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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA

Núm. 747988
Convocatoria de subvenciones para actividades de promoción de la economía local y ayudas destinadas a asociaciones empresariales por el impulso de la economía local, producto local y el turismo sostenible

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Texto

Por Resolución de Alcaldía de fecha 24 de noviembre de 2023, se aprobó la convocatoria de subvenciones para actividades de promoción de la economía local y ayudas destinadas a asociaciones empresariales para el impulso de la economía local, producto local y turismo sostenible, con el siguiente texto:

Expediente núm.. 3923/2023

Procedimiento: Subvenciones por Concurrencia no Competitiva

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA LOCAL Y AYUDAS DESTINADAS A ASOCIACIONES EMPRESARIALES POR EL IMPULSO DE LA ECONOMÍA LOCAL, PRODUCTO LOCAL Y EL TURISMO SOSTENIBLE.

1. Objeto de la convocatoria y finalidad

La Regiduría de Sostenibilidad, Circularidad y Medioambiente, Turismo, Comercio y Núcleos, mediante esta convocatoria, fija el procedimiento y las condiciones que tienen que regular la subvención y ayudas destinadas a las asociaciones empresariales del municipio.

La finalidad de la convocatoria es apoyar al tejido productivo del municipio de Bunyola, con especial atención a las asociaciones empresariales que fomenten actuaciones y proyectos de interés público para la promoción de la economía local, la economía circular, el producto local y el turismo sostenible.

2. Actuaciones Subvencionables:

Las actuaciones subvencionables que entran dentro del objeto de la convocatoria son:

a) Proyectos de dinamización y promoción del pequeño y medio comercio local o del producto de Bunyola o del turismo local sostenible, mediante campañas de promociones en ferias, mercados y exposiciones.

b) Proyectos o cursos de formación en el ámbito de la cultura asociativa, la digitalización empresarial y/o la sostenibilidad empresarial para adaptarse a las exigencias del mercado incluido el asesoramiento técnico en estos dos objetos de la convocatoria.

c) Proyectos de dinamización y promoción del pequeño y medio comercio o del producto local de Bunyola mediante campañas de promoción, marketing y/o comunicación. Todo proyecto de esta línea tiene que tener inequívocamente el objetivo de promocionar el comercio local y/o el producto local de Bunyola para dinamizar el tejido empresarial de Bunyola.

d) Proyectos o campañas destinadas a la promoción de Bunyola como destino turístico sostenible, donde se conjuga paisaje, tradición, cultura y naturaleza, como parte de la Sierra de Tramuntana, Patrimonio de la Humanidad. También incluye, campañas de promoción, marketing y/o comunicación destinadas en la promoción de Bunyola como destino sostenible y natural.

3. No son subvencionables:

a) Los proyectos y actuaciones que no se adecúen a la finalidad ni al objeto de la convocatoria.

b) Los gastos que no cumplan los requisitos establecidos en su punto 1 y 2 de la convocatoria.

c) Los gastos relativos al funcionamiento  interno propios de la entidad solicitante.

d) Los gastos que no justifiquen en los términos de la convocatoria.

4. Beneficiarios de esta subvención:

Asociaciones empresariales legalmente constituidas que tengan su sede social y desarrollen  su actividad en el municipio de Bunyola.

5. Requisitos indispensables para solicitar la subvención:

a) Que como mínimo haga un año de la constitución legal de la asociación empresarial al momento de pedir la subvención.

b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Seguridad Social establecidas a las disposiciones vigentes, así como no tener deudas o sanciones de naturaleza tributaria municipal. La solicitud de las ayudas comporta la autorización porque el ayuntamiento pueda comprobar de oficio que la entidad o persona solicitante está al corriente de estas obligaciones, excepto en el caso de denegación exprés del consentimiento, supuesto en que la solicitante tendrá que aportar las certificaciones correspondientes, junto con la solicitud de las ayudas.

c) Los gastos subvencionables tienen que responder de manera indudable a la naturaleza de la actividad.

d) No encontrarse afectado por las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario que establece el artículo 13 de la Ley / 2003 de 17 noviembre, General de Subvenciones.

