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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 677315
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de modificación de la Resolución del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura de 7 de noviembre de 2022, por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para incorporar personal investigador al sistema de ciencia de las Illes Balears, contratos postdoctorales 2022

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Texto

Hechos

1. Por resolución del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura de 7 de noviembre de 2022 se publicó la convocatoria por la cual se ofrecen ayudas para incorporar personal investigador al sistema de ciencia de las Illes Balears, contratos postdoctorales 2022, (BOIB núm. 145, de 10 de noviembre de 2022).

2. El objeto de la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, es la incorporación de personal investigador en el sistema de ciencia y tecnología de las Illes Balears. Se ofrecen veinte ayudas para contratar personal investigador e incorporarlo en el sistema de ciencia y tecnología de las Illes Balears en grupos de investigación, centros o unidades de investigación y desarrollo tecnológico, empresas públicas sin finalidad de lucro y empresas privadas con actividad de I+D ubicadas en las Illes Balears.

Esta convocatoria se divide en cuatro programas:

  • Programa Margalida Comas, para jóvenes investigadores.
  • Programa Vicenç Mut estabilidad, para investigadores con experiencia que provengan de programas Margalida Comas de convocatorias anteriores.
  • Programa Vicenç Mut, para investigadores con experiencia.
  • Programa Felip Bauçà, para empresas privadas de I+D.

3. Tal y com establece el apartado décimo del anexo 1 de la Resolución de la convocatoria, la AQUIB realizó la evaluación cientificotécnica externa de las solicitudes presentadas y en fecha 19 de julio de 2023, entregó los informes correspondientes.

4. En fecha 20 de julio de 2023 se publicó en la dirección http://dgrdi.caib.es una diligencia informativa de los resultados de la evaluación externa y se abrió un plazo de 10 días hábiles para que los candidatos pudiesen acceder a sus informes de evaluación y presentar las alegaciones que considerasen oportunas. La AQUIB revisó las alegaciones y envió los informes pertinentes en fecha 20 de septiembre de 2023.

5. En fecha 20 de septiembre de 2023 se reunió la Comisión de Selección y en esa misma fecha publicó la diligencia con el orden de prelación, con los candidatos seleccionados, los excluidos y los candidatos en reserva de cada programa.

6. Dentro del plazo otorgado para hacer alegaciones a la propuesta de resolución, tal y como dispone el punto undécimo de la Resolución de convocatoria, un número considerable de entidades seleccionadas presentaron la renuncia a la ayuda propuesta. Esta circunstancia junto con el retraso en el resultado de la evaluación de las solicitudes, han provocado una  demora en la resolución del procedimiento de  concesión, que imposibilita a las entidades que sean beneficiarias de la ayuda, poder cumplir la obligación del punto decimosexto del anexo 1 de la Resolución de la convocatoria, de incorporar al personal investigador en su puesto de trabajo, como máximo el  30 de octubre de 2023. Por lo cual, es necesario  modificar el punto decimosexto de la convocatoria, para ampliar este plazo hasta el 15 de diciembre de 2023.

8. Por tanto, para preservar los principios de objetividad, de transparencia, de publicidad y de concurrencia que rigen la convocatoria, es necesario conceder a las entidades que renunciaron a la ayuda propuesta, un plazo para confirmar las renuncias, las cuales pueden estar directamente vinculadas con las circunstancias expuestas y que motivan la necesidad de ampliar el plazo de incorporación del personal investigador.

9. Además, se considera adecuado modificar  también, el apartado 2 del punto undécimo del anexo 1 de la Resolución de la convocatoria de 7 de noviembre de 2022.

 

Fundamentos de derecho

1. La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación.

2. La Ley 7/2022, de 5 de agosto, de la ciencia, la de las Illes Balears.

3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.

4. El artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5. El Decreto 75/2004 de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. El Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. La Orden de la consejera de Innovación, Interior y Justicia de 26 de enero de 2010, por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el apartado 2 del punto undécimo y el apartado 1 del punto decimosexto, del anexo 1 de la Resolución del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura de 7 de noviembre de 2022 por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para incorporar personal investigador en el sistema de ciencia de las Illes Balears, contratos postdoctorales 2022, en el sentido siguiente:

Undécimo

Propuesta de resolución provisional, trámite de audiencia y concesión definitiva

 

2. El consejero de Economía, Hacienda e Innovación ha de dictar la resolución de concesión y  se tiene que notificar a la entidad beneficiaria.

 

Decimosexto.

Contratación e incorporación de los investigadores

 

1. Las entidades beneficiarias tienen que formalizar los contratos con los investigadores candidatos y los tienen que enviar a la Dirección General de Investigación, Innovación y Transformación Digital en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de firma del contrato entre le entidad beneficiaria y el investigador. Los contratos tienen que ser a tiempo completo y deben tener una duración mínima de dos o tres años (en función del programa) a partir de la fecha de incorporación del investigador a su puesto de trabajo. En casos excepcionales y debidamente acreditados, se puede solicitar una ampliación del plazo, de acuerdo con lo que dispone el artículo 32 de la Ley 39/2015. En todo caso, la fecha máxima de incorporación del investigador a su puesto de trabajo será el 15 de diciembre de 2023.

2. Conceder a las entidades que renunciaron a la ayuda, un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución para manifestar si confirman o no la renuncia. Transcurrido el plazo indicado, se entenderá que efectivamente se ha renunciado a la ayuda.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. Disponer que esta Resolución tenga efectos, una vez publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears, desdel dia 10 de noviembre de 2022.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la via administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación en el plazo de un mes a contar desde el dia siguiente al de publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el dia siguiente al de publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio de interponer cualquier otro que considere oportuno.

 

Palma, (firmado electrónicamente: 30 de octubre de 2023)

La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB núm. 106, de 29 de julio de 2023)