Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 746000
Tercera resolución por la cual se conceden ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinados a la compra de mecanismos de elevación de camas, para dar cumplimiento al artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU
Antecedentes
1. El 29 de noviembre de 2022, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la Orden 30/2022 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, para dar cumplimiento al artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
El 28 de febrero de 2023, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se modifica la convocatoria mencionada en el punto anterior, en el sentido de ampliar el plazo de presentación de solicitudes y de modificar la composición de la Comisión Evaluadora.
2. De acuerdo con lo que se expone en la Orden 30/2022 y en el punto 5 de la convocatoria, la convocatoria está sometida al régimen de minimis establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión Europea, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea en las ayudas de minimis. En consecuencia, las ayudas previstas son compatibles con el mercado interior y, a la vez, están exentas de la obligación de notificación establecida en el artículo 108, apartado 3, del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea.
3. El plazo para presentar solicitudes se inició el 30 de noviembre de 2022 y acabó el 28 de abril de 2023, de acuerdo con lo establecido en el punto 13 de la convocatoria.
4. El 27 de junio, analizadas todas las solicitudes presentadas y de acuerdo con el artículo 10 de la Orden 30/2022, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears un requerimiento conjunto a fin de que las personas solicitantes corrigiesen las deficiencias indicadas, con la advertencia de que, si no lo hacían, se entendería que desistían de la solicitud.
5. El 23 de agosto de 2023, la Comisión Evaluadora emitió informe en el cual, en aplicación de los criterios para la adjudicación de las ayudas previstas en la convocatoria, se relacionan las personas solicitantes que cumplen los requisitos para poder ser beneficiarias de la ayuda y la cuantía individual de esta, calculada de acuerdo con los puntos 10 y 11 de la convocatoria.
En concreto, la Comisión Evaluadora considera que no es necesario aplicar el prorrateo establecido en el punto 10 de la convocatoria, puesto que hay crédito suficiente para otorgar a todas las personas beneficiarias el importe de la ayuda, de acuerdo con la intensidad prevista en el punto 11 de la convocatoria. Esto es:
a) Para los establecimientos de hasta 50 habitaciones, se subvenciona el 50 % del gasto elegible.
b) Para los establecimientos de entre 51 y 150 habitaciones, se subvenciona el 40 % del gasto elegible.
c) Para los establecimientos de más de 150 habitaciones, se subvenciona el 30 % del gasto elegible.
El gasto elegible de la ayuda es del 100 % del precio unitario de compra del mecanismo de elevación de camas, con un importe máximo de 380 euros.
6. El 19 de septiembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la tercera propuesta de resolución provisional con la relación de las personas propuestas como beneficiarias que han justificado completamente la ayuda, otorgando un plazo de 10 días para presentar alegaciones mediante el trámite electrónico especificado en las bases de la convocatoria. No consta que durante este período de audiencia se hayan presentado alegaciones.
7. De acuerdo con el informe de la Comisión Evaluadora de 16 de octubre, en aplicación de los criterios para la adjudicación de las ayudas previstos en la convocatoria y de acuerdo con lo expuesto en el antecedente 5 anterior, tal y como prevé el primer párrafo del artículo 13.2 de la Orden 30/2022 del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y atendiendo a que no se han presentado alegaciones mediante el trámite electrónico específico, el director general de Turismo formuló la tercera propuesta de resolución definitiva.
Esta propuesta de resolución definitiva, de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 13.2 de la Orden 30/2022 se ha notificado, mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de 24 de octubre de 2023, a las personas interesadas a las cuales se los otorgó un plazo de diez días para que pueda renunciar al importe de la subvención contenido en la propuesta. En este plazo de diez días no consta que se haya presentado ninguna renuncia, por lo cual, de acuerdo con el párrafo tercero del artículo 13.2 de la Orden 30/2022, se entiende que la persona solicitante la acepta.