6. Financiación de las actuaciones

Las ayudas económicas reguladas a esta convocatoria se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria número (430/47900/2022) del presupuesto general del Ayuntamiento de Bunyola por la cuantía de 10.000 euros.

7.  Importe de la ayuda

El importe máximo de la ayuda corresponderá al reparto proporcionalmente entre las asociaciones empresarial legalmente constituida con sede en Bunyola del presupuesto total indicado en su punto 6.

8. Régimen de compatibilidad con otros proyectos

Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente otras administraciones o entes, públicos o privados, regionales, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, y sin perjuicio del que al respeto pudiera establecer la normativa reguladora de las subvenciones concurrentes.

9. Plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables

Las actuaciones objetas de subvención se han haber ejecutado entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio 2024 (ambos incluidos). Los justificantes de gasto (facturas) se tienen que haber emitido y abonado, entre el 1 de agosto de 2023 y al 31 de julio 2024 (ambos incluidos).

10. Presentación de solicitudes: plazo y lugar

10.1 El procedimiento se iniciará previa solicitud de los interesados presentada en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB.

10.2 Cada asociación empresarial presentará una única solicitud (anexo I) que podrá contener uno o varios proyectos que se especificarán a la memoria de actividades.

10.3 Los modelos normalizados, así como las bases y el resto de documentación asociada al expediente, estarán disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Bunyola.

10.4. La simple presentación de la solicitud supone la aceptación de las bases que rigen la convocatoria y el compromiso de la persona solicitante de cumplir con las obligaciones y deberes que  derivan.

10.5. Las solicitudes se tienen que formalizar por escrito según los modelos normalizados de solicitud (anexo 1), declaración responsable (anexo 2) y el resto de documentación preceptiva especificada el punto 11 de estas bases.

10.6. La presentación de las solicitudes se hará de forma telemática a la sede electrónica del Ayuntamiento de Bunyola o de manera presencial al Registro General del Ayuntamiento, y tienen que ir dirigidas a la Alcaldía y acompañadas de la documentación indicada en el punto 11 de estas bases. La presentación de la solicitud y de la documentación que se acompaña también se puede hacer en las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

10.7. De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, están obligados a presentar la documentación a través de medios electrónicos los sujetos siguientes:

a. Las personas jurídicas.

b. Las entidades sin personalidad jurídica.

c. Las personas que ejercen una actividad profesional para la cual se requiere colegiación obligatoria.

d. Quién representa una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.

11.   Documentación a aportar con la solicitud.

a) ANEXO 1: Impreso de solicitud, rellenado y firmado por la presidencia de la asociación solicitante.

b) ANEXO 2: Declaración responsable rellenada y firmada con los términos siguientes:

1. Todos los datos contenidos en la solicitud y a los documentos que se adjuntan son ciertos.

2. Tener el centro de trabajo o desarrollar la actividad económica en el término municipal de Bunyola.

3. Estar al corriente de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con el Ayuntamiento de Bunyola y también al corriente de obligaciones económicas con la Seguridad Social.

4. Que la entidad está válidamente constituida en escritura pública y registrada (si es obligatoria la inscripción registral), si se trata de una empresa.

5. Cumplir con todas las obligaciones previstas en el artículo 14 y requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

6. Prestar colaboración y facilitar todas las evidencias que sean requeridas en el ejercicio de las funciones de control que correspondan en el Ayuntamiento de Bunyola. Los beneficiarios de estas ayudas, con la presentación de la solicitud de la ayuda, autorizan expresamente al Ayuntamiento a facilitar información a otras administraciones con el objeto de llevar a cabo las tareas de comprobación y control de la misma en cualquier de sus fases.

