Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 644657
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se aprueban las listas de aspirantes que han superado el concurso extraordinario de méritos del cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se les nombra funcionarios de carrera y se les adjudica un puesto de trabajo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre), se aprobaron las bases generales que deben regir el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. En fecha 13 de junio de 2023 se publicó la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se ofrecen los puestos de trabajo y se requiere a los aspirantes para que presenten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. En fecha 22 de septiembre de 2023 se publicaron las listas definitivas de valoración de méritos del cuerpo administrativo del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluida la reserva de personas con discapacidad.

4. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos para ser nombrados funcionarios de carrera, siguiendo el orden obtenido en las puntuaciones de la lista definitiva de valoración de méritos y aplicados los desempates, el tribunal ha acordado elevar a la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas la propuesta de aspirantes que han superado el proceso selectivo del concurso y que han presentado la documentación pertinente, las cuales deben ser nombradas personal funcionario de carrera del cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación pública de las Illes Balears.

4. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la comunidad autónoma.

5. La base 14 del anexo 2 de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre).

6. El Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

8. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.

9. El artículo 5.2 del anexo del Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Nombrar personal funcionario de carrera del cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a las siguientes personas:

Cuerpo administrativo. Isla de Mallorca

DNI

Apellidos, nombre

***2935*

VALIENTE ALMAZAN, TERESA

***1225*

AMENGUAL DARDER, FRANCESCA

***0868*

GINARD BALLESTER, COLOMA MARIA

***1281*

VANRELL OLIVER, ANTONIA

***3668*

COLL TORRES, LEONOR DE LA SAGRADA FAMILIA

***0933*

PONS TORRENS, MARIA ISABEL

***5744*

GARRIGÓ CAMPINS, CATALINA MARIA

***3589*

ROSSELLO MARTI, MARIA DEL CARMEN

***1569*

BAUZA BOVER, MARGARIDA

***2084*

RAMON RAMON, ANTONIA MARIA

***3221*

PLANAS NADAL, JOSE

***4217*

VERDERA BAUZA, FRANCESC ESTEVE

***2855*

MARTIN CARRASCO, ALICIA MARGARITA

***9057*

FERRER GELABERT, ANTONIA

Cuerpo administrativo. Isla de Ibiza

DNI

Apellidos, nombre

***4840*

TORRES ROIG, MARIA NEUS

2. Adjudicar los puestos de trabajo, de acuerdo con lo que se indica en el anexo de esta Resolución, a las personas aspirantes que han superado el concurso extraordinario de méritos del cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, después de haber presentado la documentación pertinente , de acuerdo con su petición efectuada y la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

Las adjudicaciones se realizan de acuerdo con la estructura orgánica que consta en la resolución de ofrecimiento de puestos de 12 de junio. Antes de la toma de posesión, se informará de la unidad orgánica a la que está adscrita cada puesto resultante de la reestructuración orgánica establecida por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de septiembre de 2023, por el que se aprueba la modificación de puestos de trabajo correspondiente a personal funcionario y laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 134, de 30 de septiembre de 2023).

3. La toma de posesión debe efectuarse en la consejería correspondiente, en el plazo de tres días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Antes de tomar posesión del puesto adjudicado, la persona interesada debe hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que realiza ninguna actividad en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Si lleva a cabo alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, debe declararlo en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente de la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad .

4. Una vez publicado el nombramiento, para adquirir la condición de funcionario de carrera debe efectuarse el juramento o la promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el ordenamiento vigente y tomar posesión en el plazo reglamentario.

5. Declarar desistidas de su solicitud por caducidad y excluidas del procedimiento, a las personas que no hayan presentado el escrito de elección de los puestos de trabajo ofrecidos, por orden de preferencia, y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos, de acuerdo con la base 12 de la convocatoria.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar a partir del siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 11 de octubre de 2023)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens

Documentos adjuntos