8. El anexo de esta propuesta de resolución definitiva contiene una relación de las personas propuestas como beneficiarias que han justificado completamente la ayuda, dado que han adquirido los mecanismos subvencionables antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y han presentado los documentos acreditativos del pago de las correspondientes facturas, por lo cual queda justificado el importe de la ayuda en conformidad con lo establecido en el punto 16 de la convocatoria. En consecuencia, de acuerdo con el punto 17 de la convocatoria, correspondería ordenar el pago de las ayudas.
9. Consta en el expediente administrativo que todas las personas beneficiarias se encuentran al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
10. Hay crédito adecuado y suficiente para imputar los pagos de las ayudas a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/MR071 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Reglamento de esta, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
2. El Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
3. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
5. El Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el cual se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
6. La Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que se tienen que financiar con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
7. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
8. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
9. La Orden 30/2022 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, para dar cumplimiento al artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
10. El Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, por el cual se regula la concesión directa de subvenciones destinadas al financiamiento de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
11. El Real Decreto 449/2022, de 14 de junio, por el cual se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el que se modifican varios reales decretos en materia turística.
12. El Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea en las ayudas de minimis.
Por todo eso, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Conceder una subvención para la compra de mecanismos de elevación de camas a las personas solicitantes indicadas en el anexo y por los importes que se señalan, en el marco de la convocatoria para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, para dar cumplimiento al artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
