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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 730683
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de noviembre de 2023 por el que se aprueba la modificación de las relaciones de puestos de trabajo correspondientes al personal funcionario y laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

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Texto

Mediante el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se estableció la nueva estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El artículo 31.3 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que cuando las modificaciones sean consecuencia de una reestructuración orgánica la modificación se tiene que llevar a cabo automáticamente y requiere únicamente la aprobación del Consejo de Gobierno y la publicación.

Por todo esto, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, en la sesión de 17 de noviembre de 2023, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Aprobar la modificación puntual de las relaciones de puestos de trabajo correspondientes al personal funcionario y laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, que se adjuntan como anexos 1 y 2 del presente acuerdo.

Segundo. Publicar el presente acuerdo y sus anexos en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Tercero. Disponer que este Acuerdo produzca efectos desde el día siguiente al de su publicación.

Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También cabe interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2, 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.

Palma, 17 de noviembre de 2023

El secretario del Consejo de Gobierno (por suplencia de acuerdo con el artículo 3.2 del  Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears) Antoni Costa Costa

Documentos adjuntos