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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 673152
Resolución del director general de Personal Docente de 20 de octubre de 2023 por la cual se modifican las bases de la primera convocatoria para el reconocimiento del primer tramo de la parte consolidable de la carrera profesional de los funcionarios docentes al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

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Texto

En el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 128, de 16 de septiembre de 2023, se publicó la Resolución del director general por la cual se aprueba la primera convocatoria para el reconocimiento del primer tramo de la parte consolidable de la carrera profesional de los funcionarios docentes al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. El anexo de esta Resolución recoge las bases de la convocatoria.

La base 3 de la convocatoria establece, como requisito que se tiene que cumplir para el reconocimiento del primer tramo de la parte consolidable de la carrera profesional el de estar en la situación de servicio activo en la fecha de publicación de la convocatoria, es decir, a 16 de septiembre de 2023.

No obstante lo anterior, el Acuerdo de bases para el desarrollo de la carrera profesional docente, adoptado por la Mesa Sectorial de Educación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares el 3 de mayo de 2023, y ratificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de mayo de 2023 (BOIB n.º 66, de 18 de mayo), establece en la base quinta los requisitos de acceso y progresión de la parte consolidable de la carrera profesional, y dispone:

2. Pueden acceder y progresar en la parte consolidable de la carrera profesional los funcionarios de los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional a extinguir, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño, de maestros de taller de artes plásticas y diseño, de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, y de maestros en las Islas Baleares que reúnan los requisitos de acceso y se encuentren en alguna de estas situaciones administrativas:

a) Servicio activo

b) Servicios especiales

c) Excedencia por razón de violencia de género

d) Excedencia por razón de cura de familiares

e) Excedencia voluntaria especial

f) Licencia de estudios

La convocatoria que ahora se modifica tenía como prioridad el reconocimiento del primer tramo de la parte consolidable de la carrera profesional a los funcionarios docentes en activo para cumplir el compromiso, logrado por la Administración, de abonar el primer tramo en la nómina de septiembre de 2023, por lo cual los esfuerzos del reconocimiento de oficio se tenían que centrar en los funcionarios docentes en situación de servicio activo.

Ahora, mediante la modificación de esta convocatoria, corresponde ampliar las situaciones administrativas que, de acuerdo con el apartado 2 de la base quinta el Acuerdo de bases para el desarrollo de la carrera profesional docente, permiten acceder al reconocimiento de la parte consolidable de la carrera profesional, teniendo en cuenta que los efectos económicos solo se producirán con la reincorporación al servicio activo del funcionario.

De acuerdo con todo el que se ha expuesto anteriormente, y con el acuerdo de la Mesa Sectorial de Educación, que se llevó a cabo en la reunión de fecha 20 de octubre de 2023, se dicta la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero. Modificar las bases de la primera convocatoria para el reconocimiento del primer tramo de la parte consolidable de la carrera profesional de los funcionarios docentes al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que figura como anexo de esta Resolución, en los términos siguientes:

 

a) Se modifica la base 3 de la convocatoria, que pasa a tener la redacción siguiente:

3. Requisitos

a) Estar, en la fecha de publicación de esta convocatoria, en alguna de las situaciones administrativas siguientes:

1. Servicio activo

2. Servicios especiales

3. Excedencia por razón de violencia de género

4. Excedencia por razón de cura de familiares

5. Excedencia voluntaria especial

6. Licencia de estudios

b) Tener reconocido el primer sexenio en la fecha de publicación de esta convocatoria.

b) Se modifica el apartado 3 de la base quinta de la convocatoria, que pasa a tener la redacción siguiente:

5.3. El plazo para renunciar será del 1 al 31 de octubre de 2023 para los funcionarios docentes que, en la fecha de publicación de esta convocatoria, estén en la situación administrativa de servicio activo.

plazo para renunciar será del 1 al 30 de noviembre de 2023 para los funcionarios docentes que, en la fecha de publicación de esta convocatoria, estén en alguna de las situaciones administrativas siguientes: servicios especiales, excedencia por razón de violencia de género, excedencia por razón de cura de familiares, excedencia voluntaria especial y licencia de estudios

c) Se modifica el apartado 1 de la base séptima, que pasa a tener la redacción siguiente:

7.1. Los efectos económicos del reconocimiento del primer tramo de la parte consolidable de la carrera profesional docente se retrotraen al 1 de septiembre de 2023 para los funcionarios docentes en situación administrativa de servicio activo.

Los efectos económicos del reconocimiento del primer tramo de la parte consolidable de la carrera profesional docente se producirá en el mes de la reincorporación para los funcionarios docentes en las situaciones administrativas siguientes: servicios especiales, excedencia por razón de violencia de género, excedencia por razón de cura de familiares, excedencia voluntaria especial y licencia de estudios

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades, en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente a haberse publicado esta Resolución, de acuerdo con el que establecen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

 

Palma, en la fecha de firma electrónica (25 de octubre de 2023)

El director general de Personal Docente Salvador Ruiz Borrás