Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 733532
Resolución núm. 2023000024, de fecha 16 de noviembre de 2023, de corrección de errores de la Resolución núm. 2023000022, de fecha 26 de octubre de 2023, de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, de desistimiento de las ayudas a estudiantes de la isla de Ibiza, curso 2022-2023
De conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace pública la Resolución núm. 2023000024, de fecha 16 de noviembre de 2023, de corrección de errores de la Resolución núm. 2023000022, de fecha 26 de octubre de 2023, de la consejera del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, de desistimiento de las ayudas a estudiantes de la isla de Ibiza para el curso 2022-2023, dictada de acuerdo con los artículos 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y con la base 15.3 de la convocatoria de ayudas, todo ello respetando la normativa vigente de protección de datos personales:
Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, de corrección de errores de la Resolución núm. 2023000022, de fecha 26 de octubre de 2023, de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, de desistimiento de las ayudas a estudiantes de la isla de Eivissa para el curso 2022-2023
En fecha 25 de septiembre de 2023 se publicó en el tablón de anuncios y edictos electrónicos de la Sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza la lista de solicitudes presentadas con deficiencias en la convocatoria de ayudas para estudiantes de la isla de Eivissa para el curso 2022-2023 (CSV 14614150321161212230), de manera que el plazo para presentar la documentación requerida comenzó el 26 de septiembre y finalizó el 9 de octubre de 2023, ambos inclusive.
Las personas que no presentaron la documentación requerida en el plazo establecido a este efecto (del 26 de septiembre al 9 de octubre de 2023, ambos incluidos) constan en la Resolución núm. 2023000022, de fecha 26 de octubre de 2023, de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, de desistimiento de las ayudas a estudiantes de la isla de Eivissa para el curso 2022-2023.
La Resolución núm. 2023000022, de fecha 26 de octubre de 2023, se publicó en el BOIB núm. 148, de 31-10-2023 y, en la misma fecha, también en el tablón de anuncios y edictos electrónicos de la Sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza, de manera que el plazo para interponer en contra recurso de alzada comenzó el día 2 de noviembre y acabó el día 30 de noviembre de 2023, ambos incluidos.
Por otra parte, en fecha 7 de noviembre de 2023 también en el tablón de anuncios y edictos electrónicos de la Sede electrónica se publicó la Propuesta de resolución provisional, en la que constan las solicitudes que se proponen como beneficiarias o como denegadas o desestimadas de las ayudas.
El plazo para presentar alegaciones a la Propuesta de resolución provisional comenzó el 8 de noviembre y finalizará el 21 de noviembre de 2023, ambos incluidos.
Durante la posterior instrucción del expediente, el órgano instructor detectó un error en la lista de subsanación de deficiencias, al haber requerido en la solicitud de XXX (DNI 48600720H, exp. EDUC. 2023/10382J), para la línea 1 de las ayudas (Ayudas del Consejo Insular de Ibiza a estudiantes de la isla de Eivissa para el curso 2022-2023, L1 CIE), el código de subsanación A9, es decir, “Acreditar la presencialidad fuera de la isla de Eivissa de forma que con la documentación aportada pueda valorarse que los estudios cumplen lo establecido en la base 3.3 de estas ayudas”, cuando en realidad, tal y como consta en el expediente de XXX, los estudios que está cursando son a distancia y, en consecuencia, el código de subsanación requerido es incorrecto.
Por eso, dado que el órgano instructor le requirió erróneamente la subsanación a realizar, se considera que debe corregirse la Resolución núm. 2023000022, de fecha 26 de octubre de 2023, de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, de desistimiento de las ayudas a estudiantes de la isla de Eivissa para el curso 2022-2023, para sacar su solicitud y continuar con la tramitación correspondiente, tal y como permite el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC), al establecer que “Las administraciones públicas pueden rectificar, asimismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
A tal efecto, en fecha 15 de noviembre de 2023 se emitió el informe técnico y jurídico del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, favorable a la corrección de la Resolución de desistimiento de las ayudas a estudiantes de la isla de Eivissa para el curso 2022-2023 para sacar de esta la solicitud de XXX, teniendo en cuenta que el órgano instructor le requirió erróneamente que subsanara su solicitud.
Tratándose de la corrección de la resolución de desistimiento de estas ayudas, que no implica concesión de ayuda económica alguna, no se estima necesario el informe de la Intervención de la Corporación.
De conformidad con el Decreto de Presidencia núm. 2023000472, de fecha 28 de junio de 2023, de nombramiento de las personas miembros del Consejo Ejecutivo y de las vicepresidencias del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 88, de 29-06-2023), con el artículo 33.2, apartados a y k, de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares (BOIB núm. 88, de 7-07-2022), y con el artículo 72.e del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Ibiza (BOIB nº 136, de 18-09-2010; corrección en el BOIB núm. 148, de 14-10-2010; modificación en el BOIB núm. 48, de 16/04/2016), el órgano competente para resolver estas ayudas es la consejera del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio.
Vista la propuesta de resolución favorable del jefe de Sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, de fecha 16 de noviembre de 2023.
En virtud de todo lo anterior, y de conformidad con el Decreto de Presidencia núm. 2023000472, de fecha 28 de junio de 2023, de nombramiento de las personas miembros del Consejo Ejecutivo y de las vicepresidencias del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 88, de 29-06-2023), en relación a las atribuciones de los consejeros ejecutivos establecidas en el artículo 33.2, apartados a y k, de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, y en relación al artículo 72.e del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 136, de 18-09-2010; corrección en el BOIB núm. 148, de 14-10-2010; modificación en el BOIB núm. 48, de 16-04-2016), como consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio,
RESUELVO
1. Corregir la Resolución núm. 2023000022, de fecha 26 de octubre de 2023, de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, de desistimiento de las ayudas a estudiantes de la isla de Eivissa para el curso 2022-2023 (BOIB núm. 148, de 31-10-2023), de la que debe sacarse la solicitud de XXX (DNI 48600720H, exp. EDUC. 2023/10382J) como desistimiento de la línea 1 de las Ayudas del Consejo Insular de Ibiza a estudiantes de la isla de Eivissa para el curso 2022-2023 (L1 CIE), dado que el órgano instructor le requirió erróneamente que subsanara su solicitud.
2. Publicar la Resolución de corrección que se dicte en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y en el tablón de anuncios y edictos electrónicos de la Sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza, a los efectos oportunos.
Esta resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio no agota la vía administrativa y en contra se puede interponer, ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza, el recurso de alzada previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente de su notificación, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 66.4 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares. El recurso deberá resolverse en el plazo de tres meses, transcurridos los cuales sin que se haya dictado resolución expresa se entenderá desestimado y quedará abierta la vía contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.
Ibiza, 20 de noviembre de 2023
El jefe de Sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio José V. Garibo Redolat