7. Aceptar someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas por la vigente normativa en materia de subvenciones.

c)  Memoria explicativa de todas las actuaciones a desarrollar por las cuales se pide la subvención, firmada por la persona que ostente la presidencia.

d) Certificado de la Secretaría de la asociación del acuerdo del órgano competente de la misma en el cual se exprese la voluntad de solicitar la subvención para el proyecto, contenido en la memoria y autorice su Presidente a presentarla.

e) Certificado de la Secretaría de la asociación en el cual conste la relación actual de cargos representativos de la asociación (nombre, apellidos, NIF, actividad, dirección de la actividad, teléfono de contacto) y la relación numerada y actualizada de asociados a fecha de solicitud de la ayuda (nombre, apellidos, NIF, actividad, dirección de la actividad, teléfono de contacto).

f) Certificado de la Secretaría de la asociación con la transcripción literal del acta de la última reunión ordinaria de la Asamblea General de la asociación.

11.2. De acuerdo con el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la inexactitud, la falsedad o la omisión de cualquier dato o información que se incorpore en una declaración responsable determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Así mismo, la resolución de la Administración Pública que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento, así como la imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un marco temporal determinado por la ley, todo esto conforme a los términos establecidos en las normas sectoriales de aplicación.

11.3. El Ayuntamiento de Bunyola puede solicitar cualquier otra documentación complementaria a la prevista en estas bases, para completar o aclarar el derecho a la ayuda o la documentación presentada. En el supuesto de que no se aporte la documentación establecida o la solicitada posteriormente, se entiende que la persona solicitante desiste del procedimiento, con la obligación de reintegrar la ayuda percibida, si es el caso.

12.  Régimen de concurrencia

El procedimiento es de concurrencia no competitiva, las solicitudes se resolverán de forma individual, serán estudiadas por orden de presentación y se concederán las ayudas en el mismo orden a todas aquellas que cumplan los requisitos y las condiciones previstas a la convocatoria, hasta agotar los fondos destinados.

Aquellas solicitudes que cumpliendo los requisitos para adquirir la condición de beneficiario los falte algún documento preceptivo o de acreditación se los concederá un plazo de 10 días hábiles para poder presentar en una sola vez toda la documentación que los falte; en este caso, la fecha de presentación que se tendrá en cuenta será la de la presentación de toda la documentación completa.

13. Procedimiento, resolución y pago de la ayuda

13.1. El procedimiento de concesión se tramita en régimen de concurrencia no competitiva según el que establece el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, atendiendo a razones de interés público, económico y social atendidas las circunstancias actuales que dificultan la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva. La gestión de las ayudas previstas en esta convocatoria se sujeta a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no-discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y la eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

13.2. El órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento de concesión de las ayudas previstas en esta convocatoria es la Regiduría de Sostenibilidad, Circularidad y Medioambiente, Turismo, Comercio y Núcleos. Recibidas las solicitudes, el órgano competente tiene que instruir los procedimientos, comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos en estas bases y en la convocatoria correspondiente y, si procede, requerir a las personas solicitantes que aporten toda la documentación e información complementaria que se estime oportuna para fundamentar su solicitud, o que enmienden los defectos apreciados en la solicitud, en el plazo de diez días hábiles. Además, este órgano puede realizar de oficio todas las actuaciones que estime necesarias y convenientes para determinar, conocer y comprobar los datos que figuren en las solicitudes, en virtud de las cuales se tienen que valorar las solicitudes para resolver el expediente de concesión de ayuda.

