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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 695928
Convocatoria de la Feria de Navidad 2023

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En cumplimiento del artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el presente anuncio publica la convocatoria de la FIRA DE NADAL 2023, aprobada por el Decreto de Alcaldía n.º 2023/DA/0001727, de fecha 3 de noviembre de 2023.

PRIMERO. Aprobar las bases reguladoras y convocar una nueva edición de la Fira de Nadal, que tendrá lugar del 6 al 10 de diciembre de 2023.

SEGUNDO. Convocar a las personas interesadas para que presenten su solicitud durante el plazo establecido a tal efecto. 

Las solicitudes se presentarán de forma telemática, a través del sitio web del Ayuntamiento.

TERCERO. Establecer las condiciones de funcionamiento del mercado, los requisitos de participación y los criterios de adjudicación de los puestos:

1. Días de apertura de la Fira, ubicación y número de puestos 

La Fira tendrá lugar del 6 al 10 de diciembre, en la pl. de la Constitució y en un tramo de la c/ de ses Moreres, con un máximo de 31 puestos, en total.

El número máximo de puestos se distribuirá conforme a los planos (anexos I y II), que, con dicha finalidad, se aprueban junto con estas bases, atendiendo a las circunstancias que concurran en cada una de las zonas previstas:

  • Zona 1. Pl. de la Constitució (anexo I). 11 casetas de madera, para personas titulares de un comercio de venta al por menor de productos navideños y entidades solidarias sin ánimo de lucro.
  • Zona 2. C/ de ses Moreres (anexo II). 10 casetas metálicas, en el primer tramo de la c/ de ses Moreres, y 10 carpas, en el segundo tramo de la c/ de ses Moreres, para feriantes y entidades solidarias sin ánimo de lucro.

2. Condiciones de funcionamiento:

a) La Fira de Nadal abrirá del 6 al 10 de diciembre, de 10.00 a 20.30 h, en horario ininterrumpido.

b) El horario del montaje será de 9.00 a 10.00 h; y el desmontaje, de 20.30 a 21.30 h. 

c) Los puestos serán: 11 casetas de madera, en la pl. de la Constitució; 10 casetas metálicas, en el primer tramo de la c/ de ses Moreres; y 10 carpas, de 3x3, en el segundo tramo de la c/ de ses Moreres.

d) El Ayuntamiento de Maó proveerá a cada puesto con dos mesas y dos sillas. Y también con ornamentos, luces y música navideña. 

e) La autorización para montar un puesto será intransferible y revocable.

f) La vigilancia y conservación del espacio durante el horario de montaje, venta y desmontaje será responsabilidad exclusiva de la persona autorizada.

g) El Ayuntamiento contratará un servicio de vigilancia mientras dure la feria y en horario nocturno.

h) La autorización no exime a la persona titular de solicitar y obtener licencias en otras administraciones, conforme a las normativas que le son de aplicación.

i) En cualquier momento, se realizará visita de inspección para comprobar el cumplimiento de las condiciones exigidas en la autorización, así como la ocupación continuada del puesto, según solicitud, y se podrán imponer, si procede, las sanciones pertinentes, conforme a lo que establece la Ordenanza reguladora de la venta ambulante en Maó.

j) En los puestos no se podrán instalar equipos de sonido o música, ni megafonía.

k) Cuando, por motivo de incompatibilidad con otras actividades, de fuerza mayor a causa de las condiciones meteorológicas, u otros, no pueda realizarse la feria, ello no implicará su apertura en días diferentes de los previstos, excepto en los supuestos que expresamente autorice el alcalde o persona en quien delegue.

l) En todo momento, las personas autorizadas deberán cumplir los protocolos y las normas higiénicas vigentes, a raíz de la crisis sanitaria del Covid-19, relativas a los mercados de venta ambulante al aire libre. El incumplimiento de estas medidas podrá considerarse falta grave y se sancionará con la revocación de la autorización correspondiente y será motivo de cierre inmediato del puesto.

