Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 691687
Resolución del Director General de Deportes de denegación de subvenciones al amparo de Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se convocan ayudas para fomentar el deporte inclusivo, año 2023 - Proyectos de integración y/o reinserción social y proyectos de deporte adaptado a través de la práctica deportiva (BOIB Núm. 42, 4 de abril de 2023)
Hechos
1. Las entidades que figuran en el Anexo 1 de esta resolución presentaron ante la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes una solicitud de subvención para fomentar el deporte inclusivo para proyectos de integración y/o reinserción social y proyectos de deporte adaptado a través de la práctica deportiva en el año 2023.
2. El 12 de septiembre de 2023, la Comisión Técnica evaluó las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el punto 9 de la convocatoria y emitió informe técnico.
3. El 20 de septiembre de 2023, la Comisión Evaluadora se reunió para examinar el informe técnico y emitió el informe que sirvió de base al director general de Deportes para dictar la propuesta de resolución.
4. El 27 de septiembre de 2023, en base al informe emitido por la Comisión Evaluadora, el director general de Deportes emitió la Propuesta de resolución de denegación de subvenciones al amparo de la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se convocan ayudas para la organización de eventos deportivos de alto nivel para federaciones deportivas, delegaciones territoriales de las federaciones deportivas españolas y clubes deportivos de las Islas Baleares, año 2023, a los solicitantes que figuran en el Anexo 1 por los motivos que se especifican y que fue publicada en la página web de la Dirección General de Deportes el 28 de septiembre de 2023.
5. Las personas solicitantes dispusieron de 10 días hábiles para presentar alegaciones.
6. El 29 de septiembre de 2023, FUNDACIÓN MALLORCA INTEGRA, presentó alegaciones a la Propuesta de resolución de denegación de la ayuda.
7. El 26 de octubre de 2023, en cumplimiento de las funciones establecidas en el punto 8.2 del apartado Octavo de la Resolución de convocatoria, se reunió la Comisión Técnica y extendió acta en la que se acuerda estimar las alegaciones presentadas por FUNDACIÓ MALLORCA INTEGRA y, en consecuencia, queda incluida en la lista de expedientes aceptados. Así también, en el acta se evaluaron las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el punto 9 de la convocatoria y se realizaron de nuevo los cálculos de puntuación, asignando a cada solicitud el importe correspondiente en función de la puntuación obtenida, los cuales figuran detallados en el Anexo 1 del acta.
8. El 27 de octubre de 2023, en cumplimiento de las funciones establecidas en el punto 7.2 del apartado Séptimo de la Resolución de convocatoria, se reunió a la Comisión Evaluadora para revisar las alegaciones; evaluar las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios del punto 9 de la convocatoria; y, emitir el informe que sirve de base para la elaboración de la resolución. Se extendió acta a la que se acuerda “asumir el acta de la Comisión Técnica y sus anexos que debe servir de base para dictar la resolución del director general de Deportes”.
9. A fecha de hoy no figura la presentación de alegaciones por parte de “Projecte Arkus”.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. La Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 23, de 16 de febrero de 2021).
3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, BOIB nº. 94 de 10 de julio de 2023 (modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio y Decreto 17/2023 de 23 de agosto).
4. La Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se convocan ayudas para fomentar el deporte inclusivo, año 2023 (BOIB núm. 42, de 24 de abril de 2023).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Denegar la concesión de una subvención para proyectos de integración y/o reinserción social y proyectos de deporte adaptado a través de la práctica deportiva, año 2023, al solicitante que figura en el Anexo 1, por los motivos que se especifican.
2. Incluir el expediente INC/2023/04 de Fundación Mallorca Integra en la lista de expedientes aceptados de la Resolución de concesión.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (31 de octubre de 2023)
El director general de Deportes Joan Antoni Ramonell Miralles (Por Resolución del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte de delegación de competencias y firma (BOIB núm. 107, de 1 de agosto de 2023)
ANEXO 1 RELACIÓN DE SOLICITUDES A LAS QUE SE DENIEGA LA SUBVENCIÓN
Expediente
|
Solicitante |
Motivo exclusión |
---|---|---|
INC/2023-11 |
Projecte Arkus |
Excluído por la condición 1.3.1.a), que indica que las retribuciones netas (líquidas) del personal contratado por la entidad y destinado a la atención directa de los beneficiarios de los servicios debe suponer un mínimo del 60% y hasta un 100% del proyecto aprobado. Este proyecto tiene un gasto de personal del 0%. |