Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 740197
Aprobación definitiva 8ª Modificació de crèdits. Suplement de crèdit
Aprobado definitivamente el expediente de suplementos de créditos n.º 2334/2023, financiado con cargo al remanente de Tesorería para gastos generales y con cargo a bajas en aplicaciones presupuestarias no comprometidas, lo cual se publica a efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas aplicaciones presupuestarias de gasto
1610.22100.01 |
Subministro electricidad Servicio agua (planta agua) |
157.559,14 |
1650.22100.01 |
Subministro electricidad alumbrado público |
164.124,10 |
1650.22100.02 |
Subministro eléctrico puntos de carga |
6.564,96 |
2311.22100.01 |
Subministro electricidad Centro de día |
3.282,49 |
3230.22100.01 |
Subministro electricidad, escoleta municipal |
3.938,98 |
3230.22100.01 |
Subministro electricidad, centros escolares |
32.824,82 |
3330.22100.01 |
Subministro electricidad, museo Ca'n Planes |
5.416,10 |
3420.22100.01 |
Subministro electricidad, polideportivo |
39.389,79 |
3420.22100.03 |
Subministro electricidad, piscina cubierta |
26.259,86 |
3420.63200.02 |
Impermeabilización gradas campo de futbol |
12.000 |
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TOTAL |
451.360,24 |
Esta modificación se financia, por una parte, con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior y por otra parte con cargo a bajas en aplicaciones presupuestarias de gastos no comprometidos en los siguientes termas
Altas en aplicaciones presupuestarias de Ingresos
870.00 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
426.360,24 |
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TOTAL |
426.360,24 |
Bajas en aplicaciones presupuestarias de gastos
1550.63400.01 |
Adquisición vehículos, servicios de mantenimiento |
25.000,00 |
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TOTAL |
25.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud del que se dispone en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Sa Pobla, documento firmado electrónicamente (20 de noviembre de 2023)
El alcalde Biel Ferragut Mir