2. Autorizar y disponer un gasto global de 459.616,71 €, a favor de las personas beneficiarias que figuran en el anexo y por los importes individuales que se indican, con cargo a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/MR071 de los presupuestos vigentes de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. Reconocer la obligación y proponer el pago de la subvención por un importe global de 459.616,71 € a favor de les personas beneficiarias que figuran en el anexo y por los importes individuales indicados, con cargo a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/MR071 de los presupuestos vigentes de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. Aprobar la liquidación de la subvención a las personas beneficiarias que figuran en el anexo y por los importes individuales que se indican.
5. Manifestar que la persona beneficiaria de la subvención tiene que cumplir el régimen de publicidad establecido en el punto 19 de la convocatoria. Las características de los carteles informativos se especificaran en la página web mrrturisme.caib.es
6. Manifestar que esta subvención ha sido financiada con fondos procedentes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (23 de noviembre de 2023)
El consejero de Turismo, Cultura y Deportes Jaume Bauzá Mayol
ANEXO Personas beneficiarias con importes de ayuda inferiores a 30.000 euros y que han justificado completamente la aplicación de la subvención
NIF del beneficiario |
Número de expediente |
Beneficiario |
Nombre del establecimiento |
Importe de la actuación subvencionable (€) (coste total de la inversión) |
Intensidad de la ayuda en función del número de habitaciones del establecimiento (punto 11.1 de la convocatoria) |
Importe de la ayuda concedida (€) |
---|---|---|---|---|---|---|
A07007826 |
TUR_AJDLLITS456/2023 |
HOTEL SABINA SA |
HOTEL SABINA PLAYA |
6.426,28 |
40% |
2.570,51 |
A07007826 |
TUR_AJDLLITS201/2023 |
HOTEL SABINA SA |
HOTEL SABINA |
13.391,33 |
30% |
4.017,40 |
A07008410 |
TUR_AJDLLITS929/2023 |
MONTIMAR SA |
HOTEL ES PORT |
10.068,00 |
30% |
3.020,40 |
A07010390 |
TUR_AJDLLITS223/2023 |
HELIOPAL SA |
HOLEL SON CALIU SPA & OASIS |
26.529,60 |
30% |
7.958,88 |
A07016025 |
TUR_AJDLLITS122/2023 |
MITTENWALD SA |
VALENTIN PARK CLUB HOTEL |
39.584,44 |
30% |
11.875,33 |
A07022254 |
TUR_AJDLLITS876/2023 |
PROMOTORA MENORQUINA DE TURISMO, SA |
AGUAMARINA I |
4.743,80 |
30% |
1.423,14 |
A07025026 |
TUR_AJDLLITS344/2023 |
BAHIA DEL SOL SANTA PONSA SA |
BAHIA DEL SOL |
18.233,60 |
30% |
5.470,08 |
A07026727 |
TUR_AJDLLITS338/2023 |
IBIZATOURS S.A. |
INVISA HOTEL LA CALA |
8.976,27 |
30% |
2.692,88 |
A07055320 |
TUR_AJDLLITS299/2023 |
ES PLA, SOCIEDAD ANONIMA |
INVISA HOTEL ES PLA |
36.651,18 |
30% |
10.995,35 |
A07070956 |
TUR_AJDLLITS265/2023 |
APARTAMENTOS CALA SANTANY SA |
CALA SANTANYI |
12.282,00 |
50% |
6.141,00 |
A07076870 |
TUR_AJDLLITS756/2023 |
SES SAVINAS ARENAL, SOCIEDAD ANONIMA |
HOTEL ARENAL |
19.656,00 |
40% |
7.862,40 |
A07108269 |
TUR_AJDLLITS123/2023 |
DH INVESTMENTS, SA |
BEACH CLUB MENORCA |
7.846,20 |
30% |
2.353,86 |
A07129513 |
TUR_AJDLLITS213/2023 |
PAGUERSA SOCIEDAD ANONIMA |
PAGUERA BEACH |
22.150,40 |
40% |
8.860,16 |
A07158223 |
TUR_AJDLLITS109/2023 |
MARINS PLAYA SA |
HOTEL MARINS SUITES |
19.677,00 |
40% |
