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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 669050
Resolución núm. 2023-9138 de fecha 19/10/2023, por la cual se aprueban las bases y la convocatoria para la provisión definitiva de cinco puestos de trabajo de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario en el Ajuntament d'Eivissa, mediante el procedimiento de libre designación

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Texto

 

Expediente núm.

Procedimiento

41202/2023

Convocatoria y pruebas de selección para la provisión de puestos de trabajo por libre designación

El Alcalde, el día 19 de octubre de 2023 ha dictado la siguiente resolución:

"HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. Atendida la necesidad urgente e inaplazable de proveer con carácter definitivo los siguientes puestos de trabajo:

  • DIRECTOR/A ÁREA SOSTENIBILIDAD
  • DIRECTOR/A ÁREA SOCIAL
  • DIRECTOR/A ÁREA DE EMBELLECIMIENTO Y TRANSICIÓN
  • DIRECTOR/A ÁREA MODERNIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN
  • DIRECTOR/ A TÉCNICO DE POLICÍA LOCAL

2. De acuerdo con la relación de puestos de trabajo de personal funcionario del Ajuntament d'Eivissa, la forma de provisión de estos puestos de trabajo es la de libre designación, los cuales se encuentran vacantes y están dotados presupuestariamente.

3. El artículo 80 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público.

4. El artículo 75 de la Ley 3/2007, de 22 de febrero, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que los puestos de trabajo adscritos a personal funcionario se tienen que proveer ordinariamente por los sistemas de concurso o de libre designación, mediante una convocatoria pública.

5. El artículo 79 de la Ley 3/2007 establece las categorías de puestos que se tienen que proveer por el sistema de libre designación por el hecho que implican una responsabilidad elevada o requieren una confianza personal para ejercerla y tienen establecido expresamente este sistema en la Relación de puestos de trabajo.

6. El Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, dedica el capítulo III a regular el procedimiento de libre designación.

7. Artículos 47 a 50 del Pacto regulador de las condiciones laborales del personal funcionario del Ajuntament d'Eivissa (BOIB núm. 80, de 15/06/2019).

8. El Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears dedica el capítulo II a la determinación de estos conocimientos.

Vista la propuesta de resolución PR/2023/1363 de 16 / de octubre / 2023 fiscalizada favorablemente con fecha de 16 / de octubre / 2023.

Mediante el presente y en virtud de las atribuciones que me otorga el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del régimen local, se dicta la siguiente:

RESOLUCIÓN

PRIMERO.- Aprobar la convocatoria para la provisión definitiva de los puestos de trabajo de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario en el Ajuntament d'Eivissa mediante el sistema de libre designación que se detallan a continuación:

  • DIRECTOR/A ÁREA SOSTENIBILIDAD
  • DIRECTOR/A ÁREA SOCIAL
  • DIRECTOR/A ÁREA DE EMBELLECIMIENTO Y TRANSICIÓN
  • DIRECTOR/A ÁREA MODERNIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN
  • DIRECTOR/ A TÉCNICO DE POLICÍA LOCAL

SEGUNDO.- Aprobar las bases que tienen que regir esta convocatoria, y que se detallan a continuación, las cuales tienen que cumplir obligatoriamente el Ayuntamiento y las persones aspirantes que participen.

TERCERO.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ajuntament d'Eivissa (https://eivissa.sedelectronica.es) y en la intranet municipal.

CUARTO.- Disponer que los sucesivos anuncios se publiquen exclusivamente en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ajuntament d'Eivissa (https://eivissa.sedelectronica.es) y en la intranet municipal.

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DEFINITIVA DE CINCO PUESTOS DE TRABAJO DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL FUNCIONARIO EN EL AJUNTAMENT D'EIVISSA, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN

PRIMERA. OBJETO Y FORMA DE PROVISIÓN

1.1. La presente convocatoria tiene por objeto regular el proceso selectivo para proveer con carácter definitivo cinco puestos de trabajo vacantes y dotados presupuestariamente de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario del Ajuntament d'Eivissa que se relacionan al anexo I.

1.2. El procedimiento de selección será el de libre designación.

SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

2.1. Para formar parte, las personas interesadas tienen que cumplir los siguientes requisitos generales:

a) Ser personal funcionario de carrera del Ajuntament d'Eivissa cualquier que sea la situación administrativa en la que se encuentren exceptuando la de suspensión en firme.

b) Pertenecer a la escala y grupo de clasificación desde los cuales se puede acceder a los puestos de trabajo que se detallan en el anexo 1.

c) Acreditar los conocimientos de la lengua catalana correspondiente al nivel exigido en el anexo I, mediante el certificado emitido por el órgano competente en materia de política lingüística del Govern de les Illes Balears o equivalente por la Administración de acuerdo con la normativa vigente.

d) Además deben cumplir los requisitos específicos que figuran al anexo 1 del puesto de trabajo al cual optan.