13.3. De acuerdo con el que dispone el artículo 71 de la Ley 39/2015, en la tramitación de solicitudes se tiene que guardar el orden estricto de presentación. La persona técnica instructora designada tiene que emitir un informe propuesta de resolución respecto de la totalidad o un número determinado de solicitudes, indicando las personas beneficiarias y las cuantías de las ayudas correspondientes a cada una, así como aquellas que hayan sido desestimadas. Si se agota el crédito destinado a la convocatoria antes de acabar el plazo de presentación, se tiene que suspender la concesión de nuevas ayudas mediante resolución que se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

13.4. El órgano competente para resolver y conceder la ayuda es laRegiduría de Sostenibilidad, Circularidad y Medioambiente, Turismo, Comercio y Núcleos. La resolución de concesión tiene que determinar la cuantía concedida y tiene que incorporar, si es el caso, las condiciones y obligaciones a que está sujeta la persona beneficiaria. La resolución lo tiene que dictar el órgano competente y lo tiene que notificar a las personas beneficiarias mediante un anuncio en la sede electrónica del Ayuntamiento de Bunyola.

13.5. El pago de estas ayudas se tiene que hacer en un pago único a cada asociación empresarial beneficiaria por la totalidad del importe concedido, mediante transferencia bancaria, a partir de la fecha de la resolución de concesión, sin que sea necesaria la constitución de garantías.

13.6. La persona solicitante puede cejar en la solicitud, o renunciar al derecho a la ayuda, en cualquier momento y mediante un escrito dirigido en el Ayuntamiento de Bunyola. El Ayuntamiento de Bunyola tiene que dictar una resolución en que exprese las circunstancias que concurren, con indicación de los hechos producidos y las normas legales, así como, si es el caso, la concesión de la ayuda a la persona o a las personas solicitantes siguientes en la orden del registro de entrada.

14.  Publicación de la convocatoria y de la concesión

En cumplimiento de los artículos 18 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y 34 del Decreto Legislativo 2/2005 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones balear, el Ayuntamiento de Bunyola tiene que enviar información sobre esta convocatoria y sobre las resoluciones de concesión que  deriven a la Base de datos Nacional de Subvenciones.

El texto íntegro de estas bases y de la convocatoria se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y al tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Bunyola.

Las resoluciones de concesión de las ayudas se publicarán al tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Bunyola.

15. Justificación: forma y plazo

15.1 El plazo establecido para la justificación de la subvención es de un mes a contar desde el último día establecido como periodo subvencionable en el punto 9 de esta convocatoria. Por lo tanto el último día para entregar la justificación será el 31 de agosto de 2024.

15.2 Para la justificación de la subvención, la cuenta justificativa incluirá la siguiente documentación:

1. Memoria descriptiva de las actuaciones ejecutadas: descripción de las actuaciones llevadas a cabo.

2. Aportación de evidencias de las actividades realizadas: impactos a los medios de comunicación, copia de la emisión y de cualquier material gráfico que se edite, etc.

3. Anexo 3: Detalle de todas las dependidas presentadas, así como de los ingresos o subvenciones que han financiado las actividades subvencionadas.

4. Justificación económica de los gastos subvencionados descritos al anexo 3, con sus justificantes de pagos (facturas) y con el justificante de abono de estas dentro del periodo subvencionado.

El incumplimiento de parte del beneficiario de cualquier de los requisitos, condiciones y otras circunstancias que dieran lugar al otorgamiento de la subvención, la variación de la finalidad de las actuaciones, la no ejecución o ejecución inadecuada del gasto aprobado o la justificación insuficiente, podrá comportar la minoración y si procede, la revocación de la subvención concedida y su reintegro.

Transcurrido el plazo establecido de justificación sin que esta se haya presentado ante el órgano administrativo competente, este tiene que requerir la persona beneficiaria porque, en el plazo improrrogable de quince días, la presente.  La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este apartado, compuerta la exigencia del reintegro de la subvención y otras responsabilidades establecidas en la Ley general de subvenciones.

15.3  Forma de presentación:

La Justificación se dirigirán al Ayuntamiento de Bunyola  – Regiduría de Sostenibilidad, Circularidad y Medioambiente, Turismo, Comercio y Núcleos, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o telemáticamente, con certificado electrónico, a www.sedelectronica.bunyola.es  o en cualquier otra   de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

16. Pago

El pago de las subvenciones se hará mediante anticipo del 100% de las subvenciones una vez concedidas, siempre que no sea posible hacer el pago directo.

