Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 743880
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de día 31 de octubre de 2023 de adjudicación de la concertación social por el procedimiento de urgencia del servicio de centro día para personas con discapacidad intelectual y/o trastorno del desarrollo, incluido en la red pública de servicios para personas con discapacidad de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. Mediante Resolución n.º 14740, de 9 de agosto de 2023, el presidente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) aprobó el expediente de convocatoria de la concertación social por el procedimiento de urgencia del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y/o trastorno del desarrollo, incluido en la red pública de servicios para personas con discapacidad de Mallorca (BOIB n.º 112, de 12 de agosto de 2023).

2. Con esta resolución se autorizó el gasto dimanante de este expediente por el importe total máximo de 4.619.416,70 euros (IVA exento) con cargo en la partida presupuestaria 40.23128.26000 del presupuesto de gasto del IMAS y que se preveía distribuir entre las anualidades siguientes:

Anualidades

2023

2024

Fechas inicio/fin

16/09/2023-30/11/2023

01/12/2023-15/09/2024

Importes

1.014.491,00 €

3.604.925,70 €

Total

4.619.416,70 €

3. A efectos de transparencia, la convocatoria de la concertación social se publicó en el BOIB n.º 112, de 12 de agosto de 2023, en el DOUE (2023/S 154-490800), así como en el Tablón de anuncios del IMAS y en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.

4. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, han presentado solicitud para la concertación social por el procedimiento de urgencia del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y/o trastorno del desarrollo las entidades siguientes:

  • ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LAS ISLAS BALEARES, con CIF G07758667 (en lo sucesivo AMADIBA).

  • PATRONATO DE LA AGRUPACIÓN PRO-MINUSVÁLIDOS PSÍQUICOS DE LA COMARCA DE INCA, con CIF G07064199 (en lo sucesivo PATRONATO DE INCA).

5. Por parte de la jefa del Servicio de Autorizaciones, Acreditación, Registro e inspección de Servicios Sociales, mediante informes de fecha 5 de octubre de 2023, se informa favorablemente sobre los servicios autorizados y vigentes de las entidades solicitantes, así como de la inexistencia de expedientes sancionadores en materia de servicios sociales por infracciones de las que constan en los artículos 128 y 129 de la Ley 4/2009, de Servicios Sociales de las Islas Baleares durante los últimos 24 meses.

6. En fecha 10 de octubre de 2023, fue firmado el informe propuesta de adjudicación de la convocatoria mencionada, emitido por la jefa del Servicio de Personas con Discapacidad con el visto bueno de la directora insular de Personas con Discapacidad, en el que se recoge lo expuesto en los antecedentes cuarto y quinto, y una vez realizada la instrucción del procedimiento se informa que todas las entidades solicitantes han presentado la documentación indicada en el apartado 8.2 de la convocatoria en tiempo y forma, y en consecuencia, se propone que el presidente del IMAS resuelva la adjudicación de 243 plazas de la concertación por el procedimiento de urgencia del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo, 69 plazas de complementos de transporte al servicio de centro de día, 12 plazas de transporte adaptado, 41 plazas de transporte rural y 36 complementos por apoyo extraordinario diurno, por un periodo de tres anualidades, pudiéndose renovar por igual plazo, a favor de las entidades solicitantes y admitidas, de conformidad a la distribución de plazas siguiente:

 

ENTIDADES

PLAZAS

CENTRO DE DIA

TRANSPORTE

SOPORTE EXTRAORDINARIO

SERVICIO CENTRO DE DIA

ADAPTADO

RURAL

AMADIBA

155

55

10

27

36

PATRONAT I.

88

14

2

14

0

TOTAL

243

69

12

41

36

Además, se propone denegar la adjudicación de 3 plazas del servicio de centro de día solicitadas por la entidad AMADIBA y 25 plazas de complementos por apoyo extraordinario, dado que superan las plazas convocadas y que los usuarios no cuentan con una valoración positiva previa para acceder de manera inmediata al complemento, solicitadas por las entidades siguientes:

ENTIDAD

PLAZAS A DENEGAR

SOPORTE EXTRAORDINARIO

DNI USUARIOS

AMADIBA

25

43222602J, 43108845Z, 41521705N, 43139268P, 78218994L, 43216921J, 43162383P, 41538848C, 43468449J, 43139686N, 43218994Q, 41748991N, 43135404P, 43212997E, Y2575948P, 43106275C, 41539247M, 43203894G, 43139914X, 43097658M, 43145217T, X8359278C, 43190507A, 74731844Z, 43217633N

En consecuencia, restan 5 plazas de transporte al servicio de centro de día y 2 complementos de transporte rural, sin adjudicar, que tienen que ser declaras desiertas.