2.2. Las personas aspirantes tienen que reunir los requisitos establecidos en estas bases en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se pueden efectuar las comprobaciones oportunas durante todo el proceso.

En caso de que, una vez que se haya tomado posesión de la vacante, se den una o varias causas de exclusión se podrá revocar el nombramiento.

TERCERA. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

3.1. Participantes.

3.1.1. Las solicitudes requiriendo formar parte en el proceso selectivo se presentarán telemáticamente a través del Registro Electrónico General del Ajuntament d'Eivissa (https://eivissa.sedelectronica.es; Catálogo de trámites/ Recursos Humanos/Convocatoria para la provisión definitiva de cinco puestos de trabajo por el sistema de libre designación) dentro del plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación. Si el último día de presentación recayera en sábado, domingo o festivo, el plazo se entenderá ampliado hasta el primer día hábil siguiente. También pueden presentarse por las otras formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las instancias que no se presenten telemáticamente en el Registro Electrónico General del Ajuntament d'Eivissa y se presenten por las otras formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, no serán admitidas aunque conste que se libraron antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que la persona interesada lo comunique en el Ayuntamiento mediante el envío de un correo electrónico a la dirección electrónica "rrhh@eivissa.es", adjuntando la justificación de presentación de la solicitud en el mismo día que se envía. La no presentación de solicitudes en tiempo y forma determina la no admisión de la persona aspirante en el proceso selectivo.

3.1.2. Además de los datos de carácter personal y profesional que tienen que constar en la solicitud, las personas interesadas tienen que señalar el puesto de trabajo al cual optan y que figura en el Anexo I y acompañarla con la siguiente documentación:

a) Título académico exigido como requisito específico que figura al anexo I de conformidad con la ficha descriptiva del puesto de trabajo. No hay que presentarlo si la persona aspirante no se opone a que la Administración obtenga este documento mediante las redes de intermediación de datos.

b) Certificado del nivel de lengua catalana exigido en el anexo I.

c) Curriculum vitae en el cual conste el cuerpo o escala a que pertenecen, el grupo o subgrupo de clasificación, las titulaciones académicas, la antigüedad y los puestos de trabajo ocupados en la Administración pública y en la empresa privada, los estudios y los cursos realizados, los conocimientos de idiomas y cualquier otro mérito que se considere oportuno para apreciar la idoneidad para el desarrollo del puesto de trabajo.

En el momento de realizar la solicitud el aspirante declara, bajo su responsabilidad, que cumple todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, referidas siempre a la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

3.2. La presentación de la instancia implica, a efectos de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, el consentimiento de los afectados para que el área de Recursos Humanos lo utilice para su gestión, y es obligatoria su formalización. Se dispone, en todo caso, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la legislación vigente y es responsable del fichero el Ajuntament d'Eivissa.

3.3. Toda la documentación que se presenta en lengua extranjera tiene que ir acompañada de la correspondiente traducción jurada a la lengua catalana o a la castellana.

CUARTA. DESARROLLO DEL PROCESO DE PROVISIÓN

4.1. Al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, se entregará a cada área/concejalía donde esté adscrito el puesto de trabajo objeto de provisión la relación de personas candidatas a este puesto, junto con la documentación aportada.

4.2. El/la regidor/a delegado/a donde esté adscrito el puesto de trabajo propondrá, de forma motivada, la adjudicación. Esta propuesta se tiene que fundamentar con la idoneidad de la persona propuesta en relación con su currículum y a los requisitos exigidos para desarrollar el puesto. Todo esto sin perjuicio que pueda declararse desierta la ocupación del puesto de trabajo si ninguno de las personas aspirantes es elegido.

QUINTA. NOMBRAMIENTO, TOMA DE POSESIÓN Y CESE

5.1. El nombramiento se realizará por resolución del Alcalde en el plazo máximo de un mes a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Este plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

5.2. El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles, siguientes al de la notificación de la resolución, produciéndose el cese en el puesto de trabajo de procedencia el día inmediato anterior.

5.3. El aspirante nombrado podrá ser destituido y removido de sus funciones con carácter discrecional por el órgano que lo nombró.

