Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 736974
Publicación de la Resolución de Revocación de las ayudas, exps. 016 y 183 (anualidad 2018) de fecha 26 de octubre de 2023, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantia Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 28 de febrero de 2015, por la cual se convocan subvenciones para el Fomento de la Agricultura Ecológica, para el año 2015
El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 28 de febrero de 2015 por la cual se convocan subvenciones para el Fomento de la Agricultura Ecológica, para el año 2015, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, d'1 d'octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantia Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA , con fecha de 26 de octubre de 2023, dicta lo siguiente:
“INFORME PROPUESTA RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN Programa de Desarrollo Rural de les Illes Balears 2014-2020 Medida 11.2.1- Fomento de la Agricultura Ecológica Convocatoria: 2015 Anualidad 2018 Documento: Resolución Código SIA: 208241 Emisor (DIR3): A4026954 Código BDNS: 304328
Antecedentes
1. Con fecha 26 de febrero de 2015, se publicó en el BOIB núm.29 la Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014- 2020.
2. Con fecha de 28 de febrero de 2015 se publicó, en el BOIB núm.30, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de la agricultura ecológica. Con fecha 11 de junio de 2015 se publicó, en el BOIB núm.87, una modificación de las Resolución.
3. De conformidad con el apartado sexto de la mencionada Resolución de y la orden AAA/872/2015 de 2 de mayo, publicado en el BOE núm.114 del 13/05/2015 , el plazo de presentación de solicitudes terminó el día 15/06/2015 y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 104 solicitudes de ayuda.
4. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad de la convocatoria, se ha comprobado que para los interesados señalados en el anexo I adjunto, el importe pagado difiere del importe autorizado para la campaña y concesión, de ahí que se realice la propuesta provisional de revocación tal y como se explica en el anexo I, publicada en la página web del FOGAIBA el día 9 de octubre de 2023 .
5. Se ha concedido un plazo de 10 días para presentar alegaciones. En este período no se han presentado alegaciones, por lo que se ha considerado el Informe/Propuesta provisional de resolución, de 9 de octubre de 2023, de revocación parcial de la resolución de concesión de los expedientes señalados en el anexo Y, puesto que no cumplen con alguno de los requisitos de la convocatoria, con las incidencias y motivos correspondientes que se señalan.
Fundamentos jurídicos
1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 28 de febrero de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al “Fomento de la Agricultura Ecológica”, la Resolución de 9 de junio de 2015 (modificación de la primera) y Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 26 de febrero de 2015, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2015, de las ayudas destinadas al Fomento de la Agricultura Ecológica.
2. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio BOIB núm. 95 de 28 de julio de 2016 por la que se modifican los créditos y cofinanciaciones de diversas convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020.
3. Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se aprueba, mediante el procedimiento anticipado de gasto, la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas para prorrogar los compromisos asumidos por el fomento de la agricultura ecológica.
4. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.
5. Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.
6. Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control ya las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad .
7. Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
8. Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.
9. Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la Agricultura ya la Ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
10. Real decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de soporte a la cosecha en verde, del viñedo.
11. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
12. Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
13. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
14. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
15. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 .
16. Ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares.
17. Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), a la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.
18. Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Propuesta de Resolución de Revocación de la Resolución de Concesión
Por todo ello, se informa favorablemente y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Revocar parcialmente la Resolución de concesión de la ayuda solicitada a los beneficiarios con los importes y cofinanciación detallados en el anexo I, que son un total de 2 expedientes, relativa a la línea de ayuda “Fomento de la Agricultura Ecológica 2015”, correspondiente a la anualidad 2018.
2. Notificar la resolución a los interesados en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La jefe del servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Gema Canós Franch |
Conforme con la propuesta, dicto resolución |
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA Fernando Fernández Such” |
ANEXO I Tabla de Revocaciones
Exp. AECU15 |
DNI/NIF |
Nombre/Razón social |
Importe concedido |
Concesión |
Motivo revocación |
Importe a revocar |
FEADER a revocar |
AGE a revocar |
CAIB a revocar |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
16 |
***9899** |
CERDA TORRENS,JOSE |
9.563,98 € |
BOIB núm. 142, de 10 de novembre de 2016 |
No inscrit al CBPAE |
9.563,98 € |
4.781,99 € |
478,20 € |
4.303,79 € |
183 |
B07851884 |
ANIMA NEGRA SL |
4.345,18 € |
BOIB núm. 70, de 8 de juny de 2017 |
Densitat arbres inferior a l'exigida; Penalització per incompliment de compromisos |
949,86 € |
474,93 € |
47,49 € |
427,44 € |
Palma, a fecha de la firma electrónica (20 de noviembre de 2023)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni