Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 743871
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de día 14 de noviembre de 2023 para la actualización y revisión del precio de la concertación del servicio de acogimiento residencial especial para personas menores de edad migrantes no acompañadas (NNAMNA) por la atención y acompañamiento, firmado con la entidad Fundación Diagrama
Antecedentes
1. En fecha 13 de enero de 2022, la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (en adelante IMAS) mediante Resolución núm. 399, aprobó la convocatoria por el procedimiento de urgencia de la concertación del servicio de acogimiento residencial especial para personas menores de edad migrantes no acompañadas (NNAMNA) por la atención y acompañamiento (BOIB núm. 10, de 18 de enero de 2022).
2. Mediante Resolución de la Presidencia del IMAS, núm. 5206 de 29 de marzo de 2022 (BOIB núm. 145 de 10 de noviembre de 2022), se aprobó la adjudicación de 8 plazas de dicho servicio a la entidad FUNDACIÓN DIAGRAMA, con CIF núm. G73038457, por un período de 1 año, desde el 1 de abril de 2022 hasta el 31 de marzo de 2023 conforme a los siguientes precio/plaza/día:
«a) Coste diario por plaza ocupada: 180,02€/día (IVA exento).
b) Coste diario por plaza no ocupada o en reserva: 164,39€/día ( IVA exento).»
3. El día 31 de marzo de 2022, se formalizó la colaboración objeto de esta concertación mediante el correspondiente Acuerdo de acción concertada con la entidad adjudicataria y en la estipulación tercera, relativa a la vigencia, se prevé la posibilidad de renovación siempre y cuando la entidad haya obtenido la acreditación del servicio correspondiente o subsistan las necesidades que hayan motivado su formalización, de acuerdo con lo establecido en la disposición final primera de la Ley 12/2018.
4. El 8 de marzo de 2023, previa tramitación del expediente, se resolvió por la Presidencia del IMAS la renovación del Acuerdo de acción concertada por una anualidad mes, que comprende del 1 de abril de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024, con las mismas condiciones económicas y técnicas (BOIB núm. 32, de 14 de marzo de 2023).
5. La entidad FUNDACIÓN DIAGRAMA en fecha de 21 de abril de 2023 y 19 de junio de 2023, con números de registro 62943/2023 y 71845/2023 respectivamente, presentó solicitudes para la revisión de las condiciones económicas de la concertación social del servicio de acogimiento residencial especial para personas menores de edad migrantes no acompañadas (NNAMNA) por la atención y acompañamiento y la concertación social del servicio de acogimiento residencial especial para personas menores de edad migrantes no acompañadas (NNAMNA) recepción y valoración diagnóstica, teniendo como referencia el l Convenio Colectivo de Sector de Reforma Juvenil y Protección de Menores de Baleares (código convenio: 07100585012018), aplicable a los trabajadores de la entidad y el incremento general del Índice de Precios de Consumo (IPC).
La petición relacionada con la concertación social de tipología de recepción y valoración diagnóstica será objeto de respuesta en su expediente de referencia.
6. El jefe de la Sección Económica, a petición de la Dirección Insular de Infancia y Familia (actuamente Dirección Insular de Centros y Programas de Atención Integral a la Infancia y Adolescencia) emitió Informe económico en fecha 9 de mayo de 2023 , relativo a la revisión del precio plaza/día de la concertación social por el procedimiento de urgencia del servicio de acogimiento residencial especial para personas menores de edad migrantes no acompañadas (NNAMNA) por la atención y acompañamiento, por el que teniendo en cuenta la evolución de los gastos laborales y gastos directos de prestación del servicio conforme se indica a continuación:
Tipologia de plaza |
Precio actual |
2023 |
2024 |
---|---|---|---|
Plaza ocupada (IVA exento) |
180,02€ |
186,21€ |
190,61€ |
Plaza no ocupada (IVA exento) |
164,39€ |
168,01€ |
172,41€ |
7. Desde la Dirección Insular de Infancia y Familia (actualmente Dirección Insular de Centros y Programas de Atención Integral a la Infancia y Adolescencia), emitió informe en fecha de 19 de mayo de 2023, por el que, propone la revisión y actualización de las condiciones económicas de la concertación social, por el procedimiento de urgencia, del servicio de acogimiento residencial especial para personas menores de edad migrantes no acompañadas (NNAMNA) por la atención y acompañamiento, con efectos retroactivos de fecha 1 de abril de 2023 de conformidad con la tabla indicada en el antecedente sexto.
8. El 18 de agosto de 2023 la Presidencia del IMAS ordenó el inicio del procedimiento para la actualización y revisión de precio de la concertación por el procedimiento de urgencia del servicio de acogimiento residencial especial para personas menores de edad migrantes no acompañadas (NNAMNA) por la atención y acompañamiento.
9. El jefe de la Sección Económica el 2 de octubre de 2023 emitió informe complementario relativo a la revisión del precio de la concertación por el procedimiento de urgencia del servicio de acogimiento residencial especial para personas menores de edad migrantes no acompañadas (NNAMNA ) por la atención y acompañamiento, por el que estima el incremento total máximo de esta revisión de precio en 17.877,60€ (IVA exento), y valora la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera de los presupuestos del IMAS, debido a esta revisión, como favorable.