SEXTA. IMPUGNACIÓN

6.1. Las presentes bases y todos los actos administrativos que se deriven de éstas, podrán ser impugnados conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

SÉPTIMA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

7.1. Con la formalización y presentación de la solicitud, el aspirante da su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso selectivo, de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

7.2. Los aspirantes quedarán vinculados a los datos que se hagan constar en su solicitud. El domicilio y teléfono que figuren en la misma se considerarán válidos a efectos de notificaciones y será responsabilidad exclusiva de los candidatos tanto los errores descriptivos, como la no comunicación durante el proceso de selección de cualquier cambio en los datos de la solicitud.

7.3. En caso de que sea necesario, algunos datos personales podrán ser publicados en el BOIB, el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la intranet municipal, de acuerdo con el que disponen las bases de la presente convocatoria y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

7.4. Se hace constar que, en el supuesto de que la persona interesada haya puesto en conocimiento del Ayuntamiento datos de salud, autoriza expresamente el tratamiento para el cumplimiento de las finalidades anteriormente expuestas.

7.5. Las personas interesadas podrán, si procede, ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, derecho en la limitación del tratamiento y derecho a la portabilidad mediante instancia presentada ante el Registro General de Entrada del Ajuntament d'Eivissa.

OCTAVA. PERÍODO DE PERMANENCIA EN EL PUESTO DE TRABAJO ADJUDICADO

8.1. De acuerdo con el artículo 81 de la Ley 3/2007, de 22 de febrero, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, los funcionarios a los cuales se adjudique la titularidad de un puesto de trabajo en esta convocatoria tendrán la obligación de permanecer en el puesto de trabajo adjudicado un mínimo de dos años antes de participar en otro procedimiento de provisión ordinario, sin perjuicio que se apliquen las excepciones que prevé el apartado 4 del artículo 81 mencionado.

 

ANEXO I Convocatoria libre designación

Núm. Orden: 1

Denominación: DIRECTOR/A ÁREA SOSTENIBILIDAD

Número de Puestos Convocados: 1

Nivel de conocimientos de catalán exigido: B2

Plazas de plantilla que pueden ocuparlo:

GRUPO: A1/A2.

ESCALA: Administración Especial

Requisitos Específicos para ocupar el puesto de trabajo:

a) Poseer las titulaciones exigidas para cada grupo relacionadas en el ámbito de las Ciencias Jurídicas, Sociales o equivalentes.

b) Experiencia de 5 años acreditable en Función Pública o formación/capacitación asimilable.

Responsabilidades Generales: Dirigir, organizar y supervisar los recursos humanos y materiales del Área correspondiente para diseñar, implementar y evaluar programas, proyectos y acciones relacionadas de acuerdo con la normativa vigente en la materia, en relación con la línea de estrategia y directrices del equipo de gobierno a medio plazo, para optimizar los recursos y servicios que se prestan tanto a los ciudadanos como otras Áreas y unidades organizativas del Ayuntamiento.

Dedicación/Incompatibilidad: Exclusiva/ Total

Retribuciones complementarias del puesto de trabajo:

a) Nivel de complemento de destino: 28 / 26

b) Complemento específico anual (14 pagas): 29.895,12 €

c) Productividad de rendimiento anual: 3.695,54 €

d) Productividad de actividad anual: 3.283,71 €

 

Núm. Orden: 2

Denominación: DIRECTOR/A ÁREA SOCIAL

Número de Puestos Convocados: 1

Nivel de conocimientos de catalán exigido: B2

Plazas de plantilla que pueden ocuparlo:

GRUPO: A1/A2.

ESCALA: Administración Especial

Requisitos Específicos para ocupar el puesto de trabajo:

a) Poseer las titulaciones exigidas para cada grupo en el ámbito de las Artes y Humanidades o equivalentes.

b) Experiencia de 5 años acreditable en Función Pública o formación/capacitación asimilable.

Responsabilidades Generales: Dirigir, organizar y supervisar los recursos humanos y materiales del Área correspondiente para diseñar, implementar y evaluar programas, proyectos y acciones relacionadas de acuerdo con la normativa vigente en la materia, en relación con la línea de estrategia y directrices del equipo de gobierno a medio plazo, para optimizar los recursos y servicios que se prestan tanto a los ciudadanos como otras Áreas y unidades organizativas del Ayuntamiento.

Dedicación/Incompatibilidad: Exclusiva/ Total

Retribuciones complementarias del puesto de trabajo:

a) Nivel de complemento de destino: 28 / 26

b) Complemento específico anual (14 pagas): 29.895,12 €

c) Productividad de rendimiento anual: 3.695,54 €

d) Productividad de actividad anual: 3.283,71 €

 

Núm. Orden: 3

Denominación: DIRECTOR/A ÁREA DE EMBELLECIMIENTO Y TRANSICIÓN

Número de Puestos Convocados: 1

Nivel de conocimientos de catalán exigido: B2

Plazas de plantilla que pueden ocuparlo:

GRUPO: A1/A2.

ESCALA: Administración Especial

Requisitos Específicos para ocupar el puesto de trabajo:

a) Poseer las titulaciones exigidas para cada grupo en el ámbito de Ingeniería, Ingeniería Técnica, Arquitectura, Arquitectura Técnica o equivalentes.

b) Experiencia de 5 años acreditable en Función Pública o formación/capacitación asimilable.

Responsabilidades Generales: Dirigir, organizar y supervisar los recursos humanos y materiales del Área correspondiente para diseñar, implementar y evaluar programas, proyectos y acciones relacionadas de acuerdo con la normativa vigente en la materia, en relación con la línea de estrategia y directrices del equipo de gobierno a medio plazo, para optimizar los recursos y servicios que se prestan tanto a los ciudadanos como otras Áreas y unidades organizativas del Ayuntamiento.

Dedicación/Incompatibilidad: Exclusiva/ Total

Retribuciones complementarias del puesto de trabajo:

a) Nivel de complemento de destino: 28 / 26

b) Complemento específico anual (14 pagas): 29.895,12 €

c) Productividad de rendimiento anual: 3.695,54 €

d) Productividad de actividad anual: 3.283,71 €

 

Núm. Orden: 4

Denominación: DIRECTOR/A ÁREA MODERNIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN

Número de Puestos Convocados: 1

Nivel de conocimientos de catalán exigido: B2

Plazas de plantilla que pueden ocuparlo:

GRUPO: A1/A2.

ESCALA: Administración Especial

Requisitos Específicos para ocupar el puesto de trabajo:

a) Poseer las titulaciones exigidas para cada grupo en el ámbito de Ingeniería, Ingeniería Técnica, Arquitectura, Arquitectura Técnica o equivalentes.

b) Experiencia de 5 años acreditable en Función Pública o formación/capacitación asimilable.

Responsabilidades Generales: Dirigir, organizar y supervisar los recursos humanos y materiales del Área correspondiente para diseñar, implementar y evaluar programas, proyectos y acciones relacionadas de acuerdo con la normativa vigente en la materia, en relación con la línea de estrategia y directrices del equipo de gobierno a medio plazo, para optimizar los recursos y servicios que se prestan tanto a los ciudadanos como otras Áreas y unidades organizativas del Ayuntamiento.

Dedicación/Incompatibilidad: Exclusiva/ Total

Retribuciones complementarias del puesto de trabajo:

a) Nivel de complemento de destino: 28 / 26

b) Complemento específico anual (14 pagas): 29.895,12 €

c) Productividad de rendimiento anual: 3.695,54 €

d) Productividad de actividad anual: 3.283,71 €

 

Núm. Orden: 5

Denominación: DIRECTOR/ A TÉCNICO DE POLICÍA LOCAL

Número de Puestos Convocados: 1

Nivel de conocimientos de catalán exigido: B2

Plazas de plantilla que pueden ocuparlo:

GRUPO: A2/C1.

ESCALA: Administración Especial

SUBESCALA: Servicios Especiales

CLASE: Policía Local

Requisitos Específicos para ocupar el puesto de trabajo:

a) Poseer las titulaciones exigidas para cada grupo en el ámbito de las Ciencias Sociales o Jurídicas, el título de Bachillerato, técnico o equivalente.

b) Experiencia de 5 años acreditable en Función Pública o formación/capacitación asimilable.

Responsabilidades Generales: Mejorar y aumentar la relación entre el Ayuntamiento y el cuerpo de la Policía Local y promover la modernización, la eficacia y la calidad dentro de este departamento tan fundamental para la Ciudad. Bajo la dependencia directa del Alcalde-Presidente o miembro de la Corporación en quien delegue, el Director Técnico de la Policía Local.

Dedicación/Incompatibilidad: Exclusiva/ Total

Retribuciones complementarias del puesto de trabajo:

a) Nivel de complemento de destino: 26 / 22

b) Complemento específico anual (14 pagas): 29.895,12 €

c) Productividad de rendimiento anual: 3.695,54 €

d) Productividad de actividad anual: 3.283,71 €"

 

Eivissa, documento firmado electrónicamente (23 de octubre de 2023)

El alcalde (Rafael Triguero Costa)