Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 694679
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 6 de noviembre de 2023 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021
Hechos
1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021 (BOIB n.º 175, de 23 de diciembre), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023.
2. El Servicio de Empleo de las Illes Balears (Consejería de Empresa, Ocupación y Energía) ha instado la modificación del mencionado anexo del Plan Estratégico de Subvenciones, concretamente dentro del punto 7 («Empleo») del objetivo IV («Cohesión social»), con objeto de posibilitar, en 2023, la convocatoria de ayudas destinadas a financiar los costes salariales que se deriven de la contratación de personas jóvenes paradas mayores de 18 años y menores de 30, con formación académica o profesional de grado superior acreditada y con poca experiencia laboral previa en su formación o sin ella, para ejecutar obras o servicios de interés general o social (línea conocida como SOIB cualificados entidades locales). Cabe mencionar que en esta convocatoria no habrá financiación europea, por lo que no será requisito que estén inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Así mismo, se aprovecha la modificación tanto para añadir el fondo correspondiente a la Conferencia Sectorial de Ocupación y Asuntos Laborales (021) en el apartado de fuentes de financiación de la línea, como para reflejar en el apartado correspondiente al coste de la línea la variación a la baja de su importe que pasa de 25.440.000,00 € a 18.000.000,00 €.
3. El apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Gobierno mencionado establece que la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Corresponde, por lo tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación aprobar y modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.
4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delega en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por los Decretos de la presidenta de las Illes Balears 16/2023, de 20 de julio y 17/2023, de 23 de agosto.
3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021 (BOIB n.º 175, de 23 de diciembre), en cuanto al objetivo IV, sobre cohesión social, y más concretamente el punto 7, relativo a empleo, de forma que la línea IV.7.3 queda modificada de la siguiente manera:
IV.7.3
Entidad: Servicio de Empleo de las Illes Balears.
Fuentes de financiación: capítulo IV FF 114, 213, 021
Descripción: subvenciones destinadas a financiar los costes salariales que se deriven de la contratación de personas jóvenes desempleadas mayores de 18 años y menores de 30, inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si corresponde, con formación académica o profesional de grado superior acreditada, sin o con poca experiencia laboral previa en la su formación, para ejecutar obras o servicios de interés general o social (SOIB Cualificados entidades locales)
Objetivos y efectos: obtener práctica profesional adecuada al nivel de estudios o
formación cursados
Convocatoria: anual
Coste: 18.000.000,00 €
Indicadores: número de personas contratadas y número de proyectos presentados por las entidades
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en fecha de la firma electrónica (6 de noviembre de 2023)
La secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB n.º 106, de 29 de julio)