7.870,80 |
A07158223 |
TUR_AJDLLITS103/2023 |
MARINS PLAYA SA |
HOTEL MARINS PLAYA |
30.046,00 |
30% |
9.013,80 |
A07158223 |
TUR_AJDLLITS9/2023 |
MARINS PLAYA SA |
HOTEL MARINS BEACH CLUB |
19.320,00 |
40% |
7.728,00 |
A07235195 |
TUR_AJDLLITS196/2023 |
PONENT MAR, SA |
APARTAHOTEL PONENT MAR |
24.670,74 |
30% |
7.401,22 |
A07830607 |
TUR_AJDLLITS36/2023 |
APARTAHOTEL DON CAMILO SA |
APARTHOTEL DON CAMILO |
36.439,70 |
40% |
14.575,88 |
A07919087 |
TUR_AJDLLITS437/2023 |
GRUPOTEL DOS SA |
GRUPOTEL PARC NATURAL |
15.408,00 |
40% |
6.163,20 |
A08206005 |
TUR_AJDLLITS227/2023 |
VILADOT IRAOLA SA |
LEMAN |
8.027,30 |
40% |
3.210,92 |
A17015835 |
TUR_AJDLLITS79/2023 |
HOTELS SUAU SA |
HOTEL SON BRULL |
10.740,00 |
50% |
5.370,00 |
A78789708 |
TUR_AJDLLITS33/2023 |
FONTANELLAS PARQUE SA |
FONTANELLAS PARQUE SA |
18.934,08 |
30% |
5.680,22 |
B02826881 |
TUR_AJDLLITS30/2023 |
H SANTOS D SL |
HOTEL NIXE PALACE |
26.280,00 |
40% |
10.512,00 |
B07008527 |
TUR_AJDLLITS18/2023 |
FLAMINGO HOTEL SL |
HOTEL MYSEAHOUSE FLAMINGO |
46.547,36 |
40% |
18.618,94 |
B07010713 |
TUR_AJDLLITS389/2023 |
FOMENTO INDUSTRIAS DEL TURISMO SL |
LUXOR |
36.716,58 |
40% |
14.686,63 |
B07023286 |
TUR_AJDLLITS215/2023 |
COMPAÑIA HOTELERA LAS LOMAS SL |
ALUA GRAN CAMP DE MAR |
45.639,00 |
30% |
13.691,70 |
B07025315 |
TUR_AJDLLITS231/2023 |
PROMOCION Y DESARROLO TURISTICO DE MENORCA, SL |
HOTEL SUR MENORCA |
21.840,00 |
30% |
6.552,00 |
B07025315 |
TUR_AJDLLITS228/2023 |
PROMOCION Y DESARROLO TURISTICO DE MENORCA, SL |
HOTEL CALA GALDANA & VILLAS D'ALJANDAR |
37.492,00 |
30% |
11.247,60 |
B07026701 |
TUR_AJDLLITS64/2023 |
HOTEL PLAYA ESPERANZA SL |
PLAYA ESPERANZA RESORT |
60.244,00 |
30% |
18.073,20 |
B07030125 |
TUR_AJDLLITS337/2023 |
HOTELES TRINIDAD SL |
INVISA HOTEL CLUB CALA VERDE |
20.414,72 |
30% |
6.124,42 |
B07031461 |
TUR_AJDLLITS172/2023 |
HOLUDIA SL |
VIVA EDEN LAGO |
33.264,00 |
30% |
9.979,20 |
B07156458 |
TUR_AJDLLITS67/2023 |
HOTELES FERRER SL |
HOTEL & SPA FERRER JANEIRO |
33.497,80 |
30% |
10.049,34 |
B07195761 |
TUR_AJDLLITS8/2023 |
LINEA TURISTICA SL |
APARTHOTEL FLORA |
38.579,20 |
40% |
15.431,68 |
B07461767 |
TUR_AJDLLITS156/2023 |
INVERSIONES PASCUAL SL |
HOTEL VIVA SUITES |
16.920,00 |
30% |
5.076,00 |
B07461767 |
TUR_AJDLLITS66/2023 |
INVERSIONES PASCUAL SL |
HOTEL VIVA BLUE |
27.199,00 |
30% |
8.159,70 |
B07634934 |
TUR_AJDLLITS897/2023 |
BAHIA PEGUERA SL |
HOTEL BAHIA |
9.135,00 |
40% |
3.654,00 |
B07691983 |
TUR_AJDLLITS490/2023 |
PLAYA CALA FORNELLS SL |
HOTEL CALA FORNELLS |
7.400,00 |
40% |
2.960,00 |
B07751985 |
TUR_AJDLLITS151/2023 |
EXPLOTACIONES VAQUER SL |
HOTEL CAPRICHO |
4.176,00 |
40% |
1.670,40 |
B07811367 |
TUR_AJDLLITS863/2023 |
TURISTICA SES SAVINES, SOCIEDAD LIMITADA |
HOTEL SES SAVINES |
19.656,00 |
30% |
5.896,80 |
B07814049 |
TUR_AJDLLITS782/2023 |
PROYECTOS URBANISTICOS DUVA SL |
HOTEL APARTAMENTOS DUVA |
11.578,00 |
40% |
4.631,20 |
B07845571 |
