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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 665188
Modificación al alza del importe concedido a dos asociaciones de vecinos del municipio de Sant Josep de sa Talaia para la realización de actividades y fiestas (año 2022)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por Decreto de Alcaldía n.º  2023-3741, de 25 de septiembre de 2023, se adoptó la siguiente resolución:

“(...) RESOLUCIÓN

1. Modificar al alza la subvención concedida por Decreto de Alcaldía n.º 2022-4390, de 05/12/22, correspondiente al año 2022, a las siguientes asociaciones de vecinos, que quedaría de la siguiente manera:

ENTIDAD

AÑO 2022

G07315021

4.331,62 €

G07460587

3.425,10 €

2. Dar cuenta de ello a los interesados, de acuerdo con la base 5.4 de la convocatoria, a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento y la página web del Ayuntamiento (www.santjosep.org). También se publica en el tablón de anuncios de la sede digital.

3. Dar cuenta a la Base de Datos Nacional de Subvenciones de acuerdo con lo dispuesto en el art. 20 de la LGS y el art. 36 del RGS.

4. De acuerdo con el artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones de este Ayuntamiento, las subvenciones de importe superior a 3.000,00 € tienen que publicarse en el BOIB.

5. Informar a las entidades solicitantes que contra la resolución que recaiga en este procedimiento, que pondrá fin a la vía administrativa, se podrán interponer, alternativamente, los siguientes recursos:

  • El recurso de reposición, potestativo, ante el órgano que dictará la resolución, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
  • O, directamente, el recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contencioso administrativa, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la notificación del acuerdo.”

Lo que se publica para general conocimiento.

 

(Firmado electrónicamente: 19 de octubre de 2023

El alcalde Vicente Roig Tur)