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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 703307
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Islas Baleares del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del sector de la construcción de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, de 9 de octubre de 2023 y su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (código de convenio 07000335011981)

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Texto

Antecedentes

1. El 9 de octubre de 2023, los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Convenio Colectivo del sector de la construcción de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares se reunieron para aprobar el importe de las contribuciones empresariales al Plan de Pensiones de Ocupación Simplificado del sector de la construcción por los años 2022 y 2023 .

2. El 10 de octubre de 2023, Francisca Alba Ramon, en representación de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Inscribir y depositar el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del sector de la construcción de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, de 9 de octubre de 2023, en el Registro de Convenios Colectivos de las Islas Baleares.

2. Publicar el Convenio en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

3. Ordenar la traducción del texto a la lengua catalana y hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por la Comisión Negociadora y que la versión catalana es una traducción.

4. Notificar esta Resolución a la persona interesada.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (11 de octubre de 2023)

La directora general de Trabajo y Salud Laboral Catalina Teresa Cabrer González Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB 103/2023)

 

ACTA COMISIÓN NEGOCIADORA CONVENIO COLECTIVO SECTOR CONSTRUCCIÓN BALEARES.

Representación sindical:

D. Roberto Serrano Herrero, con DNI 0*****6-M, en representación de UGT FICA Baleares

D. Ángel Coto Sureda, con DNI 4******4-N, en representación de CCOO HABITAT Baleares

D. Miguel A. Pardo Bergas, con DNI 4*****4-S, en representación de CCOO HABITAT Baleares

Representación empresarial:

Dª M. Sandra Verger Rufián, con DNI 3******4-X, en representación de la ASOCIACIÓN DE CONSTRUCTORES DE BALEARES

D. Pedro Moll Arbós, con DNI 4******9-Z, en representación de la ASOCIACIÓN DE CONSTRUCTORES DE BALEARES

D. Andrés Moll Linares, con DNI 4******7-J, en representación de la ASOCIACIÓN DE CONSTRUCTORES DE BALEARES

Dª. Antonia Capó Parrilla, con DNI 4******0-G, en representación de la ASOCIACIÓN PATRONAL DE YESEROS-ESCAYOLISTAS DE BALEARES y ASOCIACIÓN MAESTROS PINTORES DE BALEARES.

D. Manuel Domingo García, con DNI 7******0-K, en representación de la ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE PROMOTORES INMOBILIARIOS DE BALEARES

En Palma, a 9 de octubre de 2023, se reúne la COMISIÓN NEGOCIADORA del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción de Baleares, integrada por las personas y representaciones antes relacionadas, al objeto de establecer el importe de las contribuciones empresariales al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción regulado en el Libro III del VII Convenio General del Sector de la Construcción, correspondientes al año 2022 y 2023, a cuyo efecto:

Primero.- Publicado en el BOE del 23.09.2023 el texto del VII Convenio General del Sector de la Construcción, en adelante CGSC, y próxima la entrada en vigor del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción, esta Comisión Negociadora acuerda establecer, a tenor de lo dispuesto en el artículo 52 del CGSC, los importes de las contribuciones empresariales al Plan de Pensiones correspondientes al año 2022 y al año 2023 en las cuantías que se establecen en el artículo 56 del CGSC y que son las recogidas en la Tabla que se anexa a la presente acta, formando parte integrante de la misma.

Segundo.- Igualmente acuerda facultar al Sr. Andrés Moll Linares para que pueda realizar las gestiones oportunas ante la Autoridad Laboral para el registro y posterior publicación de dicho acuerdo.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la reunión de la que se extiende la presente acta, que es firmada por las partes.

 

TABLA CONTRIBUCIONES PLAN DE PENSIONES 2022 Y 2023

 

 

 

 

 

GRUPOS PROFESIONALES

NIVELES RETRIBUTIVOS

CATEGORIA PROFESIONAL

CONTRIBUCIONES ANUALES PLAN DE PENSIONES 2022 Y 2023

CONTRIBUCIONES PLAN DE PENSIONES 2022 Y 2023

 

 

 

 

MENSUALES

 

 

A)PERSONAL TÉCNICO SUPERIOR

 

 

7

II

Arquitecto e Ingeniero superiores, Médico

536,11

44,68

 

 

B) PERSONAL TÉCNICO MEDIO

 

 

 

 

Arquitecto e ingenieros técnicos,

 

 

 

 

Técnico titulado de Topografía,

 

 

6

III

Graduado Social

416,52

34,71

6

III

Ayudante técnico sanitario

322,36

26,86

 

 

C)PERSONAL TÉCNICO NO TITULADO

 

 

5

IV

Ayudante de obra

350,95

29,25

5

IV

Encargado General

328,26

27,36

5

V

Delineante superior y proyectista

284,53

23,71

 

 

Delineante de 1ª o Práctico

 

 

4

VI

de topografía de 1ª

259,59

21,63

 

 

Delineante de 2ª o Práctico

 

 

4

VII

de Topografía de 2ª

241,60

20,13

 

 

D) ADMINISTRATIVOS

 

 

6

III

Jefe de 1ª

336,81

28,07

5

V

Jefe de 2ª

318,37

26,53

4

VI

Oficial de 1ª

266,73

22,23

4

VIII

Oficial de 2ª

241,60

20,13

3

IX

Auxiliar

177,18

14,76

1

 

Telefonista

176,12

14,68

 

 

E) SUBALTERNOS

 

 

2

 

Conserje y cobrador

182,10

15,18

1

 

Ordenanza

176,12

14,68

 

 

 

 

DIARIAS

 

 

F) ADMINISTRATIVOS DE OBRA

 

 

3

 

Auxiliar, Técnico, Administrativo de obra

200,30

0,55

3

 

Listero

194,30

0,53

 

 

G) OPERARIOS

 

 

4

V

Encargado de obra

283,87

0,78

4

VII

Encargado taller, contramaestre, capataz

246,83

0,68

 

 

Jefe de equipo

245,73

0,67

4

VIII

Oficial de 1º

223,41

0,61

3

IX

Oficial 2º

197,95

0,54

2

X

Ayudante (Oficial de 3ª)

191,77

0,53

2

XI

Peón especialista

185,43

0,51

1

XII

Peon

179,14

0,49

2

X

Vigilante

191,42

0,52

1

XII

Limpiador/a

168,20

0,46