Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 696210
Resolución del la director de la Gerencia del Área de Salud de Menorca, por la cual se convoca por el sistema de libre designación el puesto de Jefe/a de Sección de Análisis Clínicos del Hospital Mateu Orfila
Vista la necesidad de cubrir el puesto de Jefe/a de Sección de Análisis Clínicos, correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital Mateu Orfila.
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 87/2006, de 6 de octubre, de provisión de jefaturas de carácter asistencial del Servicio de Salud de las Islas Baleares, y en el Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.
En el ejercicio de las competencias atribuidas por la Resolución de la consejera de Salud y Consumo de 8 de agosto de 2023, de delegación de competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB 112/2023).
Resuelvo
Aprobar la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, de Jefe/a de Sección de Análisis Clínicos que figura en la plantilla autorizada del Hospital Mateu Orfila, de acuerdo con las bases que se publican en el Anexo 1 de esta resolución.
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente en la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. También puede interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.
Sin embargo, los interesados pueden optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya dictado una resolución expresa o presunta sobre el recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
(Firmado electrónicamente: 7 de noviembre de 2023)
El director de la Gerencia del Área de Salud de Menorca Por delegación de la consejera de Salud (BOIB n.º 112/2020) Bernardo M. Pax Bosch
ANEXO 1 Bases de la convocatoria
1. Puesto objeto de convocatoria
La denominación de la jefatura es: Jefe/a de Sección de Análisis Clínicos.
2. Características generales
El régimen jurídico del puesto de trabajo objeto de la convocatoria es el establecido en el Estatuto Marc del personal estatutario de los servicios de salud, aprobado por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, y por otras disposiciones aplicables.
3. Requisitos de los aspirantes
3.1. Requisitos generales
a) Poseer la nacionalidad española o de cualquiera otro estado miembro de la Unión Europea o del espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al tratado de la Unión Europea o a otros ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal.
b) Estar en posesión del correspondiente título oficial que habilite para el ejercicio profesional, con la especialidad requerida para el tipo de puesto por el cual se opta.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
d) Tener cumplimientos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
e) No haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario en cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria ni encontrarse inhabilidad con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni si procede, para la correspondiente profesión.
f) En el caso de los nacionales otros Estados mencionados en el párrafo a) no encontrarse inhabilitado, por sanción o por pena, para el ejercicio profesional ni para el acceso a funciones o servicios públicos en el correspondiente Estado, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
3.2. Requisitos Específicos
a) Podrán participar en esta convocatoria los facultativos con nombramiento como personal estatutario fijo que ostenten plaza en la especialidad en la cual participen, así como los facultativos con nombramiento de funcionario de carrera, o laboral fijo, que presten servicios en hospitales de titularidad pública en la especialidad que se trate.
b) Será requisito mínimo indispensable haber ejercido en una plaza de la especialidad que se trate durante un periodo no inferior a dos años.
Se sumarán los periodos de desempeño de plaza de la especialidad correspondiente en los diferentes servicios y hospitales. Se contabilizarán como un solo los periodos de tiempos en los cuales, si procede, se hayan ejercido simultáneamente más de una plaza.
3.3. Acreditación de los requisitos
Los requisitos tendrán que cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta la toma de posesión. La acreditación se realizará en el momento de presentación de la solicitud.
4. Solicitudes
Quienes deseen participar en esta convocatoria tendrán que presentar su solicitud de acuerdo con el modelo que figura como Anexo II a esta convocatoria.
La solicitud para participar en el proceso selectivo, dirigida al órgano convocante, tiene que presentarse en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Tiene que formalizarse en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La convocatoria se publicará en el BOIB y en el tablón de anuncios del hospital.
5. Documentos a aportar junto con la solicitud
Junto con la solicitud, los aspirantes tendrán que aportar los siguientes documentos:
a) Documento nacional de identidad o, si procede, N.I.E.
b) Título y nombramiento, o contrato, de la especialidad a la cual se opta.
c) Historial profesional del candidato. Tienen que figurar, como mínimo, los siguientes apartados:
La acreditación de los méritos tiene que efectuarse en documento original.
En relación a los trabajos y publicaciones científicas se podrá aportar fotocopia simple siempre que se especifique la reseña de la publicación o certificación acreditativa del centro o institución organizadora, en caso de que se trate de aportaciones a reuniones científicas que no hayan sido publicadas.
d) Un proyecto técnico de gestión de la unidad.
6. Resolución de la convocatoria
Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes y cuando el órgano competente haya verificado que los aspirantes cumplen los requisitos, el órgano convocante dictará una resolución para designar a la persona seleccionada, que se publicará de igual forma que la resolución de convocatoria. Contra esa resolución se podrán interponer los mismos recursos que se especifican en esta convocatoria
De acuerdo con el artículo 25 del Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero (BOE del 9), el puesto convocado para su provisión por libre designación podrá ser declarado desierto cuando se considere que no concurren solicitantes idóneos para su desempeño.
El órgano convocante dictará una resolución designando al facultativo seleccionado, que será publicada de igual forma que la convocatoria, y contra ella se podrán interponer los mismos recursos que se especifican en la presente convocatoria.
El personal estatutario fijo del propio Hospital que obtenga el puesto de Jefe/a de Sección convocado por el sistema de libre designación, seguirá ocupando la plaza de su categoría.
Si el facultativo designado fuera personal estatutario fijo de la especialidad correspondiente a otro Centro del Servicio de Salud de las Islas Baleares, ocupará únicamente el puesto de Jefe/a de Sección en el centro de destino y quedará en situación de reserva respeto en su plaza estatutaria fija.
Si el facultativo designado fuera personal estatutario fijo de la especialidad correspondiente en otro Servicio de Salud o Administración Sanitaria, o fuera funcionario de carrera o personal laboral fijo, ocupará únicamente el puesto de jefatura convocado, quedando respecto a su plaza o puesto de origen en la situación administrativa que proceda, y en la cual sea declarado, en su Administración de origen.
7. Cese
En conformidad con el artículo único.5 del Decreto 87/2006, de 6 de octubre, de provisión de Jefaturas de carácter asistencial del Servicio de Salud de los Islas Baleares, el facultativo nombrado para el puesto de Jefe/a de Sección, de acuerdo con esta convocatoria, podrá ser cesado discrecionalmente por la autoridad que acordó su nombramiento.
ANEXO II Modelo de Solicitud
DATOS PERSONALES
DNI / NIE:
APELLIDOS Y NOMBRE:
FECHA DE NACIMIENTO: NACIONALIDAD:
TELÉFONO:
DOMICILIO:
MUNICIPIO: CÓDIGO POSTAL:
DATOS PROFESIONALES
ESPECIALIDAD:
CATEGORÍA:
CENTRO EN EL QUE PRESTA SERVICIOS:
PROVINCIA:
Expongo
Que reúno todos los requisitos que se exigen para participar en la convocatoria.
Solicito
Que sea admitida la presente solicitud para optar al puesto de Jefe/a de Sección de Análisis Clínicos de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Mateu Orfila, para lo que se acompañan los documentos exigidos en las bases.
Lugar y fecha Firma
SR. DIRECTOR DE LA GERENCIA DEL ÁREA DE SALUD DE MENORCA