Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 759308
Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa el crédito y se modifica la financiación de la convocatoria de las subvenciones para explotaciones agrarias, correspondientes al año 2021
Con fecha de 21 de diciembre del 2021 se publicó en el BOIB núm. 174 la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 17 de diciembre de 2021, por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en explotaciones agrarias, correspondientes al año 2021.
La convocatoria señalada, en el apartado segundo, destina un importe máximo de seis millones de euros (6.000.000,00 €) con cargo al presupuesto del FOGAIBA del 2022, con la posibilidad de incrementarlo. Dicho importe se financiará de la siguiente manera: 5 millones ochocientos treinta y ocho mil novecientos cincuenta y dos euros (5.838.952,00 €) en un 53,00% a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 14,10%, a cargo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), y en un 32,90%, a cargo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB); y ciento sesenta y un mil cuarenta y ocho euros (161.048,00 €) en un 100% a cargo del presupuesto de la CAIB.
Considerando que esta línea de ayudas está en proceso de tramitación y que la demanda de ayudas destinadas a realizar inversiones en las explotaciones agrarias se ha incrementado respecto de lo que se preveía inicialmente y dada la disponibilidad presupuestaria, se estima conveniente incrementar la cuantía destinada a esta convocatoria y modificar los porcentajes de financiación previstos en dicha resolución.
Por otra parte, en fecha 28 de diciembre del 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se establecen determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, por el que se modifican los reglamentos (UE) núm. 1305/2013, (UE) núm. 1306/2013 y (UE) núm. 1307/2013 en lo que respecta a sus recursos y a su aplicación en los años 2021 y 2022. Este reglamento introduce nuevos recursos del FEADER para financiar determinadas acciones encaminadas, entre otras cuestiones, a la mitigación del cambio climático y la adaptación a este.
Asimismo, al amparo de la Ley 2/2016, de 30 de marzo, del impuesto sobre estancias turísticas en las Islas Baleares y de medidas de impulso del turismo sostenible se aprobó un proyecto para llevar a cabo inversiones en la modernización y adaptación al cambio climático de las explotaciones agrarias que permite financiar total o parcialmente las ayudas a las inversiones en explotaciones agrarias.
Dado que existe disponibilidad de estos fondos, se considera adecuado incrementar la financiación de la convocatoria aprobada por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 17 de diciembre de 2021, por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en explotaciones agrarias, correspondientes al año 2021, a fin de favorecer la máxima eficiencia en el gasto de los fondos disponibles.
Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Se incrementa la cuantía destinada a esta convocatoria por un importe de tres millones trescientos veintiséis mil ochocientos seis euros con cuarenta céntimos (3.326.806,40 €) y se modifica el apartado segundo de la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 17 de diciembre de 2021, por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en explotaciones agrarias, correspondientes al año 2021, publicada en el BOIB núm. 174 de 21 de diciembre, que queda redactado de la siguiente manera:
«1. Para esta convocatoria se destina un importe máximo de nueve millones trescientos veintiséis mil ochocientos seis euros con cuarenta céntimos (9.326.806,40 €) con posibilidad de ampliar los créditos, con cargo a los presupuestos del FOGAIBA del año 2023.
Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que pueden destinarse a esta finalidad.
2. Estas subvenciones se financiarán como sigue:
Segundo
Esta resolución deberá comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y deberá publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (30 de noviembre de 2023)
El presidente del FOGAIBA Joan Simonet Pons