Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 656232
Resolución de corrección de errores a la resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 25 de mayo de 2023, mediante la cual se aprueba la lista definitiva del procedimiento extraordinario para el encuadre del personal funcionario y laboral incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo en materia de carrera profesional horizontal aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión de día 9 de marzo de 2023
A fecha de 5 de octubre de 2023, la consejera ejecutiva ha resuelto:
«Visto:
A fecha de 25 de mayo de 2023, el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública dictó resolución mediante la cual se aprobó la lista definitiva del procedimiento extraordinario para el encuadre del personal funcionario y laboral incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo en materia de carrera profesional horizontal aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión de día 9 de marzo de 2023, eso previa resolución de las alegaciones presentadas a la lista provisional publicada.
El anexo de la resolución anterior contiene una relación detallada del personal incluido dentro del ámbito de aplicación con indicación de su categoría, grupo o subgrupo y nivel de carrera.
La resolución anterior y su anexo se publicó en el BOIB nº. 73 de fecha 3 de junio de 2023.
A fecha de 9 de junio de 2023, la funcionaria interina Sra. Margarita Arbona Marcé, presentó escrito donde pide la corrección de errores a la lista definitiva aprobada mediante resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 25 de mayo de 2023, dado que no figura incluida a pesar de haber prestado servicios dentro de la categoría de arquitecto-en técnico-a durante un periodo superior a 5 años.
Examinado el expediente personal de la Sra. Arbona Marcé, resulta que tiene reconocidos servicios prestados en la categoría de arquitecto técnico por un plazo de 5 años, 2 meses y tres días, por la cual cosa le corresponde la inclusión en la lista definitiva con el nivel I del subgrupo A2. Se ha comprobado que la Sra. Margarita Arbona Marcé no fue incluida en la lista definitiva, por un error material en la incorporación dentro de la resolución que aprobó la lista definitiva, de los datos referentes a los servicios prestados que figuran al Sistema Integral de Recursos Humanos.
Fundamentos Jurídicos
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, dispone que “las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
Por todo lo expuesto, dicto la siguiente
Resolución
Primero. Rectificar los errores materiales cometidos a la resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 25 de mayo de 2023, mediante la cual se aprueba la lista definitiva del procedimiento extraordinario para el encuadre del personal funcionario y laboral incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo en materia de carrera profesional horizontal del Consejo de Mallorca, en el sentido de incluir a la Sra. Margarita Arbona Marcé de conformidad con los datos siguientes:
NIF: ***8326**
Nombre: Margarita Arbona Marcé
Categoría: Arquitecto técnico
Grupo, Subgrupo: A2
Nivel de Carrera: I
Remanente años: -
Remanentes meses: 2
Remanente días: 3
Segundo. Esta resolución tendrá efectos económicos con fecha de 1 de abril de 2023
Tercero. Notificar esta resolución a la interesada.
Cuarto. Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. »
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante el anterior, podéis interponer, si procede , cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Aministrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (10 de octubre de 2023)
La consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública Maria del Pilar Bonet Escalera (Decreto 26-01-2021, BOIB nº. 12, de 28-01-2021)