7. Dado que la fecha de inicio prevista para el inicio de la ejecución de la concertación social se ha atrasado, el Servicio de Contabilidad y Presupuestos del Consejo de Mallorca ha emitido autorización al reajuste del gasto y el incremento del coste del servicio por un total a causa de este atraso, en fecha de 26 de octubre de 2023.

Por lo tanto, el gasto total previsto para este expediente es de 4.836.733,60 €.

8. El Servicio Juridico administrativo ha elaborado el pertinente modelo de acuerdo de acción concertada mediante el que se formalizarán las colaboraciones para la prestación del servicio objeto de esta concertación, de acuerdo con el artículo 5.4 de la Ley 12/2018, de 22 de noviembre de 2018.

9. El Servicio Juridico administrativo y la Intervención Delegada del IMAS han emitido sendos informes favorables a la propuesta.

Fundamentos de derecho

En cuanto a la competencia,

1. La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares (BOIB n.º 32 ext., de 1 de marzo de 2007; corrección de errores BOIB n.º 29, de 28 de febrero de 2008),

2. La Ley 14/2001, de 29 de octubre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de servicios sociales y seguridad social (BOIB n.º 135, de 10 de noviembre de 2001 y BOE n.º 284, de 27 de noviembre de 2001).

3. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares (BOIB n.º 89 de 18 de junio de 2009 y BOE n.º 163 de 7 de julio de 2009) prevé en el artículo 27 y en la disposición final cuarta, que cada Consejo Insular, en el marco de sus competencias, tiene que definir las prestaciones propias de servicios sociales, complementando la cartera básica de servicios sociales que aprueba el Gobierno de las Islas Baleares, la cual fue aprobada mediante el Decreto 32/2023, de 26 de mayo, por el cual se aprueba la Cartera básica de servicios sociales de las Islas Baleares 2023-2027, se establecen principios generales para las carteras insulares y locales y se modifican varias normativas del ámbito social.

4. Los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019) aprobados por acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de fecha 11 de abril de 2019, en especial lo establecido en el artículo 2 de acuerdo con el cual el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, como organismo autónomo creado por el Consejo de Mallorca, adscrito al Departamento de Bienestar Social del Consejo de Mallorca, es el organismo que ejerce las competencias atribuidas por cualquier título al Consejo de Mallorca en materia de servicios sociales y protección de menores.

5. Decreto de la Presidencia del Consejo de Mallorca, de 10 de julio de 2023, por el cual se crean los departamentos que tienen que estructurar el gobierno (BOIB n.º 95, de 11 de julio de 2023), entre los cuales se encuentra el Departamento de Bienestar Social.

6. Decreto de la Presidencia del Consejo de Mallorca por el cual se nombran los miembros del Consejo Ejecutivo de 10 de julio de 2023 (BOIB n.º 95, de 11 de julio de 2023) por el cual se nombra el Sr. Guillermo Sánchez Cifre consejero ejecutivo de Bienestar Social.

7. El órgano competente para aprobar esta resolución es la Presidencia del IMAS, de acuerdo con el artículo 7.3 de los Estatutos del IMAS (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019). Sin embargo, y de acuerdo con el artículo 8.2.1 las Vicepresidencias del IMAS suplirán a la Presidencia y asumirán sus atribuciones en caso de vacante, ausencia, enfermedad, imposibilidad física o otra causa legal.

En cuanto al fondo,

8. La Cartera Insular de Servicios Sociales y de los Servicios a Menores y Familia de Mallorca aprobada definitivamente en Pleno del Consejo de Mallorca de 13 de julio de 2017 (BOIB n.º 97, de 18 de julio de 2017 y corrección de errores materiales publicada BOIB n.º 161, de 30 de diciembre de 2017) y prorrogada su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 por Acuerdos del Pleno en sesiones de 8 de julio de 2021 (BOIB n.º 95, de 17 de julio de 2021) y de 15 de diciembre de 2022 (BOIB n.º 168, de 27 de diciembre de 2022).