10. El 5 de octubre de 2023 se reunió la Comisión Evaluadora prevista en la convocatoria aprobada por la Resolución de 13 de enero de 2022 de la Presidencia del IMAS de aprobación
de la convocatoria por el procedimiento de urgencia de la concertación del servicio de acogimiento residencial especial para personas menores de edad migrantes no acompañadas (NNAMNA) por la atención y acompañamiento (BOIB núm. 10, de 18 de enero de 2022) y aprobó el incremento del precio del concierto conforme se indica en el antecedente sexto.
11. En fecha de 10 de octubre de 2022 se da trámite de audiencia a la entidad DIAGRAMA para que pueda formular propuestas y alegaciones antes de acordar la revisión y modificación de las condiciones del concierto, las cuales debe aceptar expresamente la entidad concertada, sin perjuicio de los recursos que ésta pueda interponer.
12. Dado que esta revisión comporta aprobación de gasto plurianual, el Servicio de Contabilidad y Presupuesto del Consell de Mallorca ha emitido informe favorable en fecha de 13 de octubre de 2023.
13. En fecha 25 de octubre de 2023, la entidad DIAGRAMA registra instancia por la que acepta expresamente las nuevas condiciones económicas propuestas.
14. El Servicio Jurídico-administativo y la Intervención delegada del IMAS han emitido informe favorable a la propuesta.
Fundamentos de derecho
En cuanto a la competencia;
1. El órgano competente para aprobar esta resolución es la Presidencia del IMAS, de acuerdo con el artículo 7.2.28 de los Estatutos del IMAS (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019). No obstante, y de acuerdo con el artículo 8.2.1, las Vicepresidencias del IMAS suplirán a la Presidencia y asumirán sus atribuciones en caso de vacante, ausencia, enfermedad, imposibilidad física u otra causa legal.
En cuanto al fondo,
2. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares, prevé en el artículo 89 sexies la posibilidad de revisar las condiciones del concierto durante su vigencia.
3. Resolución de la Presidencia del IMAS, núm. 399 de fecha 13 de enero de 2022, de aprobación del expediente de convocatoria por el procedimiento de urgencia de la concertación del servicio de acogimiento residencial especial para personas menores de edad migrantes no acompañadas (NNAMNA) por la atención y acompañamiento (BOIB núm. 10, de 18 de enero de 2022).
4. Resolución de la Presidencia del IMAS, núm. 5206 de 29 de marzo de 2022, de adjudicación del servicio de acogimiento residencial especial para personas menores de edad migrantes no acompañadas (NNAMNA) por la atención y acompañamiento (BOIB núm. 145, de 10 de noviembre de 2022).
5. Resolución de la Presidencia del IMAS de 8 de marzo de 2023 de aprobación de la renovación del acuerdo de acción concertada del servicio de intervención familiar en el domicilio, firmado con la entidad DIAGRAMA (BOIB núm. 32, de 14 de marzo de 2023).
6. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 146 de 22 de noviembre de 2018).
En cuanto al procedimiento
7. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, (BOIB número 132 de 28 de octubre de 2017) por el que se establecen los principios generales a los que deben someterse los conciertos sociales.
8. El artículo 214 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y dado el acuerdo de aprobación del régimen de fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos y toma de razón en ingresos del Consejo Insular de Mallorca y de las entidades de su sector público sujetas a función interventora de fecha 12 de diciembre de 2019, el expediente debe ser sometido a la Intervención Delegada del IMAS para la emisión del preceptivo informe de fiscalización previa ( BOE núm. 59 de 9 de marzo de 2004).
En cuanto al gasto, existe crédito suficiente para afrontar este gasto y se acredita con los documentos contables que obran en el expediente y que se emiten con cargo en la partida presupuestaria 20.23160.26000.
Resolución
Primero. APROBAR la actualización del precio de la concertación del servicio de acogimiento residencial especial para personas menores de edad migrantes no acompañadas (NNAMNA) por la atención y acompañamiento, con aplicación desde el 1 de abril de 2023, conforme al detalle siguiente:
Tipologia de plaza |
Precio actual |
2023 |
2024 |
---|---|---|---|
Plaza ocupada (IVA exento) |
180,02€ |
186,21€ |
190,61€ |
Plaza no ocupada (IVA exento) |
164,39€ |
168,01€ |
172,41€ |
Segundo. AUTORIZAR y DISPONER a favor de la entidad FUNDACIÓ DIAGRAMA con CIF núm. G73038457 un importe máximo de 17.877,60€ (IVA exento), con cargo en la partida presupuestaria 20.23160.26000, conforme a la siguiente distribución:
Sin embargo, el gasto para el año 2024 queda supeditado a la existencia de crédito presupuestario.
Tercero. NOTIFICAR esta resolución a la entidad solicitante.
Cuarto. INFORMAR a la entidad interesada que, dada su conformidad expresa, esta resolución se incluirá como adenda a sus acuerdos de acción concertada, rigiéndose el concierto por el Acuerdo de acción concertada suscrito con el IMAS sin perjuicio del establecimiento del nuevo precio plaza y presupuesto total del concierto fijado en esta resolución. Sin embargo, si así lo prefieren las entidades podrán instar la firma de una adenda específica en el plazo de cinco días desde la firma de esta Resolución.
Quinto. PUBLICAR esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, así como en el Tablón de Anuncios del IMAS y en la Sede electrónica del Consell de Mallorca.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del IMAS aprobados por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación de dicho recurso.
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
(Firmado electrónicamente: 20 de noviembre de 2023
El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS
Guillermo Sánchez Cifre)