Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 740378
Aprobación definitiva del Reglamento para regular el uso de los Caparrots minyons de Sant Antoni
Al no haberse presentado ninguna reclamación o la sugerencia durante el plazo de exposición al público, el acuerdo inicialmente adoptado de aprobación del Reglamento para regular el uso de los Caparrots de Sant Antoni, debe entenderse definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo expreso de conformidad con lo fijado en los artículos 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 102.1.d) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares.
El texto íntegro del Reglamento para regular el uso de los Caparrots de San Antonio, se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
«Reglamento para regular el uso de los Caparrots de Sant Antoni
Los Caparrots Ribagorçanas de Sant Antoni constituyen un precioso patrimonio cultural del pueblo de sa Pobla. Desde su implantación en nuestro pueblo, en el año 1985 se han ido consolidando como ejes fundamentales de las celebraciones santantonianas y gozan de un notable reconocimiento popular.
El presente reglamento pretende establecer unas normas racionales para el uso de los Caparrots, con el fin de facilitar el acceso al conjunto de la población en un ambiente armónico y mediante mecanismos de elección absolutamente transparentes. El objetivo de este reglamento es, por tanto, que toda la ciudadanía de sa Pobla pueda acceder a unas figuras festivas que son patrimonio del municipio.
NORMAS GENERALES
1. Es el presidente de los Caparrots el concejal de Cultura.
2. La Colla de Caparrots en activo estará formada por 11 miembros: Grouxo, Negret, Negreta, Gepetto, Turc, Harpo, Xico, Pallasso 1, Pallasso 2, Guardià vell y Guardià jove.
3. Cada año se elegirán mediante sorteo 4 o 6 caparrots nuevos, que pasarán a formar parte de la Colla, y saldrán 4 o 6 de los más antiguos.
4. Los Caparrots Minyons no podrán salir del término municipal de sa Pobla, excepto autorización exprés del regidor o la regidora de Cultura del consistorio pobler.
5. La concejalía que velatorio, tiene cura y está estrechamente relacionada es la concejalía de Cultura.
6. La aceptación de ser caparrot muchacho implica tener que cumplir con todas las normas del presente reglamento y, por lo tanto, el representado legal del niño tendrá que firmar un documento de aceptación de todos los puntos de este reglamento.
7. En caso de que un caparrot muchacho quiera renunciar en su plaza, se tendrá que notificar en el Ayuntamiento mediante una instancia. En este supuesto, no se sorteará la plaza que queda libre, sino que se sustituirá de manera interna.
NORMAS SOBRE LA ELECCIÓN DE LOS NUEVOS MIEMBROS
8. Podrán incorporarse a la Colla de Caparrots minyons toda la ciudadanía de sa Pobla que estén empadronadas en el pueblo, y que acrediten tener un mínimo de 6 años y un máximo de 7 años el día del sorteo.
9. Los candidatos y las candidatas a caparrot minyó podrán presentar su candidatura durante todos los días hábiles del mes de diciembre. Para formalizar la candidatura, los aspirantes y las aspirantes a caparrot minyó deben presentar la correspondiente solicitud, que incluye una aceptación expresa por parte de los representantes legales de los niños, de la sesión de datos y de confirmación de lectura de las bases de inscripción, una fotocopia del DNI y una fotografía actual, en el centro de cultura Es Rafal.
Exposición pública y procedimiento del sorteo
10. Entre los días 12 y 16 de enero estarán expuestos en el vestíbulo del Ayuntamiento los nombres de las candidaturas a caparrote con el número de candidato o candidata asignado, para que sean conocidos por el público. El día de Sant Antoni (17 de enero), al haber acabado las beneïdes, tendrá lugar en Can Planes – espacios de arte y cultura (o en cualquier otro lugar designado por la concejalía de Cultura) el sorteo para elegir a las nuevas personas que llevarán los caparrots. Se encargará de realizar el sorteo una comisión que debe estar formada por el edil o la edil, o concejal o concejala en quien delegue, que será la que presidirá el sorteo, el concejal/a de Cultura, o concejal en quien delegue, el concejal/a de Fiestas, todos los caparrots que salen, el maestro o la maestra de los Caparrots y todos los miembros de la Comisión de Seguimiento de los Caparrots. El edil o la edil tiene potestad para invitar a las personas que considere adecuadas para formar parte de la Comisión.