9. El Reglamento por el cual se regula el funcionamiento de los servicios sociales para personas con discapacidad incluidos en la Cartera Insular de servicios sociales y se establecen los requisitos de autorización y acreditación, aprobado al Pleno del Consejo de Mallorca de fecha 11 de mayo de 2023 (BOIB n.º 83, de 20 de junio de 2023).

10. La Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública (DOUE n.º 94, de 28 de marzo de 2014).

11. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares que regula el régimen de concertación en los artículos 89 y siguientes (BOIB n.º 89 de 18 de junio de 2009).

12. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 146 de 22 de noviembre de 2018), regula al Capítulo Y el «Régimen de colaboración privada en la gestión de servicios sociales para las personas mediante la acción concertada» (en lo sucesivo Ley 12/2018).

13. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, (BOIB n.º 132, de 28 de octubre de 2017) por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales (en lo sucesivo Decreto 48/2017).

14. La Ley 3/2018, de 29 de mayo, del tercer sector de acción social (BOIB n.º 67, de 31 de mayo de 2018), regula en sus artículos 3 y 4 las entidades que tienen la consideración de entidades del tercer sector de acción social.

15. Resolución de la Presidencia del IMAS por la cual establece los servicios sociales para personas con discapacidad y para personas mayores, incluidos en la cartera insular de servicios sociales, que pueden ser objeto de concertación social (BOIB n.º 36, de 22 de marzo de 2018).

16. Resolución de la Presidencia del IMAS, n.º 21525 de 2 de diciembre de 2022, de actualización y fijación de precios de los servicios para personas con discapacidad, incluidos a la cartera insular de servicios sociales, que pueden ser objeto de concertación social (BOIB n.º 158, de 6 de diciembre de 2022).

17. Resolución de la Presidencia del IMAS, n.º 1324 de 26 de enero de 2023, de aprobación de la previsión de los servicios a concertar durante el año 2023 por la Dirección Insular de Personas con Discapacidad e innovación Social (BOIB n.º 16, de 4 de febrero de 2023).

18. Resolución del presidente del IMAS n.º 14740, de 9 de agosto de 2023, por la cual se convoca la concertación social por el procedimiento de urgencia del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y/o trastorno del desarrollo (BOIB n.º 112, de 12 de agosto de 2023).

En cuanto al procedimiento,

19. La Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública (DOUE n.º 94, de 28 de marzo de 2014), prevé en el artículo 75 la publicación de los anuncios en el DOUE, en cumplimiento del principio de transparencia, asegurando un grado de publicidad adecuado.

20. La Disposición final primera de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 146 de 22 de noviembre de 2018).

21. El Decreto 48/2017 en todo lo que no contradiga la Ley 12/2018 antes mencionada.

22. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015).

23. El artículo 214 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y atendido el acuerdo de aprobación del régimen de fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos y conocimiento en ingresos del Consejo Insular de Mallorca y de las entidades de su sector público sujetos a función interventora de fecha 12 de diciembre de 2019, el expediente ha sido sometido a la Intervención delegada del IMAS para la emisión del preceptivo informe de fiscalización previa ( BOE n.º 59 de 9 de marzo de 2004).

En virtud de la competencia atribuida legalmente

RESUELVO

Primero. REAJUSTAR el importe total máximo de la concertación social del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo fijado en la Resolución de la Presidencia del IMAS, 14740, de 9 de agosto de 2023, de acuerdo con la distribución de las anualidades siguiente:

Anualitades

2023

2024

Fechas inicio/fin

01/11/2023-30/11/2023

01/12/2023-31/10/2024

Importes

404.702,80 €

4.432.030,80 €

Total

4.836.733,60€

Y en consecuencia AUTORIZAR el importe de 217.316,90 € (IVA exento), complementario al ya autorizado en la Resolución de la mencionada, con cargo en la partida presupuestaria 40.23128.26000, del presupuesto del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales para el año 2024.

Segundo. APROBAR la adjudicación de las plazas de la concertación social por el procedimiento de urgencia del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo, así como las plazas de complementos de transporte social, de transporte rural, de transporte adaptado y complementos por apoyo extraordinario, que se indican a continuación a las entidades relacionadas, por un periodo de una anualidad, desde el día siguiente a la fecha de su formalización o en la fecha que expresamente se determine en el acuerdo de acción concertada y DISPONER a favor de las entidades adjudicatarias un gasto por importe total máximo de 4.788.655,40 € (IVA exento), con cargo en la partida presupuestaria 40.23128.26000, según el detalle siguiente:

ENTIDAD

CIF

PLAZAS

IMPORTES

CENTRO DE DIA

2023 72,86€/día

2024

75,41€/día

TRANSPORTE

SUP. EXTRA.