Transcurrido el plazo establecido de justificación sin que esta se haya presentado ante el órgano administrativo competente, este tiene que requerir la persona beneficiaria porque, en el plazo improrrogable de quince días, la presente.  La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este apartado, compuerta la exigencia del reintegro de la subvención y otras responsabilidades establecidas en la Ley general de subvenciones.

17. Obligaciones de los beneficiarios

La entidad beneficiaria tendrá que cumplir los requisitos siguientes:

a) Incluir la imagen institucional del Ayuntamiento de Bunyola (logotipo) y / o una leyenda donde se haga constar la financiación pública del Ayuntamiento, en los materiales de difusión y / o información que se editen y / o apoyos  de difusión y / o promoción que se hayan realizado.

b) Difundir en las redes sociales las actividades subvencionadas donde aparezca el logotipo del Ayuntamiento de Bunyola y/o se mencione claramente la participación del ayuntamiento.

c) Invitar en El Ayuntamiento de Bunyola a los actos que organice el beneficiario en relación a la actividad subvencionada.

18. Normativa aplicable

Además de las normas contenidas en la presente convocatoria, son aplicables la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento (RD 887/2006, 21 julio), y las bases del Presupuesto General del Ayuntamiento.

 

(Firmado electrónicamente: 24 de noviembre de 2023)

El regidor de Sostenibilidad, Circularidad i Medioambiente, Turismo, Comerio y Núcleos Gabriel Ripoll Martí (Delegación de firma por Decreto núm.2023-1014)

 

ANEXO I SOLICITUD DE AYUDA PARA ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA LOCAL Y AYUDAS DESTINADAS A ASOCIACIONES EMPRESARIALES POR EL IMPULSO DE LA ECONOMÍA LOCAL, PRODUCTO LOCAL Y EL TURISMO SOSTENIBLE

Datos solicitante:

Nombre social/asociación:_______________________________________________________________

DNI/CIF:_________________ Domicilio:____________________________________________________

Localidad:_____________________________CP:______________Provincia:_______________________ Teléfono:_______________ Correo electrónico:_____________________________________________

Datos del representante legal de la entidad suele-licitando

Nombre y apellidos:____________________________________________________________________

DNI/CIF:______________________ Domicilio:_______________________________________________

Localidad:_____________________________CP:____________Provincia:___________________ Teléfono:______________ Correo electrónico:_______________________________

en representación de la entidad:________________________________________________

en calidad de _______________________________________________ .

EXPONGO

Que he tenido conocimiento de la convocatoria aprobada por parte del Ayuntamiento de Bunyola, de las ayudas para actividades de promoción de la economía local y ayudas destinadas a asociaciones empresariales para contribuir al impulso de la economía local, producto local y turismo sostenible.

Que reúno todos los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria para ser beneficiario de las ayudas.

Que la entidad por el cual solicito la ayuda son:

- Nombre comercial________________________________________________

- Ubicación_____________________________________________________

SOLICITO

Que me sea concedido, de acuerdo con la convocatoria del procedimiento de concesión la ayuda para actividades de promoción de la economía local y ayudas destinadas a asociaciones empresariales para contribuir al impulso de la economía local, producto local y turismo sostenible del término municipal de Bunyola, el importe de ______________________ €

Firma del solicitante

 

 

 

Bunyola, _______ de _________________de 202__

SEÑOR ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA

 

ANEXO II DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS PARA ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA LOCAL Y AYUDAS DESTINADAS A ASOCIACIONES EMPRESARIALES PARA CONTRIBUIR AL IMPULSO DE LA ECONOMÍA LOCAL, PRODUCTO LOCAL Y EL TURISMO SOSTENIBLE DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE BUNYOLA.

