Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS DE PALMA, SA
Núm. 774259
Concurso oposición para el personal de Grupo profesional 2: Técnico Especialista en Transportes
El Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Palma SA, en su sesión de día 16 de noviembre de 2023 aprobó las bases que se adjuntan, que regirán el proceso de selección mediante concurso oposición para el personal de Grupo profesional 2: Técnico Especialista en Transportes (5/2023).
Este documento tiene por objeto establecer una convocatoria mediante concurso-oposición, para la cobertura de 1 plaza de personal fijo del grupo profesional 2: Técnico especialista en transportes.
Como consecuencia del presente proceso de selección, los y las aspirantes que integrarán las listas, una vez finalizado el proceso, irán cubriendo las plazas ofertadas siguiendo el orden de prelación establecido en las referidas listas.
Todo ello en cumplimiento de la siguiente normativa vigente:
1. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y posteriores actualizaciones, especialmente los arts. 8, 12 y 15.
2. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, especialmente los arts. 91 y 103.
3. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 1.3., 2, 7, 11, 13 y del 55 al 61.
4. Reglamento orgánico del gobierno y la administración del Ayuntamiento de Palma (BOIB nº 120, de 11 de septiembre de 2004).
5. Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas de modernización del gobierno local, con las actualizaciones vigentes.
6. Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente actualmente. Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 153 de 09/11/2019.
7. Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Islas Baleares.
8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
9. Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, art. 55.3, 104 y 106.
Este documento incluye todo el proceso de contratación de personal de la EMT-Palma y, en concreto, los siguientes apartados:
1.1. Memoria justificativa de la necesidad de contratación.
1.2. Justificación de existencia de fondos (anual y plurianual).
1.3. Procedimiento de selección.
1.4. Autorización del inicio del procedimiento.
1.5. Bases y aprobación de la convocatoria
1.1.- Memoria justificativa de la necesidad
Categoría profesional: Técnico Especialista en Transportes.
Grupo profesional: Grupo 2: Técnico Especialista en Transportes con las funciones propias de su grupo profesional en función de las necesidades organizativas de la empresa y la movilidad funcional establecida en la normativa laboral.
Número de vacantes a cubrir: 1 plaza.
Condiciones económicas: las recogidas para el nivel salarial del grupo 2, del Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente en cada momento.
Horario de trabajo: el horario de trabajo será el establecido en el Convenio Colectivo de la empresa vigente en cada momento.
Centro de trabajo: actualmente situado en la carretera del Coll d'en Rabassa, en Son Ferriol, Polígono de Sant Mateu (CP-07007) Palma, o en cualquier otra que se pueda establecer.
Descripción de la necesidad: la de disponer de un Técnico o Técnica con contrato de duración indefinida, que apoye a la Empresa en el desarrollo, ejecución y seguimiento de proyectos.
1.2.- Justificación de la existencia de fondos
No se produce variación sustancial en la masa salarial presupuestada y aprobada para la EMT-Palma para el ejercicio 2023.
1.3.- Procedimiento de selección
El sistema selectivo del proceso será el de concurso-oposición, siendo la fase de oposición de un 60% y la fase de concurso de un 40%.
El procedimiento de selección se efectuará de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los de publicidad, transparencia, imparcialidad, profesionalidad, independencia, discrecionalidad técnica, adecuación y agilidad.
Los factores a valorar serán la aptitud, actitud y conocimientos prácticos del puesto a cubrir.
Las pruebas o exámenes a realizar se efectuarán por sorteo, entre aquellos temas que presente la empresa, que no podrán ser inferior a tres para cada convocatoria.
Se desarrollarán procedimientos específicos para detectar y sancionar los intentos de las personas aspirantes de falsear los méritos alegados y se asegurará la transparencia.
1.4.- Autorización del inicio del procedimiento
La aprobación del presente documento por parte del Consejo de Administración, previo cumplimiento del Código de buen Gobierno del Ayuntamiento de Palma de fecha 28/02/2013, y aprobado por el Consejo de Administración en fecha 16 de noviembre de 2023, supone la autorización de todo el contenido del mismo.