2023 47,01€/día

2024

48,66€/día

IMPORTE 2023

01/11/2023-30/11/2023

IMPORTE 2024

01/12/2023-31/12/2023

---------------------

01/01/2024-31/10/2024

 

TOTAL ENTIDAD

C. DE DIA

2023 9,96€/día

2024

10,31€/día

ADAPTADO

2023 4,21€/día

2024

4,36€/día

RURAL

2023 2,44€/día

2024

2,52€/día

AMADIBA

G07758667

155

55

10

27

36

272.828,80€

2.955.438,80€

3.228.267,60€

PATRONAT I.

G07064199

88

14

2

14

0

131.874,00€

1.428.513,80€

1.560.387,80€

TOTAL CONCERTACIÓN

243

69

12

41

36

404.702,80€

4.383.952,60€

4.788.655,40€

Respecto a las plazas de los servicios y apoyos complementarios adjudicadas, se adjunta como Anexo I (CSV K9AA VP9E RLFQ 3EDQ ERLE) , la relación de las personas físicas a quienes han sido asignadas.

La ejecución del gasto correspondiente al ejercicio de 2024 está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de gasto de aquel ejercicio.

Tercero. DENEGAR la adjudicación de 3 plazas del servicio de centro de día y 25 plazas del complemento de apoyo extraordinario a la entidad AMADIBA.

Cuarto. DECLARAR desiertas 5 plazas de transporte al servicio de centro de día y 2 complementos de transporte rural.

Quinto. MANTENER la reserva de crédito para la ampliación prevista en la convocatoria para el mes de agosto de 2024, por un total de 48.078,20 €.

Sexto. CANCELAR los documentos contables por la cuantía no dispuesta.

Séptimo. APROBAR, según lo establecido en el artículo 5.4 de la Ley 12/2018, el modelo de acuerdo de acción concertada mediante el que se formalizarán las colaboraciones objeto de esta concertación, que consta como Anexo II de esta resolución.

Octavo. NOTIFICAR esta resolución a las entidades solicitantes y adjudicatarias.

Noveno. REQUERIR a las entidades adjudicatarias para que firmen electrónicamente el acuerdo de acción concertada en el plazo máximo de tres días hábiles, a contar desde la notificación de esta resolución.

Décimo. PUBLICAR esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el DOUE, así como en el Tablón de anuncios del IMAS y en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.

Undécimo. COMUNICAR esta resolución a la Dirección Insular de Personas con Discapacidad, al Servicio de Gestión Económica, al Servicio de Contabilidad y Presupuestos y a la Intervención Delegada.

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del IMAS aprobados por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 11 de abril de 2019 (*BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (16 de noviembre de 2023

El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre)

 

ANEXO I  Usuarios de plazas de servicios complementarios, del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo

ENTIDAD

DNI

SOPORTE EXTRAORDINARIO

TRANSPORTE CENTRO DE DIA

CONDUCT.

MÉDICO

TRANSP

T. ADAPT.

T.RURAL

AMADIBA

43217087H

 

 

1

 

 

AMADIBA

43190507A

 

 

1

 

1

AMADIBA

78218994L

 

 

1

 

1

AMADIBA

41538848C

 

 

1

 

1

AMADIBA

43475667D

 

 

1

 

1

AMADIBA

43139521P

 

 

1

1

1

AMADIBA

43217633N

 

 

1

 

1

AMADIBA

43204332M

 

 

1

 

 

AMADIBA

43154021H

 

 

1

 

1

AMADIBA

43131346K

 

 

1

 

 

AMADIBA

43229606W

 

 

1

 

 

AMADIBA

43135075R

 

 

1

1

1

AMADIBA

41748991N

 

 

1

 

 

AMADIBA

43186039C

1

 

1

 

 

AMADIBA

78215498L

 

 

1

 

1

AMADIBA

43134734M

 

 

1

1

 

AMADIBA

46958042T

 

 

1

 

 

AMADIBA

43208945H

 

 

1

 

 

AMADIBA

43012631D

 

 

1

 

1

AMADIBA

43134983R

 

 

1

 

 

AMADIBA

43146828R

 

 

1

 

 

AMADIBA

41524478W

 

 

1

 

 

AMADIBA

43467081W

 

 

1

 

 

AMADIBA

43235476F

 