3. Requisitos relacionados con la actividad

a) Tener expuestos al público, con la notoriedad suficiente, la placa municipal identificativa y los precios de venta de las mercancías, así como, en el caso de venta de alimentos autorizados, la placa identificativa de la inspección sanitaria. En cualquier caso, se debe indicar que se dispone de hojas de reclamaciones para la clientela que lo solicite.

b) Tener a disposición de la autoridad competente las facturas y los comprobantes correspondientes a los productos objeto de comercio. Igualmente, deben tenerse a disposición de la autoridad las licencias municipales y las cartas de pago originales que acrediten la liquidación de la tasa correspondiente.

c) Cumplir las condiciones exigidas por la normativa que regula los productos objeto de comercio y, de forma especial, de los que puedan presentar algún riesgo para la salud y la seguridad de las personas consumidoras.

d) Expedir un comprobante de la venta siempre que lo exija la clientela. Este comprobante o recibo debe cumplir lo que prevé la legislación vigente y, en cualquier caso, debe permitir identificar a la persona titular de la licencia, el objeto vendido, el precio final, la fecha de venta y la dirección donde se atenderán, si procede, las reclamaciones que se puedan presentar.

e) Los puestos de productos alimentarios autorizados deben contar con un peso que garantice la cantidad exacta de los artículos que se adquieran.

f) No se expondrán nunca los artículos de alimentación sobre el pavimento, sino que deben situarse a una altura de, como mínimo, 0,5 m respecto al nivel del suelo.

g) Finalizado el horario de venta autorizado en cada caso, el espacio asignado debe dejarse libre para la circulación urbana y limpio de todo tipo de residuos imputables a la actividad, que deben depositarse dentro de los contenedores habilitados al efecto; y, en todo caso, cumpliendo las normas que tengan establecidas los servicios municipales de limpieza.

h) Se prohíbe expresamente la utilización del claxon. El uso de medios mecánicos, acústicos, eléctricos o electrónicos requiere la autorización municipal previa y no puede superar los decibelios establecidos en la materia por la normativa vigente.

i) Se prohíbe la venta o el depósito de artículos fuera de los puestos marcados y asignados. Los toldos y vuelos de los puestos deben colocarse de forma que no causen molestias a los puestos adyacentes, ni a la circulación de peatones, especialmente en días de lluvia. En ningún caso pueden superar en más de 50 centímetros la alineación señalada para cada puesto.

4. Requisitos que deben cumplir las personas físicas/jurídicas que soliciten participar en la Fira

a) Figurar de alta en el censo de obligados tributarios y en el del régimen de la Seguridad Social que corresponda.

b) Disponer de seguro de responsabilidad civil por daños a terceras personas y estar al corriente de su pago.

c) Pagar la tasa establecida en el art. 5 de la Ordenanza reguladora de la tasa por ocupación del dominio público (BOIB n.º 34 de 11/3/2021), de forma previa al desarrollo de la actividad. 

d) Disponer del oportuno permiso de residencia y trabajo por cuenta propia, en caso de no disponer de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, conforme a la normativa vigente en la materia.

e) Acreditar la capacitación para manipular alimentos, tanto de la persona titular como del resto de personal que deba ocupar el puesto de venta, en el caso de expedición de productos alimentarios.

f) Colaborar con la cesta que se sorteará el día 12/12/2023, a las 13.00 h, en el Salón de Actos del Ayuntamiento de Maó. Cada persona autorizada debe aportar un artículo de su puesto. Las urnas para las papeletas de participación en el sorteo de la cesta estarán custodiadas por uno de los puestos de cada zona, durante el horario de venta. 

5. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles, a partir del día siguiente a haberse publicado la convocatoria y las presentes bases en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en el sitio web del Ayuntamiento de Maó. El plazo de presentación de solicitudes es improrrogable.

Las solicitudes se deben presentar de forma telemática, mediante el sitio web del Ayuntamiento de Maó. 

Deberán constar en las mismas todos los datos de la persona/empresa/entidad solidaria sin ánimo de lucro que quiera participar en la feria, así como los productos que pondrán a la venta. 

6. Documentación obligatoria

La documentación que se debe presentar es la siguiente:

a) Alta en el censo de obligados tributarios y en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.

b) Seguro de responsabilidad civil por daños a terceras personas y estar al corriente de su pago. 

c) Permiso de residencia y trabajo por cuenta propia, en caso de no tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, conforme a la normativa vigente en la materia.

d) En caso de venta de productos alimentarios, acreditación de tener la capacitación para manipular alimentos, tanto de la persona titular como del personal empleado que deba ocupar el puesto de venta.

e) En el caso de las entidades sin ánimo de lucro, declaración responsable del presidente/a de la entidad, manifestando que los ingresos de la venta irán destinados a finalidades solidarias.

f) Documento descriptivo y fotográfico del producto para la venta.