1.5.- Bases de la convocatoria
1.5.1.- Requisitos
Los aspirantes tendrán que reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o tener permiso de residencia o permiso de trabajo en vigor en el momento de la incorporación a la empresa.
b) Tener 18 años de edad cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones del trabajo a desarrollar. Asimismo, una vez finalizado el proceso de selección y antes de la incorporación al puesto de trabajo, deberá pasarse satisfactoriamente un reconocimiento médico con cargo al Servicio de Prevención de la Empresa, con la calificación de APTO. La no superación del mismo supondrá la imposibilidad de incorporación y exclusión de la lista, dado el carácter eliminatorio de este requisito.
d) No haber sido separadas, mediante procedimiento disciplinario, del servicio de ninguna administración, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitadas de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro estado, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.
e) Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones universitarias: Grado en Ingeniería Civil, Grado en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, Grado en Ingeniería Industrial, o Grado en Ingeniería en de la Construcción.
f) Estar en posesión de un Título de Máster o Postgrado de Transportes Terrestres (o similar).
g) Estar en posesión del certificado B1 de la lengua catalana.
h) Acreditar conocimientos de comprensión y expresión oral y escrita del idioma inglés B2, con los criterios del sistema ALTE o equivalente.
i) Para los aspirantes que no poseen la nacionalidad española, y de su origen no se desprenda el conocimiento del idioma español, debe acreditarse mediante la aportación del diploma de español como lengua extranjera, regulado en el RD 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de aptitud de español para extranjeros, expedidos por las escuelas oficiales de idiomas, o mediante la acreditación de estar en posesión de una titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en territorio español, o bien mediante la superación de una prueba específica que acredite que poseen el nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.
Las personas aspirantes tendrán que reunir los requisitos antes indicados dentro del plazo de presentación de solicitudes, y no haber perdido ninguno de los requisitos en el momento de la contratación.
En cualquier momento que la EMT-Palma, averigüe o constate de forma fehaciente la falta de los requisitos o la falsedad de la documentación o declaración presentada, el aspirante será excluido inmediatamente del proceso, y en caso de estar contratado será despedido disciplinariamente sin perjuicio de la responsabilidad que haya incurrido por falsedad, reservándose la EMT-Palma, las acciones legales pertinentes.
1.5.2.- Presentación de solicitudes y documentación
El plazo de presentación de solicitudes y los documentos es de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
En base a lo estipulado en la ley 39/2015, la presentación de la solicitud y los documentos se podrán presentar tanto de forma presencial como de forma electrónica, en el trámite habilitado al efecto en la sede electrónica de la 'EMT-Palma. La presentación electrónica requiere identificación digital con certificado electrónico.
En caso de hacerlo presencialmente, el impreso de solicitud se podrá descargar de la página web de la EMT-Palma, realizándose la entrega en las oficinas en la carretera del Coll d'en Rabassa, en Son Ferriol, polígono de San Mateo (CP-07007) de Palma, de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
En caso de hacerlo de forma electrónica, se podrá presentar la solicitud y los documentos a través de la Sede Electrónica de la EMT-Palma de lunes a domingo a cualquier hora del día, siempre que comprenda el plazo de entrega de estos documentos. La solicitud está incluida en el proceso de registro, por lo que no es necesario aportar el documento.
Los interesados podrán llamar al nº 97121444 extensión 7107 en caso de duda respecto al funcionamiento de la Sede Electrónica, en el que se habilita un servicio de atención telefónica de 9:00 a 13:00 h de lunes a viernes para resolver cualquier duda respecto al registro virtual.
Documentos que deben presentar necesariamente con la solicitud:
Otros documentos que se podrán presentar con la solicitud:
En caso de falsedad conocida después de la aportación de la documentación, ésta será causa de exclusión de las pruebas o de despido si se ha producido la contratación, además de las posibles medidas legales que pueda emprender la empresa.
La presentación de la solicitud y los documentos tan sólo se podrán entregar bajo una de las dos modalidades anteriormente citadas, siendo ambas mutuamente excluyentes.
En base a la Ley 39/2015, los interesados tendrán que aportar al procedimiento los datos y documentos exigidos en estas bases, haciéndose responsables de la veracidad de los documentos que presenten.
En el plazo máximo de dos meses, contados desde que acabe el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público.
Las personas aspirantes excluidas u omitidas disponen de un plazo de 3 días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación, para alegar lo que corresponda.
Finalizado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y subsanadas, en su caso, las solicitudes, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público.
La admisión de la solicitud, comporta la plena aceptación por las personas solicitantes de estas Bases, con expresa autorización para el tratamiento automatizado de sus datos en los archivos de la empresa y la publicación de resultados en los medios que la empresa considere, según lo establecido por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
1.5.3.- Baremo de puntos
La fase de oposición (60 puntos sobre 100)
Consta de un solo ejercicio, con carácter eliminatorio, con una prueba tipo test del temario referido en el Anexo II.
La prueba será tipo test, estará compuesta por 30 preguntas más 3 de reserva, con un tiempo para desarrollar este ejercicio de 60 minutos.
