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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

UNIVERSIDAD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 674800
Resolución del día 24 de octubre de 2023 de la Universidad de las Illes Balears por la que se amplían los plazos para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición de las pruebas selectivas de acceso, por el turno libre, para el ingreso en distintos cuerpos, escalas y especialidades de personal de administración y servicios de esta universidad

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Texto

En fecha 27 de diciembre de 2022 se publicó en el BOIB núm. 168 la Resolución del día 30 de noviembre de 2022 de la Universidad de las Illes Balears por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el turno libre, para el ingreso en diferentes cuerpos, escalas y especialidades de personal de administración y servicios esta universidad.

El apartado 8.1 (Calendario) de las bases de la convocatoria establece: «El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en el segundo semestre del año 2023, y el lugar y fecha donde tendrá lugar se determinarán en la resolución que se indica en el párrafo tercero del punto 5.2 de estas bases.»

La concurrencia del elevado número de plazas convocadas en procedimientos selectivos, así como el de aspirantes a las mismas, y diversas circunstancias de carácter técnico que alteran el desarrollo de los distintos procedimientos competitivos en marcha podrían provocar la eventualidad de no poder cumplir los plazos establecidos en las bases.

Por todo lo que se ha indicado, en cumplimiento de lo que disponen los Estatutos de esta universidad, aprobados por el Decreto 64/2010, de 14 de mayo (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 76, de 22 de mayo), este Rectorado, en aplicación de lo que establece el artículo 32 (Ampliación) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dispone la ampliación del plazo mencionado en el apartado 8.1 de las bases de la convocatoria hasta el día 30 de abril de 2024.

Contra esta Resolución no se puede interponer recurso, sin perjuicio de lo procedente contra la Resolución que ponga fin al procedimiento, de acuerdo con el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Lo hago publicar para que se tome conocimiento y tenga los efectos que correspondan.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (27 de octubre de 2023)

El rector Jaume Carot