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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 730811
Resolución de la directora general de Primera Infancia y Atención a la Diversidad de 17 de noviembre de 2023 por la cual se establece un plazo extraordinario para solicitar la adhesión a la red complementaria de escuelas infantiles

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Texto

Hechos

1. El artículo 7 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Islas Baleares, regula el primer ciclo de educación infantil. Concretamente, los artículos 7.4 y 7.7 establecen la necesidad de subscribir convenios de colaboración con los consejos insulares y los ayuntamientos, así como la posibilidad de formalizarlos con centros privados de primer ciclo de educación infantil, para constituir la red educativa complementaria de la red de escuelas públicas de educación infantil (de ahora en adelante, «red complementaria»).

2. En la Resolución de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de 15 de diciembre de 2022 por la cual se establecen los plazos de los cambios de configuración que impliquen una modificación del convenio específico de gratuidad y el plazo para solicitar la adhesión a la red complementaria, se establece un plazo de quince días hábiles desde el 1 de enero de cada año para solicitar la adhesión a la red complementaria, según el modelo publicado en la página web del instituto para la Educación de la Primera Infancia.

3. El artículo 6.6 del Decreto ley 5/2023, de 29 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario, dispone que, anualmente, la Consejería de Educación y Universidades tiene que establecer un plazo para la incorporación de los centros a las redes pública y complementaria, para el curso siguiente, de forma que se puedan determinar con precisión las necesidades presupuestarias para satisfacer los compromisos adquiridos.

4. El interés de la Consejería de Educación y Universidades es ofrecer esta gratuidad al máximo número posible de plazas de primer ciclo de educación infantil, lo cual pasa, entre otros, por subscribir convenios con centros privados autorizados por la Consejería de Educación y Universidades para que pasen a formar parte de la red complementaria.

5. Se tiene que tener en cuenta que todos los centros que solicitan formar parte de la red complementaria se comprometen a firmar también el convenio específico de gratuidad correspondiente y, por lo tanto, a garantizar, a partir del curso próximo, la gratuidad del primer ciclo de educación infantil a todas las familias.

6. Lo mencionado en los párrafos precedentes implica que, una vez firmado el convenio de red complementaria, los centros tienen que actualizar todos los datos en el programa GESTIB y tienen que participar en el proceso de admisión y matriculación establecido por la Consejería de Educación y Universidades para el curso 2024-2025.

7. Una vez recibidas las solicitudes, se elaborará la memoria económica pertinente para valorar el crédito necesario para asumir la gratuidad de nuevos centros que soliciten la incorporación a la red complementaria.

8. Por todo lo expuesto, la Dirección General de Primera Infancia y Atención a la Diversidad considera adecuado establecer un único plazo extraordinario para solicitar la adhesión a la red complementaria y así aumentar la oferta de plazas gratuitas de primer ciclo de educación infantil.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Islas Baleares (BOIB núm. 38, de 17 de marzo de 2022).

2. El Decreto ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario (BOIB núm. 120, de 29 de agosto de 2023).

3. El Decreto 30/2020, de 28 de septiembre, por el cual se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el cual se establece y regula la red de escuelas infantiles públicas y los servicios para la educación de la primera infancia de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y se crea el Instituto para la Educación de la Primera Infancia (BOIB núm. 167, de 29 de septiembre de 2020).

4. La Resolución de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de 15 de diciembre de 2022 por la cual se establecen los plazos de los cambios de configuración que impliquen una modificación del convenio específico de gratuidad y el plazo para solicitar la adhesión a la red complementaria.

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Dejar sin efectos la Resolución de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de 15 de diciembre de 2022 por la cual se establecen los plazos de los cambios de configuración que impliquen una modificación del convenio específico de gratuidad y el plazo para solicitar la adhesión a la red complementaria.

2. Establecer el plazo extraordinario e improrrogable de 10 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución para solicitar la adhesión a la red complementaria de escuelas infantiles, según el modelo de solicitud publicado a la página web del Instituto para la Educación de la Primera Infancia (IEPI).

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Primera Infancia y Atención a la Diversidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 17 de noviembre de 2023

La directora general de Primera Infancia y Atención a la Diversidad Neus Riera Estarellas