Las preguntas estarán distribuidas de forma equilibrada entre los diferentes temas. Cada pregunta tendrá tres posibles respuestas, y sólo una será correcta. Las respuestas correctas se puntuarán con 2 puntos, las respuestas erróneas restarán 0,666 (una tercera parte) y las preguntas no contestadas no serán valoradas. La puntuación máxima de esta prueba es de 60 puntos y para superarla será necesario obtener como mínimo 30 puntos en total.
Se publicará el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público, la lista provisional de la valoración de este apartado. En el mismo acto se abrirá un plazo de tres días hábiles (sábados y domingos excluidos) para presentar alegaciones.
Finalizado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y subsanadas, en su caso, las alegaciones, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de los resultados de la prueba en la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma. eadministracio.cat), apartado empleo público.
La fase de concurso (40 puntos sobre 100)
Se establece un baremo de méritos estructurado en los bloques que se indican a continuación, con un máximo de 40 puntos:
Méritos académicos (máximo de 20 puntos):
Méritos de perfil (máximo 20 puntos):
Los méritos se valorarán en referencia a la fecha de acabado del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo.
Se publicará el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público, la lista provisional de la valoración de este apartado. En el mismo acto se abrirá un plazo de tres días hábiles (sábados y domingos excluidos) para presentar alegaciones.
Finalizado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y subsanadas, en su caso, las alegaciones, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de los resultados de la valoración de los méritos en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público.
En caso de que el Tribunal calificador compruebe la existencia de fraude una vez publicadas las listas definitivas, este fraude determina la exclusión del proceso y la consideración de no haber participado, además de las actuaciones legales que se deriven.
Criterios de desempate
En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida en el ejercicio de la fase de oposición.
2. La mayor puntuación obtenida en los méritos.
3. La mayor experiencia laboral en la categoría ofertada.
4. Las personas víctimas de violencia de género.
5. La persona de mayor edad.
6. Si persiste finalmente el empate, se realizará un sorteo.
1.5.4.- Orden de incorporación y llamamiento
Una vez finalizado el proceso de selección, las personas integrantes de las listas serán llamadas para la adjudicación de la plaza, siguiendo el orden de preferencia resultado de las listas definitivas, realizándose el llamamiento a las personas que tengan el orden de mayor incorporación.
El llamamiento se realizará por cualquier medio que considere la EMT-Palma, pudiendo realizarse telefónicamente o en su defecto mediante cualquier medio acreditable en derecho.
Las personas integrantes de la lista tendrán que tener a disposición de la EMT-Palma como datos de contacto:
Las personas integrantes de la lista tendrán que mantener permanentemente actualizados estos datos ante la EMT-Palma, comunicando todos los cambios que se produzcan en los mismos.
Al haberse producido el llamamiento dos veces consecutivas sin respuesta por su parte, o una respuesta negativa no justificada, será excluida de la lista de forma definitiva. El plazo de respuesta por parte de la persona que se haya llamado, será de 3 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de comunicación.
Se entenderá que se ha producido la renuncia injustificada a la contratación, la incomparecencia de personal aspirante dentro del plazo comunicado por la empresa para la formalización del contrato, o la renuncia expresa a la contratación.
Se consideran causas justificadas de rechazo del contrato por parte de la persona aspirante, las siguientes:
En estos casos, los y las aspirantes conservarán su puesto en las listas y podrán ser citados de nuevo cuando dejen de concurrir las causas de rechazo, siempre que hayan comunicado a la EMT-Palma su disponibilidad.
ANEXO I Composición del Tribunal y plazos del proceso
Composición del Tribunal:
Para la valoración de los méritos en que resulte necesario, el Tribunal podrá disponer de la incorporación de asesores o asesoras especialistas, quienes se limitarán a prestar dicha colaboración en sus especialidades técnicas y tendrán voz, pero no voto.
Este proceso de selección finalizará antes del 31 de diciembre de 2024.
Con el fin de cumplir el requisito de publicidad, las bases del proceso de selección se publicarán en el BOIB. Los diferentes plazos, resultados provisionales y definitivos y las noticias o incidencias relacionadas con el proceso selectivo se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública.
ANEXO II Temario
1. Reglamento del servicio de Transportes Colectivos Urbanos de Palma.
2. La planificación de los transportes. Política de transportes a nivel europeo, nacional y autonómico.
3. Planificación de la movilidad urbana en Palma. El PMUS 2022.
4. Análisis de datos en sistemas de transportes. La obtención de variables de movilidad.
5. Modelos de comportamiento y demanda en movilidad urbana.
(Firmado electrónicamente: 5 de diciembre de 2023)
El director-gerente Juan José Elías Pérez