La persona interesada debe solicitar una autorización para una actividad concreta y esta debe mantenerse durante el periodo de vigencia de la autorización.

El Ayuntamiento de Maó comprobará el cumplimiento de los requisitos y confeccionará la relación correspondiente de personas admitidas y excluidas en un plazo máximo de 10 días hábiles.

7. Criterios de adjudicación de los puestos

El Ayuntamiento de Maó pondrá a disposición los puestos que constan en los planos (anexos I y II).

Se podrán autorizar hasta un máximo de 31 puestos, distribuidos de la manera siguiente:

11 casetas de madera, en la pl. de la Constitució: personas titulares de un comercio de venta al por menor de productos navideños y entidades solidarias sin ánimo de lucro.

Se concederán: 

  • 4 autorizaciones para productos navideños (no alimentación)
  • 4 autorizaciones para productos navideños (alimentación)
  • 3 autorizaciones para productos navideños de entidades sin ánimo de lucro

10 casetas metálicas, en el primer tramo de la c/ de ses Moreres, y 10 carpas, en el segundo tramo de la c/ de ses Moreres.

Se concederán:

  • 15 autorizaciones para feriantes
  • 5 autorizaciones para entidades solidarias sin ánimo de lucro

Dado que los espacios físicos donde se ubicará la feria son limitados y que, normalmente, no es posible atender todas las demandas de puestos, el Ayuntamiento de Maó, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, resolverá las solicitudes de forma que se valorarán conforme a los criterios de adjudicación que se detallan a continuación:

1) Tipo de producto: hasta 50 puntos

a) Productos navideños no alimentación (decoraciones para el árbol de Navidad, figuritas del belén, plantas de Navidad y similares): 50 puntos

b) Venta de productos de regalo, no incluidos en el apartado a): 30 puntos

c) Productos navideños de alimentación (turrones, barquillos, polvorones, frutos secos, embutidos y similares): 50 puntos

d) Productos de alimentación, no incluidos en el apartado c): 30 puntos

e) Entidades solidarias sin ánimo de lucro (productos navideños): 50 puntos

f) Entidades solidarias sin ánimo de lucro (regalos): 30 puntos

2) Participación en ferias de Navidad, en el municipio de Maó: hasta 30 puntos

a) 1 año de participación: 5 puntos

b) 2 años de participación: 10 puntos

c) 3 años de participación: 15 puntos

d) 4 años de participación: 20 puntos

e) 5 años de participación: 25 puntos

f) 6 o más años de participación: 30 puntos

En los supuestos de solicitudes (o documentación) aportadas que resulten incorrectas o incompletas, estas serán objeto de enmienda y este Ayuntamiento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución, requerirá a la persona interesada para que aporte aquella documentación o subsane el defecto, dentro del plazo de tres días. Si no lo hiciera así, se considerará que desiste de su petición. 

Las adjudicaciones se otorgarán por sorteo público cuando las personas solicitantes reúnan idénticas condiciones y se produzca un empate en el procedimiento de adjudicación, conforme a los criterios establecidos.

Si algún puesto quedara vacante, se podrán otorgar autorizaciones a las personas interesadas que hayan presentado solicitud dentro del plazo establecido, por orden de la puntuación obtenida.

La adjudicación de la ubicación del puesto a cada persona solicitante también se hará mediante sorteo público.

Formarán parte de los sorteos de adjudicación y de la ubicación concreta de cada puesto la tenienta de Alcaldía de Promoción Económica y dos personas trabajadoras del Ayuntamiento de Maó.

El Ayuntamiento de Maó debe resolver sobre las autorizaciones y notificar a las personas interesadas la concesión de la autorización en un plazo máximo de diez días hábiles.

La resolución de concesión, que pondrá fin a la vía administrativa, se notificará a las personas solicitantes mediante publicación en el BOIB, conforme al art. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, cuando este acto tenga como destino una pluralidad indeterminada de personas.

CUARTO. Aprobar los planos de ubicación de las 11 casetas de madera, en la pl. de la Constitució, de las 10 casetas metálicas, en el primer tramo de la c/ de ses Moreres, y de las 10 carpas, en el segundo tramo de la c/ de ses Moreres, que constan en el expediente.

 

Maó, en la fecha de la firma electrónica del documento (3 de noviembre de 2023)

El alcalde Héctor Pons Riudavets