado médico.
  • Periodo de embarazo, maternidad o situaciones asimiladas.
  • A petición del interesado, cualquier otra que de forma excepcional la EMT-Palma estime oportuna, de forma motivada.

En estos casos, los y las aspirantes conservarán su puesto en las listas y podrán ser citados de nuevo cuando dejen de concurrir las causas de rechazo, siempre que hayan comunicado a la EMT-Palma su disponibilidad. 

 

ANEXO I Composición del Tribunal y plazos del proceso

Composición del Tribunal:

  • Dos miembros designados por la EMT-Palma.
  • Dos miembros designados por el Comité de Empresa de la EMT-Palma.
  • Un profesional con conocimientos sobre la valoración de los méritos, designado por la EMT-Palma.

Para la valoración de los méritos en que resulte necesario, el Tribunal podrá disponer de la incorporación de asesores o asesoras especialistas, quienes se limitarán a prestar dicha colaboración en sus especialidades técnicas y tendrán voz, pero no voto.

Este proceso de selección finalizará antes del 31 de diciembre de 2024

Con el fin de cumplir el requisito de publicidad, las bases del proceso de selección se publicarán en el BOIB. Los diferentes plazos, resultados provisionales y definitivos y las noticias o incidencias relacionadas con el proceso selectivo se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública. 

 

(Firmado electrónicamente: 11 de diciembre de 2023)

El director-gerente ​​​​​​​Juan José Elías Pérez