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AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU
Núm. 725127
Modificación de las Normas Subsidiarias de planeamiento municipal para establecer una nueva regulación de las piscinas
El Pleno del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, reunido en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2023, ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:
“Primero.- Aprobación inicial de la modificación de las Normas urbanísticas de las Normas Subsidiarias de planeamiento de Santa Eulària des Riu, para establecer una nueva regulación de las piscinas en los términos siguientes:
1. Se modifica el segundo párrafo del artículo 5.1.04 de las NNUU. Tal párrafo que actualmente determina que:
Las piscinas no computarán como superficie ocupada de la parcela, aunque sí lo harán las construcciones en las que se ubiquen las instalaciones y maquinaria de estas, siempre que sobrepasen la rasante del terreno.
pasará a establecer que:
Las piscinas, así como las construcciones en las que se ubiquen las instalaciones y maquinaria de estas, que sobrepasen la rasante del terreno, computarán como superficie ocupada de la parcela
2. Se incorpora a las NNUU una nueva Disposición adicional 14 del siguiente tenor literal:
DISPOSICIÓN ADICIONAL 14
1 En los terrenos calificados como Casco Antiguo (CA), Zona Intensiva (I), Zona Extensiva Plurifamiliar (E-P), Zona Extensiva Turística (E-T) tan sólo podrá autorizarse la construcción de una piscina por parcela.
En los terrenos calificados como Zona Extensiva Unifamiliar (E-U) tan sólo podrá autorizarse la construcción de una piscina por vivienda.
En suelo rústico y vinculada al uso de vivienda unifamiliar únicamente podrá autorizarse la construcción de una piscina en cada finca.
2 Las piscinas anexas a las viviendas unifamiliares en todas las clases de suelo no podrán tener una lámina de agua cuya superficie sea mayor de 35 m2 ni un volumen de agua que supere los 60 m3.
3 Las piscinas deberán de estar dotadas de una acometida de agua independiente de la general del edificio que posibilite la carga de agua tanto desde la red de abastecimiento como desde una toma exterior en la vía pública. La toma desde la red de abastecimiento deberá estar dotada de un contador independiente que deberá ser de lectura remota en las zonas del término municipal en que tal servicio exista.
4 Todas las piscinas deberán estar dotadas de sistemas de recuperación del agua sobrante.
Segundo.- Someter a información pública, por un plazo de treinta días, la documentación referenciada en el apartado primero mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en un periódico de los de mayor difusión en la isla y en la página web municipal.
Durante dicho período quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo y se podrán deducir las alegaciones pertinentes.
CUARTO.- Solicitar informe a las administraciones o entes cuyas competencias pudieran verse afectadas por la presente modificación.”
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Illes Balears, la aprobación inicial determina la suspensión del otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y la posibilidad de presentar comunicaciones previas en relación a la construcción de nuevas piscinas o ampliación de las existentes.
De conformidad con lo establecido en el artículo 55.3, la documentación aprobada inicialmente se somete a información pública por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en un periódico de los de mayor difusión en la isla y en el portal web municipal.
Durante el citado plazo podrán formularse las alegaciones que se estimen pertinentes. La documentación podrá ser examinada en las dependencias municipales del departamento de obras y urbanismo sitas en la calle Mariano Riquer Wallis nº 4, planta 3ª, Santa Eulària des Riu, de lunes a viernes en horario de 10:00 a 14:00 horas. Asimismo, estará a disposición de los interesados en el portal web de este Ayuntamiento https://www.santaeulalia.net.
(Firmado electrónicamente: 15 de noviembre de 2023)
La alcaldesa Maria del Carmen Ferrer Torres