11. Después de haber registrado todas las candidaturas se les asignará un número a cada una, las cuales se expondrán en el vestíbulo de Can Planes – espacios de arte y cultura. Cada uno de los números de las candidaturas se corresponderá con el número de una bolla. Durante el acto del sorteo, cada una de las bollas serán llamadas individualmente por las personas que forman la mesa (Caparrots minyons, Caparrots grossos, representantes políticos de la corporación, miembros de la Comisión y otras personas que por las circunstancias que sean son parte de los miembros de la mesa). Nombradas las personas y el número que les corresponde, el representante de la concejalía de Cultura deberá enseñar la bola con el número correspondiente a todas las personas de la sala y la colocará dentro del bombo. Esta misma persona será la que las sacará, con un número importante de giros (mínimo 10), y la mostrará al edil o la edil y al secretario o secretaria de la mesa. El edil o edil dirá el número y el nombre correspondiente de la persona elegida por el azar. Por su parte, el secretario o la secretaria de la mesa deberá avalar que el número corresponde al nombre de la persona y verificará que no hay errores.
12. Dado que el número de caparrots minyons (11) no permite la rotación matemática a partes iguales, se incluye en este Reglamento una fórmula de rotación para los próximos 4 años. Pasado este plazo se podrá repetir la misma fórmula o bien introducir nuevos criterios de rotación, siempre según lo que determine la concejalía de Cultura.
13. Una vez constituida la Colla de Caparrots Minyons de manera definitiva, el maestro de los Caparrots Minyons, con el visto bueno de la Comisión de Seguimiento, asignará a cada uno de los miembros el personaje que debe interpretar a lo largo del año.
14. Los ensayos que se deben llevar a cabo, con el fin de garantizar la calidad de la interpretación de los bailes de los Caparrots, se prolongarán durante un plazo mínimo de cuatro meses antes de las fiestas de Sant Antoni, salvo que la Comisión de Seguimiento, junto con los maestros de los Caparrots, determine otra cosa.
15. Será el maestro quien decida el lugar y los días de ensayo, debiendo participar los diferentes caparrots almenos en un 75 % de los ensayos. De no hacerlo podrán ser excluidos del grupo.
CONFORMACIÓN Y NORMAS SOBRE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
16. La Comisión de Seguimiento se conformará por las personas que designe el concejal o la concejala de Cultura, la cual como mínimo deberá contar con:
a. El concejal o la concejala de Cultura.
b. El concejal o la concejala de Fiestas.
c. Los o las maestras de Caparrots Minyons.
d. Un técnico de Cultura del Ayuntamiento de sa Pobla.
e. Un técnico de Patrimonio del Ayuntamiento de sa Pobla.
f. 2 ex miembros de los Caparrots Minyons designados por la misma comisión.
17. Las funciones de la Comisión de Seguimiento son:
a. Velar por una buena conservación de los caparazones muñeco y de su vestimenta.
b. Velar por la calidad del baile.
c. Canalizar las necesidades de cada una de las personas que conforman la cuadrilla.
d. Resolver pequeños conflictos que puedan surgir.
e. Elegir al secretario o la secretaria de la Comisión, quien hará las actas y será el o la portavoz, así como la persona de contacto con el Ayuntamiento y la Colla de Caparrots Minyons.
f. Velar por la buena imagen de los Caparrots Minyons, así como asumir la responsabilidad de vestirlos, y dar el visto bueno para salir a bailar, asumiendo —siempre— la valoración del jefe o de la jefa de grupo.
g. Tomar decisiones conjuntas en casos de destitución, expulsión y reprobación de alguna persona que no cumpla con las normas de este reglamento, tanto miembros de la Comisión como Caparrots.
h. Proponer al candidato o candidata a maestro o maestra de Caparrots Minyons (ver punto 20).
i. Sustituir en el caso de que sea necesario el maestro de los Caparrots Minyons.
j. Tener una actitud activa y responsable en el desarrollo de las funciones como miembro de la Comisión de Seguimiento.
k. Expulsar de la Colla, si así lo determina la mayoría absoluta de los integrantes de la Comisión, aquellos miembros que incurran en una conducta indigna o susceptible de ser perseguida legalmente y que, por lo tanto, deshonren el buen nombre de los Caparrots Minyons de sa Pobla.
17. La Comisión de Seguimiento se reunirá como mínimo 6 veces al año:
a. Inicio de los ensayos.
b. Ensayos finales.
c. Salida de los Caparrots.
d. Sorteo de los Caparrots.
e. Reunión de revisión y cierre.
NORMAS SOBRE LA ELECCIÓN DEL MAESTRO
18. El candidato o la candidata a maestro de Caparrots Minyons lo será a propuesta de la Comisión de Seguimiento, el o la cual será ratificado en sesión plenaria. El maestro o la maestra debe cumplir los requisitos siguientes:
a. Haber sido Caparrot con anterioridad, siendo un condicionante el tiempo que lo ha sido.
b. Otros criterios que considere la misma Comisión.»
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sa Pobla, documento firmado electrónicamente (21 de noviembre de 2023)
El alcalde Biel Ferragut Mir