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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE LLORET DE VISTALEGRE

Núm. 686224
Resultados definitivos del concurso para la constitución de una bolsa de trabajo extraordinario de la categoría de técnico/a superior en Educación Infantil del Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta de Gobierno Local del día 2 de noviembre de 2023, en concordancia con el acta del tribunal evaluador de fecha 30 de octubre de 2023, que resolvió las alegaciones presentadas a la lista de resultado provisionales para la constitución de una bolsa de trabajo extraordinario de la categoría de técnico/a superior en Educación Infantil, de conformidad con lo dispuesto en las bases y convocatoria aprobada por Junta de Gobierno de día 23 de agosto de 1012 (BOIB 118, de 26 de agosto de 2023), adoptó por unanimidad el siguiente Acuerdo:

PRIMERO.- Estimar la alegación presentada por la Sra. Caridad Jimeno Vicente, presentada en fecha 23 de octubre de 2023 (2023-E-RE-689) con base a la argumentación recogida en el acta del Tribunal del día 31 de octubre de 2023 por la cual se aceptó un error en la valoración del aspirante, pasando a tener una puntuación total de 27,8.

SEGUNDO.- Desestimar la alegación presentada por la Sra. Francisca Vanrell Matas en fecha 23 de octubre de 2023 (2023-E-RE-690) con base a la argumentación recogida en el acta del Tribunal del día 31 de octubre de 2023, por la cual la titulación académica del Máster Universitario alegada por la interesada no se puede encuadrar dentro del apartado de Titulaciones académicas- Bloc 3 (puesto que no se trata ni de un grado ni de otra licenciatura) ni tampoco como estudio/curso/taller (Bloc2) por no quedar acreditado en la documentación presentada (Justificando de pago del título) el número de horas.

TERCERO.- Aprobar la bolsa de trabajo extraordinario de la categoría de técnico/a superior en educación infantil, según la orden de puntuación obtenido por los aspirantes y en conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador.

ORDEN

Aspirante

DNI

PUNTUACIÓN

1

Magdalena Trobat Antequera

43*****0A

46,7

2

Magdalena Ferrer Sabater

41*****7H

35,4

3

Sandra Merino Aparicio

43*****6S

33,6

4

Magdalena Perez Perez

43*****7M

33

5

Magdalena Homar Martorell

43*****3G

32,3

6

Marina Mesquida Madrid

41*****6P

30,7

7

Maria Jeronima Artigues Manresa

78*****3X

30,5

8

Ana Karina Carpio Cuenca

05*****2D

29,4

9

Caridad Jimeno Vicente

43****1B

27,8

10

Maria Bastida Jimenez

78*****7P

27,2

11

Apolonia Gil Adrover

41*****1H

26,5

12

Carolina Corredor Luengo

51****5M

23,3

13

Isabel Maria Mestre Serra

14****1R

18,5

14

Maria del Carmen Gallardo Crespí

43****3P

17,3

15

Consuelo Diaz Fabio

43****3Z

17

16

Rocio Planas Solivellas

43*****6E

12,9

17

Xisca Vanrell Matas

41*****9S

12,5

18

Lucia Bonet Papi

41*****2L

7

19

Pere Antoni Estrany Mateu

41*****5B

6

20

Laura Nicolau Salamanca

43*****6M

4,5

21

Margarita Gálvez Ramón

45*****6C

4

22

Antònia Cànaves Terrades

41*****0Q

0

23

Marina Costa Coli

41*****8M

0

CUARTO.- Notificar el presente resolución al candidato propuesto requiriéndole la documentación justificativa de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

QUINTO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares a los efectos previstos en la normativa vigente.

SEXTO.- La presente bolsa tiene una vigencia de dos años a contar desde la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en conformidad con el establecido en la Base Séptima de las Bases.

SÉPTIMO.- Contra el presente acuerdo se podrán interponer los siguientes recursos:

a) Reposición: Ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso–administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

b) Contencioso–administrativo: Ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente acuerdo. Se puede interponer directamente, pero si se ha presentado un recurso de reposición, no se podrá formalizar el contencioso–administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento administrativo común.

 

(Firmado electrónicamente: 2 de noviembre de 2023

El alcalde-presidente Sebastian Amengual Figueras)