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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 642228
Resolución de la vicepresidenta del Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB) de delegación de competencias en materia de gestión de los servicios comunes en la directora del SOIB

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Texto

Hechos

1. Recientemente se han introducido cambios en la estructura orgánica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, vigente hasta ahora, mediante el Decreto 12/2023, de 10 de julio (BOIB núm. 94, de 10 de julio), modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio (BOIB núm. 102, de 20 de julio) y el Decreto 17/2023, de 23 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 117, de 24 de agosto), en el que el SOIB se adscribe a la Consejería de Empresa, Empleo y Energía, y se suprimen las materias de planificación, gestión y coordinación de las políticas activas de empleo, de información, orientación e intermediación en el mercado laboral, atribuidas a la Dirección General de Modelo Económico y Empleo.

2. Estos cambios aconsejan revisar las anteriores delegaciones de firma que se aprobaron mediante la Resolución de la vicepresidenta del SOIB de delegación de firma en la persona titular de la dirección del Servicio de Empleo de las Illes Balears y en la persona titular del Departamento que ejerza las funciones de Formación y Empleo (BOIB núm. 105, de 18 de agosto de 2016); y la Resolución del vicepresidente del Servicio de Empleo de las Illes Balears de delegación de firma en la persona titular de la dirección del SOIB (BOIB núm. 107, de 31 de agosto de 2017) y aprobar una nueva resolución en la que se establezca un nuevo régimen de delegación de competencias similar al que contenían las anteriores.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 8 y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

2. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. El Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. El artículo 3 de la Ley 7/2000, de 15 de junio (BOCAIB núm. 80, de 29 de junio), de creación del SOIB, modificada por la Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2015 (BOIB núm. 178, de 30 de diciembre), establece que la Vicepresidencia es el órgano unipersonal encargado de la gestión de los servicios comunes; y que el cargo recae en la persona titular de la secretaría general de la consejería de adscripción y sus funciones son, entre otras, gestionar el patrimonio y los asuntos generales del SOIB y los recursos humanos, económicos y jurídicos del Servicio.

6. El artículo 10 del Decreto 22/2020, de 24 de julio, por el cual se aprueba el Texto consolidado del Decreto de aprobación de los Estatutos del Servicio de Empleo de las Illes Balears (BOIB núm. 131, de 25 de julio) establece las funciones de la Vicepresidencia del SOIB.

Por todo ello, de acuerdo con el artículo 42 c) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, dicto la siguiente

Resolución

1. Delegar en la directora del SOIB las competencias que, de acuerdo con la legislación aplicable, corresponden a la Vicepresidencia del SOIB en las siguientes materias:

- La gestión patrimonial de los bienes muebles e inmuebles y el mantenimiento del inventario del SOIB.

- La gestión de los asuntos generales del Servicio: régimen interior, mantenimiento de instalaciones y similares.

- La gestión de los recursos humanos, económicos y jurídicos del Servicio.

2. Dejar sin efecto cualquier otra resolución que se oponga a ésta o la contradiga y, expresamente las siguientes resoluciones:

- Resolución de la vicepresidenta del SOIB de delegación de firma en la persona titular de la dirección del Servicio de Empleo de las Illes Balears y en la persona titular del Departamento que ejerza las funciones de Formación y Empleo en relación con las materias delegadas por Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del SOIB de 11 de agosto de 2016 de delegación de competencias en la Vicepresidencia del SOIB; así como la autorización de las comisiones por razón de servicio con derecho a indemnización y en materia relativa a funciones jurídicas (BOIB núm. 105, de 18 de agosto de 2016).

- Resolución del vicepresidente del Servicio de Empleo de las Illes Balears de delegación de firma en la persona titular de la dirección del SOIB (BOIB núm. 107, de 31 de agosto de 2017).

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. Esta Resolución será efectiva el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

(Firmado electrónicamente: 19 de septiembre de 2023)

La vicepresidenta del SOIB Marta García Noguera