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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 753863
Corrección de error del anuncio publicado en el BOIB núm. 157 de 18 de noviembre de 2023, inserción 1092, relativo a la aprobación inicial de la Modificación de las Normas Subsidiarias de planeamiento municipal para establecer una nueva regulación de las piscinas

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Texto

Advertido un error en el anuncio publicado en el BOIB número 157 de fecha 18.11.2023 relativo a la aprobación inicial de la Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento municipal para establecer una nueva regulación de las piscinas, se procede a su rectificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1. En el apartado Primero del acuerdo, punto 1, donde dice:

El Pleno del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, reunido en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2023 (.)

Debe decir:

El Pleno del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, reunido en sesión ordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2023 (.)

2. En el apartado Primero del acuerdo, punto 1, donde dice:

1. Se modifica el segundo párrafo del artículo 5.1.04 de las NNUU. Tal párrafo que actualmente determina que:

Las piscinas no computarán como superficie ocupada de la parcela, aunque sí lo harán las construcciones en las que se ubiquen las instalaciones y maquinaria de estas, siempre que sobrepasen la rasante del terreno.

pasará a establecer que:

Las piscinas, así como las construcciones en las que se ubiquen las instalaciones y maquinaria de estas, que sobrepasen la rasante del terreno, computarán como superficie ocupada de la parcela

Debe decir:

1. Se modifica el segundo párrafo del artículo 5.1.04 de las NNUU. Tal párrafo que actualmente determina que:

Las piscinas no computarán como superficie ocupada de la parcela, aunque sí lo harán las construcciones en las que se ubiquen las instalaciones y maquinaria de estas, siempre que sobrepasen la rasante del terreno.

pasará a establecer que:

Las piscinas, así como las construcciones en las que se ubiquen las instalaciones y maquinaria de estas que sobrepasen la rasante del terreno, computarán como superficie ocupada de la parcela.

Lo que se publica para general conocimiento y a los efectos oportunos.

 

Firmado digitalmente (28 de noviembre de 2023)

El alcalde acctal. Miguel Tur Rubio