 

1

 

1

AMADIBA

43109792G

 

 

1

 

1

AMADIBA

X2502261E

 

 

1

 

 

AMADIBA

43195589W

 

 

1

1

 

AMADIBA

43186039C

 

 

1

1

 

AMADIBA

43204407B

 

 

1

 

 

AMADIBA

43208669H

 

 

1

 

 

AMADIBA

43167568H

 

 

1

 

 

AMADIBA

49772418G

 

 

1

 

 

AMADIBA

46395156Q

 

 

1

1

1

AMADIBA

34068064G

 

 

1

 

1

AMADIBA

43135304T

 

 

1

 

 

AMADIBA

41517758K

 

 

1

 

1

AMADIBA

78215489X

 

 

1

1

1

AMADIBA

43184185Y

 

 

1

 

 

AMADIBA

41517733L

 

 

1

 

1

AMADIBA

43090249W

 

 

1

 

1

AMADIBA

43004350P

 

 

1

 

1

AMADIBA

Y0032534A

 

 

1

1

1

AMADIBA

43132639A

 

 

1

 

 

AMADIBA

78210655Y

 

 

1

 

1

AMADIBA

49605205R

1

 

1

 

 

AMADIBA

43465987N

1

 

1

1

 

AMADIBA

43171732L

 

 

1

 

1

AMADIBA

43174212S

 

 

1

 

1

AMADIBA

43213217N

 

 

1

 

 

AMADIBA

41621586G

1

 

1

 

1

AMADIBA

43090258B

 

 

1

1

1

AMADIBA

43204679F

 

 

1

 

 

AMADIBA

43183942Q

 

 

1

 

1

AMADIBA

43139686N

 

 

1

 

 

AMADIBA

Y0082081P

1

 

1

 

1

AMADIBA

41536921W

1

 

 

 

 

AMADIBA

78215058Q

1

 

 

 

 

AMADIBA

43194695M

1

 

 

 

 

AMADIBA

41515110H

1

 

 

 

 

AMADIBA

78215798C

1

 

 

 

 

AMADIBA

43195907K

1

 

 

 

 

AMADIBA

43173495B

1

 

 

 

 

AMADIBA

43163064E

1

 

 

 

 

AMADIBA

43127858Y

 

1

 

 

 

AMADIBA

43147587R

1

 

 

 

 

AMADIBA

43139913D

1

 

 

 

 

AMADIBA

78223162R

1

 

 

 

 

AMADIBA

02777885Z

1

 

 

 

 

AMADIBA

41520148L

1

 

 

 

 

AMADIBA

43220577N

1

 

 

 

 

AMADIBA

41518610E

1

 

 

 

 

AMADIBA

45692034G

1

 

 

 

 

AMADIBA

43135509K

1

 

 

 

 

AMADIBA

43090106C

1

 

 

 

 

AMADIBA

46640172J

1

 

 

 

 

AMADIBA

Y0032534A

1

 

 

 

 

AMADIBA

41538973F

1

 

 

 

 

AMADIBA

43220964P

1

 

 

 

 

AMADIBA

46390349Q

1

 

 

 

 

AMADIBA

45184755J

1

 

 

 

 

AMADIBA

43135836A

1

 

 

 

 

AMADIBA

41660944D

1

 

 

 

 

AMADIBA

49481335D

1

 

 

 

 

AMADIBA

41583014A

1

 

 

 

 

AMADIBA

41664451C

1

 

 

 

 

AMADIBA

43478450D

1

 

 

 

 

PATRONATO

X5646252M

 

 

1

1

1

PATRONATO

X5646265H

 

 

1

1

1

PATRONATO

43165699N

 

 

1

 

1

PATRONATO

46544146N

 

 

1

 

1

PATRONATO

43131045L

 

 

1

 

1

PATRONATO

42999091Q

 

 

1

 

1

PATRONATO

43462800E

 

 

1

 

1

PATRONATO

37337173P

 

 

1

 

1

PATRONATO

43013497R

 

 

1

 

1

PATRONATO

43174992J

 

 

1

 

1

PATRONATO

43133838Y

 

 

1

 

1

PATRONATO

43046530Y

 

 

1

 

1

PATRONATO

43135004E

 

 

1

 

1

PATRONATO

37342983E

 

 

1

 

1

SUBTOTAL COMPLEMENTOS

35

1

 

 

 

TOTAL COMPLEMENTOS

36

69

12

41