Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 744615
Notificación de Resolución de revocación parcial a los beneficiarios de la ayuda, exps. 9040029AERA y 9040029AECU, de fecha 26 de octubre de 2023, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 22 de febrero de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria de las ayudas para el Fomento de la Agricultura ecológica y Fomento de pastos para el aprovechamiento de la Ganadería ecológica, para los años 2021 y 2022
El apartado 8.4 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 22 de febrero de 2021, por la cual se convocan subvenciones para el Fomento de la Agricultura Ecológica y Fomento de pastos para el aprovechamiento de la Ganadería ecológica, para los años 2021 y 2022, especifica que la Resolución se notificará a las personas interesadas mediante su publicación al Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas.
El expediente ha sido tramitado por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 26 de octubre de 2023, firmó la siguiente resolución:
“INFORME/PROPUESTA RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020
Medida 11.2.1- .Ayudas para el Fomento de la Agricultura Ecológica para los años 2021 y 2022
Mesura 11.2.2. Ajudas para el Fomento de pastos para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica para los años 2021 y 2022
Convocatoria: 2021-2022
Documento: Propuesta
Código SIA: 2406829
Emisor (DIR3): A040269564
Código BDNS: 550302
Antecedentes
1.Con fecha 26 de febrero de 2015, se publicó en el BOIB núm. 29 la Orden del conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014- 2020.
2.Con fecha de 27 de febrero de 2021 se publicó, en el BOIB núm. 27, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria para los años 2021 y 2022 de las ayudas destinadas al Fomento de pastos para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica.
3.Con fecha de 27 de febrero de 2021 se publicó, en el BOIB núm. 27, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria para los años 2021 y 2022 de las ayudas destinadas al fomento de la agricultura ecológica. Esta Resolución ha sufrido dos modificaciones, una por la que se incrementa el crédito y se modifica la financiación de la convocatoria, para los años 2021 y 2022 (publicada en el BOIB núm. 29, de 24 de febrero de 2022), y otra, publicada en el BOIB núm. 54 de 27 de abril de 2023, por la que se modifica el anexo III, referente a la tipificación del incumplimiento del compromiso evaluable de formación.
4.Dado que los importes pagados a los interesados del anexo I difieren de los importes concedidos para cada campaña correspondiente, se realiza la propuesta provisional de revocación, publicada en la página web del FOGAIBA el día 9 de octubre de 2023. En el anexo Y se detalla el importe anual concedido y el importe a revocar con las incidencias y motivos de reducción del Anexo II.
5.Se ha concedido un plazo de 10 días para presentar alegaciones. En este período no se han presentado alegaciones, por lo que se ha considerado el Informe/Propuesta provisional de resolución de 9 de octubre de 2023 de revocación parcial de la resolución de concesión de los expedientes señalados en el anexo I, puesto que no cumplen con alguno de los requisitos de la convocatoria, con las incidencias y motivos correspondientes
Fundamentos de derecho
1.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 27 de febrero de 2021 por la que se aprueba la convocatoria para los años 2021 y 2022 de las ayudas destinadas al Fomento de la ganadería ecológica .
2.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 27 de febrero de 2021 por la que se aprueba la convocatoria para los años 2021 y 2022 de las ayudas destinadas al Fomento de la agricultura ecológica.
3.Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.
4.Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.
5.Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control ya las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad .
6.Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
7.Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.
8.Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
9.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
10.Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
11.Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
12.Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
13.Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
14.Ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares.
15.Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), a la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consellería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.
16.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
17.Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Propuesta de revocación parcial de la Resolución de concesión
Por todo ello, se informa y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1.Revocar parcialmente la resolución de concesión de la ayuda de la Medida 11.2. 1. Ayudas para el fomento de la agricultura ecológica para los años 2021 y 2022 del PDR, y de la Medida 11.2.2. Ayudas para el fomento de los pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica para los años 2021 y 2022 a los beneficiarios del anexo I.
2.Notificar la resolución a los interesados en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
La jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural
Gema Canós Franch
Conforme con la propuesta, dicto Resolución
El Vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA
Fernando Fernández Such”
ANEXO I
Línea de ayuda |
Anualidad |
Expediente |
DNI/NIF |
Nombre/Razón social |
Importe concedido |
Motivo revocación |
Importe a revocar |
FEADER a revocar |
AGE a revocar |
CAIB a revocar |
9040029 AERA |
2021 |
04003680 |
***6469** |
ROSSELLO JAUME, MONTSERRAT |
2.090,00 € |
1 |
20,90 € |
20,90 € |
0,00 € |
0,00 € |
9040028 AECU |
2021 |
04005090 |
***4241** |
LOPEZ MARTI,MARIA DEL MAR |
314,03 € |
1 |
0,60 € |
0,29 € |
0,03 € |
0,28 € |
0400626 |
***1760** |
CRESPI ORDINAS, PERE |
1.594,56 € |
2 |
0,01 € |
0,00 € |
0,01 € |
0,00 € |
||
4004633 |
B57270365 |
ES RACO D'ARTA S L |
8.485,41 € |
3 |
192,52 € |
96,26 € |
9,63 € |
86,63 € |
||
2022 |
04005246 |
***2014** |
SOLIVELLAS FORNARI, FRANCESCA |
10.106,45 € |
3 |
19,80 € |
9,90 € |
0,99 € |
8,91 € |
|
04003804 |
B16626228 |
MULET CLAR S.L. |
7.666,80 € |
2 |
0,01 € |
0,01 € |
0,00 € |
0,00 € |
||
04003977 |
A07052053 |
VIVES SERVERA, S.A. |
1.002,86 € |
2 |
0,44 € |
0,44 € |
0,00 € |
0,00 € |
||
04004831 |
***6913** |
FORNES CERDO,MARTIN JUA |
1.162,65 € |
2 |
0,01 € |
0,00 € |
0,01 € |
0,00 € |
||
04005282 |
***9596** |
SIQUIER SOLER,SEBASTIAN |
811,67 € |
4 |
180,78 € |
90,39 € |
9,04 € |
81,35 € |
||
04005362 |
B57989188 |
SON BLANC S L |
2.136,59 € |
2 |
0,01 € |
0,00 € |
0,00 € |
0,01 € |
||
TOTAL |
35.371,02 € |
415,08 € |
218,19 € |
19,71 € |
177,18 € |
ANEXO II
1 |
Omisión de parcelas |
2 |
Porcentajes cofinanciamiento |
3 |
Sobredeclaración |
4 |
Disminuir la superficie comprometida a nivel de grupo de cultivo; en más de 0,1ha o más de un 10%. Implica una penalización del 5% |
Palma, a fecha de la firma electrónica (22 de noviembre de 2023)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni