Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 751165
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 13 de noviembre de 2023, relativo a la aprobación de las bases reguladoras de las ayudas en materia cinegética y la convocatoria correspondiente en 2023 (Exp. 5311-2023-000001)
BDNS 728889
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/728889):
Primero. Beneficiarios
Podrán tener la condición de beneficiario:
a) Para la línea A, mejora de cotos o refugios: Las personas físicas o jurídicas titulares de cotos de caza o refugios de fauna en Menorca que se encuentren al corriente de las obligaciones administrativas del coto o refugio (tasa anual de la matrícula, memoria anual de capturas, plan técnico de caza y cumplimiento de las obligaciones que de ésta se derivan).
b) Para la línea B, promoción de otras actuaciones cinegéticas: Las sociedades de cazadores de implantación en la isla sin carácter lucrativo previstas en la Ley 6/2006, de 12 de abril, de caza y pesca de las Islas Baleares, y otras entidades sin ánimo de lucro relacionadas con el medio ambiente que actúen en el ámbito cinegético menorquín.
Segundo. Objeto
El objeto de estas ayudas, es apoyar a determinadas actividades sin ánimo de lucro, llevadas a cabo en el territorio de Menorca en materia cinegética entre día 1 de diciembre del año anterior al de la convocatoria y día 30 de noviembre del año de la convocatoria, y que contribuyen a mejorar la capacidad, el aprovechamiento y la sostenibilidad de los recursos que son objeto de explotación.
Tercero. Bases reguladoras
La convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 13.11.2023.
Cuarto. Cuantía El importe global máximo de la convocatoria es de 15.000 € (quince mil euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Sexto. Otros datos.
Únicamente se convoca la línea B de ayudas: Promoción de otras actuaciones cinegéticas para sociedades de cazadores de implantación en la isla y otras entidades relacionadas con el medio ambiente que actúen en el ámbito cinegético menorquín.
El porcentaje máximo de subvención será de un 80% del coste de las actuaciones y se podrá recibir hasta un máximo de 5.000 €. Si el total de las peticiones sobrepasa el crédito disponible, las solicitudes se resolverán repartiendo proporcionalmente el crédito asignado.
Maó, 23 de noviembre de 2023
Por delegación del presidente, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (DP 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-7-2023)