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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE FAMILIAS Y ASUNTOS SOCIALES

Núm. 748139
Addenda al Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes del Gobierno de las Illes Balears y la entidad Quavitae Servicios Asistenciales, SAU, para el servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en la residencia DomusVi Palma

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Texto

Partes

Catalina Cirer Adrover, consejera de Familias y Asuntos Sociales del Gobierno de las Illes Balears en virtud del Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 94, de 10 de julio), en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con NIF S0711001H, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

Agustín Lopesino Sousa, con DNI ****6813**, en representación, en calidad de apoderado, de la entidad Quavitae Servicios Asistenciales, SAU, con sede social en Madrid y con NIF A80106842.

Antecedentes

1. En fecha 29 de noviembre de 2019 se firmó el Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes del Gobierno de las Illes Balears (actualmente Consejería de Familias y Asuntos Sociales) y la entidad Quavitae Servicios Asistenciales, SAU, para el servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en la residencia DomusVi Palma.

2. La clausula 4.1. del Acuerdo de acción concertada establece el siguiente:

«El precio de la plaza ocupada de residencia para personas mayores en situación de dependencia, de acuerdo con los tipos de grados y niveles de dependencia que establece la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, es el siguiente:

  • Grado III: 68,61 €/día (IVA incluido)
  • Grado II: 64,49 €/día (IVA incluido)»

3. En el BOIB núm. 89, de 1 de julio de 2023, se publicó la resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 29 de junio de 2023, relativa a la modificación del precio plaza/día y el módulo económico máximo a aplicar al concierto social para el servicio de atención residencial para personas en situación de dependencia como consecuencia de la variación de las condiciones económicas de la concertación. En esta resolución se establecen los nuevos precios, los cuales pasan a ser los siguientes:

  • Desde el 1 de junio de 2023 y hasta el 31 de mayo de 2024: 82,11 €/día (sin IVA) y 85,39 €/día (IVA incluido).
  • Desde el 1 de junio de 2024 y hasta el 31 de mayo de 2025: 85,48 €/día (sin IVA) y 88,90 €/día (IVA incluido).
  • Desde el 1 de junio de 2025 y hasta el 31 de mayo de 2026: 88,54 €/día (sin IVA) y 92,08 €/día (IVA incluido).
  • Desde el 1 de junio de 2026: 91,03 €/día (sin IVA) y 94,67 €/día (IVA incluido).

Así mismo, se dispone que estos precio se tienen que aplicar desde el día 1 de junio de 2023.

4. De acuerdo con lo anteriormente mencionado resulta necesario firmar una addenda al Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes del Gobierno de las Illes Balears y la entidad Quavitae Servicios Asistenciales, SAU, para el servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en la residencia DomusVi Palma, firmado en fecha 29 de noviembre de 2019.

Ambas partes nos reconocemos mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar esta addenda al Acuerdo de acción concertada, de acuerdo con las siguientes

 

Cláusulas

1. Objeto

El objeto de esta addenda es la modificación de los precios del Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes del Gobierno de las Illes Balears y la entidad Quavitae Servicios Asistenciales, SAU, para el servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en la residencia DomusVi Palma, en aplicación de la resolución mencionada en el punto 3 de los antecedentes de esta addenda.

2. Modificar la clausula 4.1 del Acuerdo de acción concertada

Añadir a la clausula 4.1 del Acuerdo de acción concertada los parágrafos siguientes:

Con efectos del día 1 de junio de 2023 y hasta 30 de noviembre de 2023, fecha en que finaliza la vigencia del actual Acuerdo de acción concertada, el precio de la plaza residencial ocupada, tanto para el grado II como para el grado III, es de 82,11 €/día (sin IVA) i 85,39 €/día (IVA incluido).

En el supuesto que se renueve este Acuerdo de acción concertada, y en aplicación de la resolución de consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 29 de junio de 2023, mencionada en el punto 3 de los antecedentes de esta addenda, los precios de la plaza residencial ocupada, tanto para el grado II como para el grado III, serán los siguientes:

  • Desde el 1 de diciembre de 2023 y hasta el 31 de mayo de 2024: 82,11 €/día (sin IVA) y 85,39 €/día (IVA incluido).
  • Desde el 1 de junio de 2024 y hasta el 31 de mayo de 2025: 85,48 €/día (sin IVA) y 88,90 €/día (IVA incluido).
  • Desde el 1 de junio de 2025 y hasta el 31 de mayo de 2026: 88,54 €/día (sin IVA) y 92,08 €/día (IVA incluido).
  • Desde el 1 de junio de 2026: 91,03 €/día (sin IVA) y 94,67 €/día (IVA incluido).

3. Financiamiento y pago del importe de la modificación

La cuantía máxima prevista, nada más en relación específicamente, con la modificación que supone esta addenda al Acuerdo de acción concertada, es de 400.797,45 € (cuatrocientos mil setecientos noventa y siete euros con cuarenta y cinco céntimos), con cargo a la partida presupuestaria 17301.313D01.26104.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.

Una vez finalizada la vigencia del Acuerdo de acción concertada, se procederá a pagar la diferencia existente entre los precios ya facturados durante el período del día 1 de junio de 2023 al 30 de noviembre de 2023 y los nuevos precios de la plaza residencial ocupada, que tanto para el grado II como para el grado III, es de 82,11 €/día (sin IVA) i 85,39 €/día (IVA incluido).

4. Remisión a las clausulas del Acuerdo de acción concertada inicial

En el resto de aspectos no previstos en esta addenda es necesario atender a les previsiones establecidas en el Acuerdo de acción concertada, firmado en fecha 29 de noviembre de 2019.

Como muestra de conformidad, firmamos esta addenda al Acuerdo de acción concertada.

 

Palma, 23 de noviembre de 2023

Por la Consejería de Familias y Asuntos Sociales Catalina Cirer Adrover

Madrid, 22 de noviembre de 2023

Por Quavitae Servicios Asistenciales, SAU Agustín Lopesino Sousa