Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU
Núm. 661838
Resolución definitiva relativa a la convocatoria del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para la concesión de ayudas para la adquisición de la primera vivienda del año 2023
Que por Junta de Gobierno Local de fecha 19 de octubre de 2023 se aprobó la siguiente lista definitiva de ayudas concedidas y denegadas de la convocatoria del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para la concesión de ayudas para la adquisición de la primera vivienda del año 2023, que se transcribe a continuación:
Listado Nº1. Ayudas definitivas concedidas:
INICIALES |
DNI/CIF |
IMPORTE |
B A, A |
47405559Y |
3.000,00 € |
C S, MR |
30969927J |
3.000,00 € |
D, A A |
Y2122306H |
3.000,00 € |
F R, A |
47946379G |
3.000,00 € |
L M, D |
44521205J |
3.000,00 € |
M D, A |
47250928G |
3.000,00 € |
R P, J |
14627449R |
3.000,00 € |
S M, M |
X6257111F |
3.000,00 € |
TOTAL 24.000'00 € |
Listado Nº2. Ayudas definitivas denegadas:
INICIALES |
DNI/CIF |
MOTIVO |
LL N, B |
47257488D |
ART. 1.1d, Empadronamiento en Santa Eulària des Riu al menos con tres años ininterrumpidos o cuatro dentro de los últimos cinco años antes de la finalización del periodo de presentación de solicitudes |
M, NC |
X1996568F |
ART.1.1. g Ingresos íntegros de los miembros de la unidad de convivencia, no excedan de 40.531,40€ (5 IPREM) en el caso de una sola persona solicitante, y de 81.062'80€ (10 IPREM) en el caso de dos o más personas solicitantes. |
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldesa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación o publicación de la resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho
Santa Eulària des Riu, firmado digitalmente (20 de octubre de 2023)
La alcaldesa Maria del Carmen Ferrer Torres