TUR_AJDLLITS253/2023 |
DAVANT LA MAR SOCIEDAD LIMITADA |
HOTEL ESPLENDIDO |
5.700,00 |
40% |
2.280,00 |
B07846488 |
TUR_AJDLLITS251/2023 |
LANGOSTA HOTEL Y RESTAURANTE SL |
PORTIXOL HOTEL Y RESTAURANTE |
1.900,00 |
50% |
950,00 |
B07873193 |
TUR_AJDLLITS101/2023 |
SATURNO HOTELS SL |
HOTEL OBELISCO |
14.033,70 |
30% |
4.210,11 |
B07876626 |
TUR_AJDLLITS867/2023 |
SOL SANT JORDI S.L. |
SON SANT JORDI |
4.195,80 |
50% |
2.097,90 |
B07914245 |
TUR_AJDLLITS254/2023 |
LUXISLA, SOCIEDAD LIMITADA |
LUXISLA SL |
10.773,00 |
50% |
5.386,50 |
B09954132 |
TUR_AJDLLITS743/2023 |
WORK HARD PLAY HARD, C'AN VERDERA SL |
HOTEL CAN VERDERA |
8.360,00 |
50% |
4.180,00 |
B16539702 |
TUR_AJDLLITS527/2023 |
CALA LLENYA RESORT IBIZA MANAGEMENT, SOCIEDAD LIMITADA |
CALA LLENYA RESORT IBIZA |
34.696,42 |
40% |
13.878,57 |
B16547580 |
TUR_AJDLLITS424/2023 |
SLEEP MANAGEMENT, SL |
HOTEL CHEVY HOTEL & SUITS |
4.139,52 |
40% |
1.655,81 |
B57076523 |
TUR_AJDLLITS202/2023 |
Q HOTELS SUN RESORT SOCIEDAD LIMITADA |
CAREMA CLUB RESORT |
57.681,00 |
30% |
17.304,30 |
B57134728 |
TUR_AJDLLITS11/2023 |
JUPITER HOTELS SL |
HOTEL TIMOR |
15.593,00 |
30% |
4.677,90 |
B57198053 |
TUR_AJDLLITS13/2023 |
EXPLOTACIONES TURISTICAS PLAYA DE LA LUZ SL |
HOTEL ASTORIA PLAYA |
18.900,00 |
30% |
5.670,00 |
B57358202 |
TUR_AJDLLITS154/2023 |
HOTELES PABISA, SLU |
PABISA CHICO |
11.472,00 |
40% |
4.588,80 |
B57456170 |
TUR_AJDLLITS311/2023 |
ALMAPER GTI SL |
HOTEL CALA SAN VICENÇ |
3.585,00 |
50% |
1.792,50 |
B57615957 |
TUR_AJDLLITS814/2023 |
BUTA IN MALLORCA SL |
BRONDO ARCHITECH HOTEL |
1.800,00 |
50% |
900,00 |
B57656688 |
TUR_AJDLLITS180/2023 |
COUNTRY CLUB SON CLARET SL |
CASTELL SON CLARET |
5.320,00 |
50% |
2.660,00 |
B57667099 |
TUR_AJDLLITS194/2023 |
CAP ROCAT HOTEL SL |
HOTEL CAP ROCAT |
5.676,14 |
50% |
2.838,07 |
B57865875 |
TUR_AJDLLITS98/2023 |
CAPRICHOS 2014 SL |
HOSTAL C'AN PEP |
11.870,00 |
50% |
5.935,00 |
B57914350 |
TUR_AJDLLITS99/2023 |
ARENAS DE SON BOU SOCIEDAD LIMITADA |
HOTEL ARENAS DE SON BOU |
27.132,64 |
40% |
10.853,06 |
B57936676 |
TUR_AJDLLITS161/2023 |
PICAFORT HOTELS SL |
APARTHOTEL FERRER ISABEL |
51.139,00 |
40% |
20.455,60 |
B57953127 |
TUR_AJDLLITS868/2023 |
CAN VERDAL SL |
CA N'ALEXANDRE |
3.134,00 |
50% |
1.567,00 |
B57954547 |
TUR_AJDLLITS395/2023 |
BEIA IBZ, SOCIEDAD LIMITADA |
HOSTAL RESIDENCIA TORRES |
14.328,00 |
40% |
5.731,20 |
B62575550 |
TUR_AJDLLITS136/2023 |
SOLERVICENS MUNS SL |
HOTEL-APARTAMENTOS SOL PARC |
3.520,80 |
30% |
1.056,24 |
B87588877 |
TUR_AJDLLITS333/2023 |
EDIFICIOS SOFIA 3 SL |
APARTHOTEL FERRER SKYLINE |
36.086,20 |
30% |
10.825,86 |
B99077844 |
TUR_AJDLLITS35/2023 |
VICTORIA HOTELS&RESORTS S.L. |
VILLA LE BLANC, A GRAN MELIÁ HOTEL |
59.373,50 |
30% |
17.812,05 |
E09767211 |
TUR_AJDLLITS830/2023 |
FAMILIA AGUILO C.B. |
HOSTAL PALMARIA |
2.080,00 |
50% |
1.040,00 |
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459.616,71 |