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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 752981
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos n. º 10/23 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de créditos extraordinarios financiado con cargo al Fondo de Contingencia

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Texto

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia del día 26/10/23, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 10/23 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de créditos extraordinarios financiado con cargo al Fondo de Contingencia.

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificacion de créditos núm. 10/23, de créditos extraordinarios financiado con cargo al Fondo de Contingencia, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo: 

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Crédito

Extraordinario

Crèditos

finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

 920 

123 

 Aumento 0,50 %, art. 19.2a) Ley 31/2022 PGE

 0,00 €

39.896,72 €

39.896,72 €

920

134 

 Aumento 0,50 %, art. 19.2a) Ley 31/2022 PGE

 0,00 €

6.808,94 €

6.808,94 €

 

 

TOTAL

 

 46.705,67 €

 46.705,67 €

Esta modificación se financia con cargo al Fondo de Contingencia, en los siguientes términos:

Bajas o Anulaciones en concepto de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos

disponibles

Bajas o

anulaciones

Créditos

finales

Progr.

Económica

 929

500

Fondo de Contingencia  

 76.747,37 €

 46.705,67 € 

30.041,70 € 

 

 

TOTAL BAJAS

 76.747,37 €

 46.705,67 € 

 30.041,70 € 

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares,  en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

Documento firmado electrónicament al margen (27 de noviembre de 2023)

El alcalde Vicent Roig Tur