Datos solicitante:

Nombre social/asociación:_______________________________________________________________

DNI/CIF:__________________ Domicilio:___________________________________________________

Localidad:_____________________________CP:______________Provincia:_______________________ Teléfono:________________ Correo electrónico:_____________________________________________

Datos del representante legal de la entidad suele-licitando

Nombre y apellidos:____________________________________________________________________

DNI/CIF:______________________ Domicilio:______________________________________________

Localidad:____________________________CP:____________Provincia:___________________ Teléfono:______________ Correo electrónico:________________________________

en representación de la entidad:________________________________________________

en calidad de _______________________________________________ .

De acuerdo con el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas,

DECLARO, bajo mi responsabilidad:

- Que tengo poder suficiente para actuar.

- Que todos los datos de la solicitud y de la documentación que adjunto son ciertas.

- Que la entidad a la cual represento tiene el centro de trabajo o desarrolla la actividad económica en el término municipal de Bunyola.

- Que la entidad a la cual represento está al corriente de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con el Ayuntamiento de Bunyola y también al corriente de obligaciones económicas con la Seguridad Social.

- Que 'entidad a la cual represento cumple las obligaciones previstas en el artículo 14 y requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

- Que  la entidad a la cual represento no concurren en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

- Que me somete/ Que la persona a la cual represento a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas por la normativa de subvenciones vigente.

-Que me compromete / Que la persona a la cual represento se compromete a colaborar y facilitar toda la documentación que el Ayuntamiento de Bunyola me requiera en relación a sus funciones de control y fiscalización de esta subvención. Y para llevarlas a cabo, autorizo expresamente en el Ayuntamiento de Bunyola porque, en todo el tiempo que dure la tramitación, pueda solicitar información a otras administraciones para poder hacer las comprobaciones oportunas.

Firma del solicitante:

 

 

Bunyola,____de____________________del  202__

SEÑOR ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA

 

ANEXO III JUSTIFICACIÓN DE GASTOS E INGRESOS DE AYUDAS PARA ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DE La ECONOMÍA LOCAL Y AYUDAS DESTINADAS A ASOCIACIONES EMPRESARIALES POR El IMPULSO DE La ECONOMÍA LOCAL Y EL TURISMO SOSTENIBLE.  DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE BUNYOLA.

Datos solicitante:

Nombre social/asociación:_______________________________________________________________

DNI/CIF:__________________ Domicilio:__________________________________________________

Localidad:_____________________________CP:______________Provincia:_______________________ Teléfono:________________ Correo electrónico:_____________________________________________

Datos del representante legal de la entidad suele-licitando

Nombre y apellidos:____________________________________________________________________

DNI/CIF:______________________ Domicilio:_______________________________________________

Localidad:_____________________________CP:____________Provincia:___________________ Teléfono:______________ Correo electrónico:________________________________

en representación de la entidad:________________________________________________

en calidad de _______________________________________________ .

1. RELACIÓN DE LOS GASTOS E INGRESOS QUE HAN FINANCIADO La ACTIVIDAD SUBVENCIONADA

1.a. GASTOS

Núm Fra.

Fecha Fra.

Proveedor

Concepto

Importe (Base)

Importe (IVA)

Importe(TOTAL)

Fecha Pago

               
               
               
               
               
               

1.b. INGRESOS

Marcar esta casilla en el supuesto de que las actividades únicamente se hayan financiado con la subvención del Ayuntamiento de Bunyola y los fondos propios de la entidad.

En el supuesto de que se hayan obtenido otros ingresos para financiar la actividad llenáis la tabla siguiente:

Concepto de ingreso y procedencia

IMPORTE

   
   
   
   
                                                                                    Total  

2. FACTURAS A PRESENTAR O DECLARACIÓN RESPONSABLE ( indicar la opción elegida ):

(    ) Se presentan las facturas relacionadas en el punto número 1A (se tienen que presentar las facturas y los justificantes de pago ).

(    ) Declaro, formalmente, de la existencia de las facturas relacionadas en el punto número 1 así como su pago.

Firma de la persona solicitante o del representante legal

 

 

Bunyola, ____________de _____________de 202__

 

SEÑOR ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA