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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 666554
Resolución del director general de Cultura de 19 de octubre de 2023 por la que se convocan las pruebas del año 2024 para obtener los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana

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Texto

En el Decreto 21/2019, de 15 de marzo, de evaluación y certificación de conocimientos de lengua catalana (BOIB núm. 35, de 16 de marzo), se prevén, en especial en los artículos 6, 7, 8 y 14, la convocatoria de las pruebas, los requisitos para inscribirse, la estructura y los contenidos de las pruebas, y la constitución de los tribunales evaluadores.

Por otro lado, el Decreto 17/2023, de 23 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio (BOIB núm. 117, de 24 de agosto), atribuye a la Dirección General de Cultura, entre otras competencias, la certificación de los conocimientos de lengua catalana de la población adulta fuera de la enseñanza reglada mediante la organización y la gestión de pruebas.

De acuerdo con el artículo 6 del Decreto 21/2019, de 21 de marzo, corresponde al director general de Cultura convocar las pruebas para obtener los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana. La convocatoria se debe hacer siempre mediante una resolución que se debe publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Convocar las pruebas de enero de 2024 para obtener los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana de los niveles A2, B1, B2, C1 y C2, y de lenguaje administrativo.

2. Convocar las pruebas de mayo de 2024 para obtener los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana de los niveles A2, B1, B2, C1 y C2, y de lenguaje administrativo.

3. Aprobar las bases que deben regir las convocatorias de pruebas, que constan en el anexo 1 de esta Resolución.

4. Nombrar a los miembros de los tribunales, que figuran en el anexo 2 de esta Resolución.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 19 de octubre de 2023

El director general de Cultura Pedro Vidal Monserrat

Documentos adjuntos