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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 769668
Acuerdo del Consejo Rector en sesión de carácter extraordinario de 30 de octubre de 2023, relativo a la aprobación de la convocatoria para la concesión de ayudas del Consejo Insular de Menorca para estudios e investigaciones ambientales en la reserva de Biosfera de Menorca y de la convocatoria para el año 2023 (exp. 0915-2023-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Las finalidades que corresponden a la Agencia Menorca Reserva de Biosfera del Consejo Insular de Menorca establecidas en sus estatutos (artículo 5), así como las actuaciones previstas en el Plan de Acción de la Reserva de Biosfera son, entre otros:

  • Conservar el medio ambiente y recuperar los niveles de calidad ambiental allá donde se ha perdido
  • Gestionar el medio ambiente y gestionar los recursos naturales
  • Fomentar la cooperación, formación e investigación científica.

Y los objetivos específicos que prevé son apoyar económicamente las actividades que signifiquen mejorar el conocimiento de la reserva de biosfera de Menorca a partir de investigaciones de tipo medioambiental.

Dado que, por cumplir con estos objetivos, el Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera del Consejo Insular de Menorca fomentará la realización de acciones para mejorar el conocimiento ambiental de Menorca mediante las ayudas para el estudio e investigaciones ambientales;

Dadas las obligaciones propias medioambientales que tiene el Consejo Insular de Menorca sobre la reserva de biosfera de Menorca;

Dado que el Consejo de Administración de la Agencia Menorca Reserva de Biosfera, en sesión ordinaria de día 29 de abril de 2019, aprobó las bases que rigen la concesión de ayudas para estudios e investigaciones ambientales en la reserva de biosfera de Menorca, que fueron publicadas en el BOIB núm. 66 de 16 de mayo de 2019;

De conformidad con la normativa básica aplicable al Consejo Insular de Menorca en materia de subvenciones y en el marco de lo que establecen las Bases de ejecución del presupuesto de esta administración, dada la propuesta del presidente del Consejo Rector de la Agencia Menorca Reserva de Biosfera;

El Consejo Rector, por unanimidad de los nueve miembros asistentes (señor Vilafranca Florit, señora Reynés Calvache, señor José Simón Gornés Hachero, señora Torrent Pallicer, señora Taltavull Fernández, señor Pons Torres, señor Delgado Díaz, señora Tronch Folgado y señor Vidal Seguí) y en votación ordinaria, adopta el siguiente acuerdo:

Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas para estudios e investigaciones ambientales en la reserva de biosfera de Menorca, correspondiente al año 2023, que se trata de un gasto adelantado con cargo al presupuesto de 2024, y que se regirá por las bases aprobadas por el Consejo de Administración de la Agencia Menorca Reserva de Biosfera de día 29 de abril de 2019 (publicadas en el BOIB núm. 66 de 16 de mayo de 2019), de acuerdo con las siguientes condiciones:

a) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario. Las ayudas concedidas serán atendidas con cargo a las partidas presupuestarias y con los importes máximos que se indican más abajo, sin perjuicio de que los importes puedan ser ampliados de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias:

Partida*

Cuantia máxima

6-17200-4790000

25.000 €

  • El importe máximo al que se destina la convocatoria únicamente se podrá ampliar, sin necesidad de nueva publicación, en el supuesto de aportaciones expresas de terceros para contribuir a la financiación del objeto de la convocatoria y que se hayan concretado posteriormente en su aprobación.
  • Los importes máximos por solicitud y convocatoria serán de 5.000 €.
  • Aunque la convocatoria se realiza en el año 2023, la resolución y el pago de las ayudas concedidas tendrán lugar dentro del año 2024, por lo que se hará una reserva de crédito para tal fin, considerando que:
  • El plazo máximo para dictar y notificar la resolución expresa de concesión de subvención será de seis meses contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (artículo 9.9).
  • El plazo máximo para realizar la actividad subvencionada será de un año a partir del día que se publique el acuerdo de concesión de la ayuda en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (artículo 3.3).
  • El abono de la ayuda se efectuará en un plazo de 60 días una vez presentado el informe final, aunque también se podrá hacer efectivo en dos pagos fraccionados en función del ritmo de ejecución del proyecto de investigación, y en particular se podrá abonar el 30% del importe total de la ayuda concedida cuando el autor entregue un informe que garantice que se ha llevado a cabo la tercera parte del trabajo prevista en el calendario, y el resto una vez se reciba el trabajo terminado (artículo 11).
  • Dado que serán necesarias algunas semanas para llevar a cabo la publicación de la convocatoria y que el plazo de 30 días para presentar solicitudes, además del plazo máximo de seis meses para dictar y notificar la resolución de concesión de subvención y de haber desarrollado una tercera parte del trabajo previsto para poder abonar una parte de la ayuda, no es posible que este abono se efectúe durante el año 2023.

b) Esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de 2024.

c) Aunque la materia de la investigación es libre en temáticas medioambientales, tal y como se establece en el apartado 3.2 de las bases que rigen esta convocatoria, tendrán preferencia las propuestas que se ajusten a las líneas prioritarias de investigación en materia medioambiental que se establecen en cada convocatoria. Para esta convocatoria las prioridades son:

  • Economía circular, ecología urbana y vectores ambientales.
  • Mejorar el conocimiento de las masas de agua superficiales y subterráneas.
  • Estudios y trabajos que contribuyan a mejorar el conocimiento de la biodiversidad (terrestre y marina) presente en la reserva de biosfera de Menorca, así como su relación con el mundo rural y el medio marino.

d) El plazo de presentación de solicitudes es de treinta días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

e) La composición de la comisión evaluadora será la siguiente:

Presidente: el consejero ejecutivo responsable en materia de medio ambiente, don José Simón Gornés Hachero

Vocales:

  • el director insular responsable en materia de Reserva de Biosfera, señor David Vidal Seguí
  • el técnico de Medio Ambiente señor Miquel Truyol
  • el técnico de biodiversidad del Servicio de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera señor Félix de Pablo Pons

Secretaria: la funcionaria del Área de Gestión Administrativa del Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera Marga Triay Diaz

f) La instrucción de este procedimiento corresponde al técnico en biodiversidad del Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera señor Félix de Pablo Pons.

Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 66.3 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.

Dicho recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la correspondiente resolución, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 20 de noviembre de 2023

Por delegación del presidente, El secretario del Consejo Rector Octavi Pons Castejón (DP 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-7-2023)