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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM

Núm. 672103
Modificación jornada laboral personal

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Texto

Se hace público que el PLENO de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria de 18 de septiembre de 2023, tomó el acuerdo que dice:

Propuesta de acuerdo modificación jornada laboral personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Binissalem

Exposición de motivos

El personal del Ayuntamiento de Binissalem está integrado por diferentes categorías profesionales, las cuales tienen una jornada laboral regulada por diferentes normativas. Así pues, se hace necesaria la regulación de una jornada laboral homogénea en base a las tareas de cada Departamento y la normativa vigente en materia de jornada laboral para personal funcionario y personal laboral de las administraciones públicas.

El Convenio Laboral vigente, el cual fue aprobado por el Pleno de día 14 de junio de 2000 para después ser sometido a una modificación de la jornada laboral ordinaria por el Pleno Extraordinario de 22 de diciembre de 2010, tiene fichada una jornada laboral de 35 horas semanales.

Si bien, el Decreto Ley 5/2012, de 1 de junio, de Medidas Urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y altas Instituciones Autonómicas, aprobado dentro del contexto social y económico de la crisis económica y financiera del 2008, estableció una jornada laboral ordinaria de 37 horas y 30 minutos semanales (artículo 3).

Así mismo, la Disposición Final Vigésima Octava de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 prevé la media semanal de jornada laboral será de 37 horas y 30 minutos, si bien le otorga un carácter supletorio en cuanto que las entidades locales podrán regular su propia jornada laboral y su horario de trabajo, previo acuerdo de negociación colectiva.

Ante esta contradicción, superada la mencionada situación de crisis económica y financiera, atendida la recomendación de la Dirección General de Función Pública del Gobierno de las Islas Baleares, y la potestad otorgada por la Disposición Final Vigésima Octava de la Ley 31/2022 para someter a negociación la jornada laboral, se propone acordar una jornada laboral para el personal funcionario y personal laboral del Ayuntamiento de Binissalem de 35 horas semanales.

Por lo cual se somete a Pleno la siguiente propuesta de acuerdo,

Primero. Modificar la redacción del art. 14 de los convenios del personal laboral y personal funcionario del Ayuntamiento de Binissalem, en los términos siguientes:

Se fija una jornada anual única de 1598 horas anuales para todos los trabajadores que integran la plantilla del Ayuntamiento de Binissalem. Estas horas equivalen a 35 horas semanales.

Segundo. El presente acuerdo deroga todos los acuerdos anteriores (Pleno, Junta de Gobierno, Mesa Negociadora, Alcaldía, particulares y otros), puesto que el presente acuerdo mejora las condiciones colectivas de todo el personal.

El presente acuerdo será de aplicación una vez aprobada por el Pleno de la Corporación. Previamente se ha elevado a la preceptiva negociación colectiva mediante la Mesa de Negociación, que en sesión de 11-09-2023 ha sido aprobada por unanimidad de los miembros presentes.

Tercero. Publicar el presente acuerdo en el BOIB. Comunicarlo a Delegación de Gobierno, y, notificarlo a los representantes legales de los trabajadores con traslado de los recursos que se puedan interponer. También se dará cuenta a la asesoría laboral.

Lo que se hace público por general conocimiento.

Binissalem, a la fecha de la firma electrónica (25 de octubre de 2023 El alclade Juan Victor Martí Valles)