Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 647012
Decreto 82/2023 de 13 de octubre, de nombramiento de un miembro en el Consejo Económico y Social de las Illes Balears, integrado en el grup III, como representante del sector de la economía social
El artículo 78 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, de acuerdo con la redacción de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, dispone que el Consejo Económico y Social de las Illes Balears (CES) es el órgano colegiado de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta en materia económica y social, y ordena que una ley del Parlamento debe regular su composición, designación de sus miembros, organización y funciones.
En cumplimiento del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, se aprobó la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, del Consejo Económico y Social de las Illes Balears (BOIB núm. 150, de 9 de diciembre), cuyo artículo 1 establece que el CES tiene la naturaleza de órgano colegiado de carácter consultivo, de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta en materia económica y social.
En fecha 11 de octubre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el Decreto 40/2022, de 10 de octubre, de modificación de nombramiento de miembros en el Consejo Económico y Social de las Islas Baleares, integrados en el Grupo III, por el que se nombraba a la señora Malena Riudavets Suàrez consejera titular en este Consejo en representación del sector de la economía social. Sin embargo, en fecha 30 de septiembre de 2023 se publicó el Decreto 81/2023, de 29 de septiembre, de modificación de miembros en el Consejo Económico y Social de las Illes Balears, mediante el cual se dejaba sin efectos el nombramiento efectuado a favor de la señora Malena Riudavets Suàrez, como miembro titular del Consejo Económico y Social en representación del sector de la economía social
En este sentido, el sector de la economía social ha propuesto a un nuevo representante en este Consejo.
El artículo 5 de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, determina que la forma de designación y nombramiento de los miembros del grupo III del Consejo Económico y Social será mediante decreto del Consejo de Gobierno de las Illes Balears, después de haber recibido las propuestas correspondientes y habiendo consultado a las instituciones, entidades y asociaciones de relevancia en cada sector.
Por todo ello, a propuesta del consejero de Empresa, Empleo y Energía, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesión del día 13 de octubre de 2023,
DECRETO
Primero. De acuerdo con lo que prevé el artículo 5 de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, se nombra como miembro titular del Consejo Económico y Social de las Illes Balears, en representación del sector de la economía social, el siguiente:
Segundo. Este Decreto tiene efectos desde el momento en que se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 13 de octubre de 2023
La presidenta | |
El consejero de Empresa, Empleo y Energía | Margarita Prohens Rigo |
Alejandro Sáenz de San Pedro García |