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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 745909
Requerimiento de documentación para el pago de la subvención en el trámite de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios en el Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2023)

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Texto

1. El 17 de diciembre de 2022, en el BOIB número 164, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 12 de diciembre de 2022 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2023 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios en el Programa Operativo FEDER 2021-2027.

2. Los servicios técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación presentada para la justificación y han detectado las anomalías indicadas en la siguiente tabla:

Expediente

Solicitante

NIF

Anomalías

 FOTOPAR23-61/2023

MAIMÓ MAS, BUENAVENTURA

***5416**

El nuevo solicitante es el usufructuario y no es uno de los herederos. Falta el DNI del solicitante. Falta el certificado de defunción.

 FOTOPAR23-211/2023

SEGUÍ BERNAT, JOSE

***2635**

Falta justificante de pago con la identificación del concepto (no tenemos presupuesto al que se hace referencia), así como los datos del destinatario, que deben coincidir con el emisor de la factura. Como los conceptos de los justificantes de pago no están bien identificados, es necesario justificante de la empresa emisora ​​de las facturas al cobrar el dinero de las transferencias identificando el concepto, las fechas y los ordenantes de las mismas.

 FOTOPAR23-313/2023

FRAU MUT, MIGUEL

***9595**

No coincide el emplazamiento, referencia catastral y el CUPS del documento 6 y la puesta en servicio. Tampoco coincide la potencia pico del documento 6 y el justificante de puesta en servicio. El emplazamiento, la referencia catastral y el CUPS que figuran en la puesta en servicio no coinciden con los indicados en el documento 6. La potencia pico no coincide con la potencia que aparece en el documento 6 ni en la factura emitida.

 FOTOPAR23-317/2023

BONAFÉ RAMIS, JERONI

***0512**

El certificado de instalación de energía debe estar dado de alta, subido en el registro, o presentar un justificante de presentación.

 FOTOPAR23-322/2023

MASCARO PIRIS, ANTONIA

***3305**

La potencia de la instalación total es de 6kW (3 kW de eólica y 3kW de fotovoltaica + kW de una instalación previa), pero en la puesta en servicio sólo se declaran 3kW de instalación. Aclarar esa divergencia. Aportar CIE, MTBT y esquemas unifilares, para una mejor comprensión del proyecto (entendemos por proyecto, el aerogenerador, la instalación FV existente y la ampliación).

 FOTOPAR23-335/2023

ALONSO PONCE, JUAN

***8211**

La puesta en servicio no se corresponde con la instalación ejecutada. La potencia total de placas debería ser 8,9 kWp y la potencia total inversores de 8 kW. Aclarar si se han instalado dos inversores o si se ha sustituido por uno de 8 kW. Se deberá realizar una nueva puesta en servicio que contemple todas las potencias totales instaladas.

 FOTOPAR23-374/2023

LIRIO IBAÑEZ, FELISA

***2359**

Los kWp de las placas, los kW de los inversores y los kWh de las baterías facturados deben coincidir con la puesta en servicio y en el documento 6.

 FOTOPAR23-440/2023

DE JUAN MAS, PABLO

***4256**

En el documento 6 falta la rúbrica de un técnico competente o empresa instaladora y de la persona solicitante. Falta aportar facturas.

 FOTOPAR23-558/2023

FLORIT MARISCAL, CATALINA

***4107**

En el documento 6 falta la rúbrica de un técnico competente o empresa instaladora y de la persona solicitante. En el documento 7 deben aparecer todas las facturas y transferencias realizadas y sus fechas. El documento fotográfico no permite contabilizar el número de placas existentes. Debe aportar imágenes donde se aprecie la totalidad de la instalación. Falta aportar facturas. Falta justificante de pago, en el que deben figurar la fecha del documento, el importe y la identificación del concepto, a fin de que quede identificado el pago de la factura, así como los datos del ordenante y del destinatario, que han coincidir con el beneficiario y con el emisor de la factura, respectivamente.

 FOTOPAR23-613/2023

COLL FIOL, MARGARITA

***7333**

La potencia pico no coincide con la potencia de las placas que aparece en la puesta en servicio y que aparece en la factura emitida. La potencia pico que figura en la puesta en servicio no coincide con la potencia total de las placas que figuran en la factura y en el documento 6. La potencia pico que figura en la factura emitida no coincide con la potencia total de las placas que figuran en la puesta en servicio y en el documento 6.

