Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE SENCELLES
Núm. 751966
Inicio expediente de investigación de la titularidad del espacio “Tierras comunes de Binifauvell” según expresión que consta al mencionado Informe
Que en la sesión del Pleno ordinaria del Ayuntamiento celebrada en fecha 11 de noviembre de 2022, se tomó entre otros, el siguiente acuerdo:
ACUERDO
PRIMERO. Atendido el Informe Histórico emitido por el historiador Gaspar Valero i Martí sobre las Tierras Comunes de Binifauvell, y entendiendo que queda suficientemente fundamentado el ejercicio de la potestad investigadora del Ayuntamiento sobre este espacio, incoar expediente de investigación de la titularidad del espacio “Tierras comunes de Binifauvell” según expresión que consta al mencionado Informe.
SEGUNDO.- Encomendar los informes que sean precisos, y recaudar de los Registros que procedan cuántos antecedentes y datos consten relativos al espacio ahora investigado, y descrito como “Tierras comunes de Binifauvell”, incorporándose al expediente las certificaciones que se expidan a tal efecto.
TERCERO. Publicar el acuerdo de iniciación en el BOIB; además estará a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento [http://sencelles.sedelectronica.es] . Así mismo exponer en el tablón de anuncios del Ayuntamiento un ejemplar de estos boletines durante un plazo de quince días.
CUARTO. Dar traslado del acuerdo de iniciación a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad Autónoma para que, en su caso, puedan hacer valer sus derechos y alegar el procedente.
QUINTO. Notificar a los afectados por el expediente de investigación que resulten conocidos e identificables.
SEXTO. Abrir trámite de información pública por plazo de un mes, contado desde el día siguiente al cual tenga que darse por acabada la publicación de los anuncios en el tablón de la Corporación, para que las personas afectadas por el expediente de investigación puedan alegar por escrito cuanto estimen conveniente a su derecho ante la Corporación, acompañante todos los documentos en que funden sus alegaciones. En el caso de que existan afectados por el expediente de investigación que resulten conocidos e identificables, este plazo empezará a contar desde la notificación personal.
SÉPTIMO. Finalizado el plazo para presentar alegaciones, abrir un periodo de prueba por plazo de treinta días en el cual serán admisibles los siguientes elementos:
— Los documentos públicos judiciales, notariales o administrativos otorgados con arreglo a Derecho.
— El reconocimiento y el dictamen pericial.
— La declaración de testigos.
OCTAVO. Practicadas las pruebas y valoradas por los Servicios de la Corporación, poner de manifiesto el expediente a las personas a quienes afecte la investigación y hubieran comparecido en él, porque, durante un plazo de 10 días, aleguen el que crean conveniente a su derecho.
Sencelles, a la fecha de la firma electrónica (27 de noviembre de 2023)
El alcalde Joan Carles Verd Cirer