 FOTOPAR23-649/2023

PROUS BORRAS, JOSE MARIA

***6066**

Falta documento 6 - Memoria de actuación. La potencia del inversor (7.2kW), no es la misma que en la puesta en servicio (5kW). No se puede comprobar la veracidad de la puesta en servicio porque falta la memoria de actuación. Los datos de la puesta en servicio (5kW y 4,95kWp) no coinciden con el presupuesto ni con la memoria de la solicitud (7,2kW y 4,905kWp).

 FOTOPAR23-666/2023

CARCAÑO CARRILLO, FRANCISCO

***7794**

La potencia pico de 7,70 kWp que aparece en la puesta en servicio no coincide con la declarada en la memoria de actuación de 6,05 kWp y en las facturas emitidas de 6,6 kWp (11+1 paneles de 0,55 kWp). Debe tramitarse una nueva puesta en servicio.

 FOTOPAR23-702/2023

VON BARGEN, ANDREAS

***5010**

No se puede abrir el archivo fotográfico. Los kW de los inversores deben coincidir con la puesta en servicio (6kW)y en el documento 6 y la factura (4,6kW). De hecho, la potencia del inversor en la MTBT es 6kW y en el CIE es de 4,6kW. Aclarar todas estas divergencias. Los kW de los inversores deben coincidir con la puesta en servicio (6kW) y en el documento 6 y la factura (4,6kW). Aclarar las divergencias.

 FOTOPAR23-781/2023

MICHEL VIRON, ALEXANDRE

***9081**

La potencia total inversor de 9 kW del documento 6 no coincide con la potencia de 10 kW que aparece en la puesta en servicio y que puede verse en el adhesivo del inversor instalado. Aclarar esa divergencia. La potencia total inversor de 9 kW de la factura emitida no coincide con la potencia de 10 kW que aparece en la puesta en servicio y que puede verse en el adhesivo del inversor instalado. Se debe modificar la factura subsanando las deficiencias.

 FOTOPAR23-842/2023

PLANELL ALFONSO, MONICA

***6465**

Se ha informado en los documentos 2 y 6 un número de placas y potencias unitarias (informan de 9+3 con potencias de 0.365 y 0.390 respectivamente, que hacen un total de 4,45KW) y teniendo en cuenta que antes de la ampliación había instalados 8 paneles de 0,375 (según expd. FOTEMPAR21) dando una potencia total nominal de 3kwp y después de la ampliación motivo de esta subvención (3 paneles de 0,390kwp) la potencia total nominal es de 4,17 kwp. Aclarar las divergencias. La puesta en servicio informa de un total de potencia pico de 4,125 de kwp, en el doc6 de 4,45kWp y si tenemos en cuenta a FOTOEMPAR21, nos da 4,17kWp. Aclarar estas divergencias.

 FOTOPAR23-937/2023

MAS CARRIO, MATEO

***1402**

La potencia total 4kW del inversor facturado debe coincidir con la puesta en servicio y la memoria de la actuación. Se debe modificar o bien la factura o bien la puesta en servicio. La persona ordenante de uno de los documentos de pago no es la persona solicitante de la subvención. Es necesaria una declaración responsable firmada por la persona que ha hecho las transferencias indicando que los pagos pertinentes se han efectuado en nombre de la persona beneficiaria (indicando sus datos y los de la subvención). Hay que adjuntar también el NIF de la persona que ha realizado las transferencias.

FOTOPAR23-1473/2023

CALERO NIETO, ENRIQUE

***0086**

En el documento 6 falta la rúbrica de un técnico competente o empresa instaladora y de la persona solicitante. El documento 7 debe venir firmado por la persona solicitante o por una persona representante legal de ella. Falta reportaje fotográfico con las placas.

De acuerdo con el apartado décimo punto 2 de la Resolución de la convocatoria, dispone de un plazo de quince días hábiles desde la publicación de esta comunicación en el BOIB. En caso de que no presente la documentación mencionada se procederá a la revocación de la subvención.

 

Palma, 23 de noviembre de 2023

El director general de Economía Circular,Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez